1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

GONZÁLEZ/INGENIERÍA Y CONSTRUCCIONES PATRICIO MOLINA E.I.R.L.

Rol

M-864-2021

Fecha

22 de julio de 2021

Materia

Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Nulidad del despido, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS CONTROVERTIDOS 1. Existencia de un vínculo entre las partes bajo subordinación y dependencia, fecha de inicio, remuneración pactada. 2. Si fue despedido, en tal caso, fecha, hechos y circunstancias. 3. Si la demandada pago al actor las cotizaciones y feriados que se cobran en la presente causa. MEDIOS DE PRUEBA PARTE DEMANDANTE INCORPORA Documental: 1. Reclamo Nº681 de fecha 18 de enero de 2021 ante la Inspección del Trabajo 2. Acta de comparendo de conciliación ante la Inspección del Trabajo de fecha 09 de febrero del 2021. 3. Contrato de trabajo de fecha 01 de abril de 2019. 4. Liquidación de sueldo del mes de diciembre de 2020. 5. Certificado de cotizaciones AFP CAPITAL de fecha 11 de febrero de 2021. OBSERVACIONES A LA PRUEBA Constan íntegramente en el registro de audio. SENTENCIA Santiago, a veinte de julio del año dos mil veintiuno. VISTOS, OIDOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que comparece don ENRIQUE ALEJANDRO GONZÁLEZ MUÑOZ, cédula nacional de identidad 7.519.078-6, maestro mecánico, domiciliado en Ministro Antonio Varas 5132, comuna de Maipú en contra de su ex empleadora INGENIERÍA Y CONSTRUCCIONES PATRICIO MOLINA E.I.R.L., Rut N° 76.649.451-K, representado por hoy por Jorge Edmundo Cisternas Sagurié cedula nacional de identidad N° 7.211.794-8, domiciliado en Teatinos 449, piso 3 comuna de Santiago.

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 7, 8, 9, 63, 73 del Código del Trabajo 160, 162, 168 y teniendo especialmente presente lo dispuesto en el artículo 163 bis del Código del Trabajo conforme el cual no puede excederse al pago de las remuneraciones con ocasión de la nulidad del despido, más allá de la declaración de liquidación concursal lo que tuvo lugar el di 27 de junio del año 2021, se declara: I. Que se acoge la demanda interpuesta por don ENRIQUE ALEJANDRO GONZÁLEZ MUÑOZ INGENIERÍA Y CONSTRUCCIONES PATRICIO MOLINA E.I.R.L., actualmente representado por su liquidador concursal individualizado en el proceso y en definitiva se declara que el despido del que fue objeto careció de causal legal e injustificado y se produjo el día 08 de enero de 2021. II. Que habiéndose declarado injustificado el despido del actor se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a) $537.500 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. b) $1.075.000 por concepto de indemnización por años de servicio. c) $537.500 por concepto de recargo establecido en la letra B del artículo 168 del Código del Trabajo. d) $443.333 por concepto de feriado legal y proporcional. e) $143.333 por concepto de 8 días trabajados en enero de 2021. f) Las cotizaciones de seguridad social en AFP CAPITAL, FONASA y AFC CHILE de abril, marzo y diciembre de 2020 en base a una remuneración de $537.500. g) Al pago de las remuneraciones que se devenguen desde

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO Monitorio (Audiencia remota por Zoom) FECHA 20/07/2021, Santiago RUC 21-4-0329670-5 RIT M-864-2021 CARATULADO GONZÁLEZ/INGENIERÍA Y CONSTRUCCIONES PATRICIO MOLINA E.I.R.L. MAGISTRADO MARIA VERONICA TORRES REYES ADMINISTRATIVO DE ACTAS Ariel Jorquera Torres HORA DE INICIO 14:00 Horas HORA DE TERMINO

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