Juzgado de Letras de Castro

VELÁSQUEZ/

Rol

V-65-2019

Fecha

7 de febrero de 2020

Materia

CRÉDITO, EXTRAVÍO DE TÍTULO

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 19 de noviembre de 2019, comparece ante este tribunal don Héctor Fredy Velásquez Segovia, trabajador independiente, cédula de identidad N° 14.310.025-1, domiciliado en sector rural de Quinched sin número, comuna de Chonchi, quien solicita se declare el extravío del depósito a la vista endosable N° 0082949, emitido por el Banco Santander sucursal Castro, con fecha 30 de julio de 2019, por la cantidad de $25.000.000, tomado originalmente por Carolina Andrea Aros Gallardo, depósito que se encuentra vigente y pendiente de cobro. Expone que es beneficiario del depósito a la vista que se ha extraviado, por lo que previas referencias normativas, solicita que se le autorice a ejercer los derechos que le corresponden como titular del documento ya singularizado ante el Banco Santander Chile. SEGUNDO: El 26 de noviembre del año 2019, a folio 4, consta la notificación personal a la agente del Banco Santander sucursal Castro. TERCERO: El 2 de enero del año 2020, a folio 6, consta la publicación realizada en el Diario oficial con fecha 2 de enero de 2020, certificándose por la Secretaria del tribunal la efectividad de dicha publicación con fecha 6 de enero de 2020. CUARTO: Que habiendo transcurrido el plazo de 30 días desde la publicación, no se han presentado interesados oponiéndose a la solicitud, o alegando ser portadores legítimos del documento extraviado. QUINTO: Que la Ley N° 18.092 sobre letra de cambio y pagaré, en sus artículos 88 y siguientes, regula el procedimiento en caso de extravío de la letra de cambio; procedimiento que también resulta aplicable al documento en análisis, por expresa disposición de la Ley N° 18.552. SEXTO: Que en consecuencia, habiéndose cumpliéndose con los requisitos del de la Ley N° 18.092, y no existiendo oposición de terceros a la solicitud, el tribunal acogerá la petición como se dirá en la parte resolutiva. Y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 88 y siguientes de la Ley N° 18.092 sobre letra de cambio y pagaré; la Ley N° 18.552 que regula el tratamiento de títulos de crédito; y los artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil:

Fallo

SE RESUELVE: Q I.- Se declara el extravío del depósito a la vista endosable N° 0082949, emitido por el Banco Santander Chile sucursal Castro, con fecha 30 de julio de 2019, por la cantidad de $25.000.000 (veinticinco millones de pesos) a nombre del beneficiario Héctor Fredy Velásquez Segovia, cédula de identidad N° 14.310.025-1 y cuya tomadora original fue Carolina Andrea Aros Gallardo. II.- Que se autoriza a Héctor Fredy Velásquez Segovia, cédula de identidad N° 14.310.025-1, para ejercer los derechos que legalmente le corresponden como beneficiario depósito a la vista endosable N° 0082949, emitido por el Banco Santander Chile sucursal Castro, con fecha 30 de julio de 2019, por la cantidad de $25.000.000, y cuya tomadora original fue Carolina Andrea Aros Gallardo, con el sólo mérito de copia autorizada de la presente resolución. Firme esta resolución, notifíquese al agente del Banco Santander Chile, para el pago del documento. Pronunciada por don JORGE ANDRÉS IBARROLA ÁVILA, Juez Subrogante del Juzgado de Letras de Castro. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Castro, siete de Febrero de dos mil veinte Q Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Castro CAUSA ROL : V-65-2019 CARATULADO : VELÁSQUEZ/ Castro, siete de Febrero de dos mil veinte. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 19 de noviembre de 2019, comparece ante este tribunal don Héctor Fredy Velásquez Segovia, trabajador independiente, cédula de identidad N° 14.310.025-1, domiciliado en sector rural de Quinched

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