C/ JORGE ENRIQUE BARAHONA JOFRÉ
Rol
O-3587-2022
Fecha
10 de junio de 2022
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA Diez de junio de dos mil veintidós TRIBUNAL: SEGUNDO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CAROLINA IVONNE REYES CANDIA RUC: 2200563791-4 RIT: 3587-2022 IMPUTADO JORGE ENRIQUE BARAHONA JOFRÉ C.I. 16.377.522-0 FECHA DE NACIMIENTO 24/01/1987 DIRECCION Avenida Miraflores Block 7650 B depto. 107 COMUNA: Renca DELITO Porte de arma cortante o punzante ARTICULOS 288 bis del Código Penal PARTICIPACION Autor G. DE DESARROLLO Consumado ATENUANTES No concurren AGRAVANTES No concurren Hecho:: El día 09 de Junio de 2022, siendo aproximadamente las 18:45 horas en calle Miraflores intersección calle Quidora comuna de Renca, el imputado JORGE ENRIQUE BARAHONA JOFRE mantenía consigo en el cinto de su pantalón 01 cuchil lo sin marca ni modelo visibles de 13 cm. de hoja y 11 cm de empuñadura, sin justificar lógica, racional y plausiblemente el porte legítimo de ese elemento cortante a esa hora en la vía pública. 288 bis CP Consumado, Autor Modificatorias: 11 N° 6 CP
Fundamentos
Fundamentos: 1.- Parte detenidos de la 7° Comisaría 2. - Declaración de funcionario policial Rodrigo Astudil lo Guerra, Ulises Altamirano Rivas y Rigoberto Arriagada Valdés 3. Acta de registro de imputados 4. Acta de incautación de especies 5 Cuchil lo cocinero incautado NUE 4682158 6. Set de 03 Fotografías de arma blanca incautada y vestimentas de imputado 7. Extracto de fi l iación de imputado Pena solicitada: 300 días, accesorias, comiso arma blanca y costas. BXXGZWVVVJ CAROLINA IVONNE REYES CANDIA Juez de garantía Fecha: 13/06/2022 16:36:55 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a JORGE ENRIQUE BARAHONA JOFRÉ, ya individualizado, en calidad de autor en UN DELITO DE PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE, previsto y sancionado en el artículo 288 bis a del Código Penal, ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal, con fecha 9 de junio de 2022, en grado consumado AL PAGO DE UNA MULTA DE 1/3 DE UTM A BENEFICIO FISCAL, la que se tendrá por cumplida por el día 9 a 10 de junio de 2022, privado de libertad por esta causa. II.- Se decreta el comiso del cuchillo. III.- Sin costas por haber sido representado por la defensoría penal pública. Habiéndose renunciado a los plazos, dese cumplimiento, a lo establecido en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Ruc 2200563791-4 RIT 3587-2022 Resolvió, Carolina Ivonne Reyes Candia, Juez titular del Segundo de Garantía de Santiago. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. BXXGZWVVVJ CAROLINA IVONNE REYES CANDIA Juez de garantía Fecha: 13/06/2022 16:36:55 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile I
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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA Diez de junio de dos mil veintidós TRIBUNAL: SEGUNDO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CAROLINA IVONNE REYES CANDIA RUC: 2200563791-4 RIT: 3587-2022 IMPUTADO JORGE ENRIQUE BARAHONA JOFRÉ C.I. 16.377.522-0 FECHA DE NACIMIENTO 24/01/1987 DIRECCION Avenida Miraflores Block 7650 B depto. 107 COMUNA: Renca DELITO Porte de arma c
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