PIZARRO/CORPORACION EDUCACIONAL AGAZZI
Rol
M-1300-2021
Fecha
21 de julio de 2021
Materia
Despido injustificado
Resultado
No especificado
Hechos
hechos sustanciales, pertinentes ni controvertidos, el Tribunal omite recibir la causa a prueba y procede a dictar sentencia de manera inmediata. Sentencia: Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016 de este Tribunal, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción únicamente de su parte resolutiva. Por estas consideraciones y además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 41, 161 del Código del trabajo se declara: I. Que se acoge la demanda deducida por CLAUDIA CAROLINA PIZARRO BIZAMA ya individualizada en contra de la CORPORACION EDUCACIONAL AGAZZI y en consecuencia se declara que el despido de la actora es injustificado y por lo tanto improcedente, y se condena al pago de las siguientes prestaciones: a. Indemnización por años de servicios, equivalente a 2 años correspondiente a la suma de $1.653.368 b. Recargo legal del 30% correspondiente a la suma de $496.010 c. Ambas sumas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses que se establecen en los artículos 63 y 173 del Código del trabajo según corresponda. II. Atendida la incomparecencia de la demandada no se la condena en costas. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia doña ALEJANDRA BESOAIN LEIGH, Jueza Titular Destinada al Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, veintiuno de Julio de dos mil veintiuno.
Fallo
Por estas consideraciones y además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 41, 161 del Código del trabajo se declara: I. Que se acoge la demanda deducida por CLAUDIA CAROLINA PIZARRO BIZAMA ya individualizada en contra de la CORPORACION EDUCACIONAL AGAZZI y en consecuencia se declara que el despido de la actora es injustificado y por lo tanto improcedente, y se condena al pago de las siguientes prestaciones: a. Indemnización por años de servicios, equivalente a 2 años correspondiente a la suma de $1.653.368 b. Recargo legal del 30% correspondiente a la suma de $496.010 c. Ambas sumas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses que se establecen en los artículos 63 y 173 del Código del trabajo según corresponda. II. Atendida la incomparecencia de la demandada no se la condena en costas. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia doña ALEJANDRA BESOAIN LEIGH, Jueza Titular Destinada al Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, veintiuno de Julio de dos mil veintiuno.
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO DE RECLAMO MONITORIO FECHA VEINTIUNO DE JULIO DE DOS MIL VEINTIUNO TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA TRES (ZOOM) RUC 21-4-0338526-0 RIT M-1300-2021 MAGISTRADO ALEJANDRA BESOAIN LEIGH ADMINISTRATIVO DE ACTAS ARTURO MEDEL HORA DE INICIO 08:32 HORAS HORA DE TÉRMINO 08:48 HORAS N° REGIS
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