LÓPEZ/BANCO SANTANDER CHILE
Rol
C-15960-2018
Fecha
6 de febrero de 2020
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 30 de mayo de 2018 y rectificada con fecha 20 de noviembre del mismo a oñ , comparece do a Francisca Mar a L pezñ í ó Montenegro, profesora, domiciliada para estos efectos en Dubl Almeydaé 3274, departamento 101, de la comuna de u oa, quien viene enÑ ñ demandar prescripci n del t tulo ejecutivo que se ala, en contra de Bancoó í ñ Santander, representado por su gerente general don Miguel Arturo Mata Huerta, ambos domiciliados en Bandera 140, comuna y ciudad de Santiago, en raz n de los antecedentes que expone.ó Se ala que contrat un cr dito con el demandado, obligaci n que fueñ ó é ó garantizada mediante la suscripci n de 2 pagar s, ambos de fecha 9 deó é mayo del a o 2017, el primero, por la suma de 10,6367 U.F. y, el segundo,ñ por la suma de 95,7306 U.F. Indica que atendido el tiempo transcurrido desde la suscripci n deó estos pagar s, ambos se encuentran prescritos, seg n lo dispuesto en elé ú art culo 98 de la Ley 18.092, citando el art culo al efecto. Adem s, haceí í á presente que la tramitaci n del presente procedimiento debe substanciarseó como juicio de menor cuant a, conforme el art culo 698 del C digo deí í ó Procedimiento Civil. Expresa que el C digo Civil consagra la prescripci n en su T tuloó ó í XLII, citando al efecto los art culos 2492 y 2493.í Refiere que, en consecuencia, habiendo transcurrido el plazo de un a o establecido en el art culo 98 antes mencionado, la demandada carece deñ í un t tulo actualmente vigente, seg n nuestra legislaci n.í ú ó Por lo anterior, solicita que se declare la prescripci n de los pagar só é singularizados precedentemente. Con fecha 4 de febrero de 2019, comparece la parte demandada, quien contesta la demanda y se allana a la pretensi n deducida por laó actora respecto de la prescripci n de las acciones ejecutivas o cambiariasó RIT« » Foja: 1 emanadas de los dos pagar s se alados en la demanda, por lo que solicitaé ñ no sea condenada en costas. Con fecha 7 de febrero de 2019, se tuvo por contestada
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 30 de mayo de 2018 y rectificada con fecha 20 de noviembre del mismo a o, comparece do a Francisca Mar añ ñ í L pez Montenegro, quien interpone demanda de prescripci n de dosó ó pagar s, en contra de Banco Santander,é fund ndose para ello en losá antecedentes de hecho y derecho expuestos en su libelo, los que han sido precedentemente rese ados en lo expositivo de esta sentencia.ñ SEGUNDO: Que, con fecha 4 de febrero de 2019, comparece el demandado contestando la demanda y allan ndose a esta, fund ndose paraá á ello en los antecedentes de hecho y de derecho expuestos en su contestaci n.ó TERCERO: Que, la parte demandante, en orden a acreditar sus dichos, acompa a, en forma y sin objeci n, los siguientes documentos juntoñ ó a su demanda: 1.- Copia de Pagar Financiamiento de Estudios de Educaci né ó Superior con Garant a del Estado, Fisco de Chile (Ley N 20.027), suscritoí ° con fecha 9 de mayo de 2017, a la orden del demandado, por la suma de 95,7306 Unidades de Fomento, suma que deb a pagarse en su equivalenteí en moneda nacional al d a de su pago efectivo, con vencimiento para el d aí í 19 de mayo de 2017. 2.- Copia de Pagar Financiamiento de Estudios de Educaci né ó Superior con Garant a del Estado, Fisco de Chile (Ley N 20.027), suscritoí ° con fecha 9 de mayo de 2017, a la orden del demandado, por la suma de 10,6367 Unidades de Fomento, suma que deb a pagarse en su equivalenteí en moneda nacional al d a de su pago efectivo, con vencimiento para el d aí í 19 de mayo de 2017. RIT« » Foja: 1 Que, con su m rito, que es coherente con lo expresado en laé demanda, es posible tener por acreditada la existencia de la obligaci nó referida por la actora. CUARTO: Que, el art culo 98 de la Ley 18.092 dispone:í Art culo 98. El plazo de prescripci n de las acciones cambiarias del“ í ó portador contra los obligados al pago es de un a o, contado desde el d a delñ í vencimiento del documento.” Por su parte, el art culo 107 de dicha ley se ala:í ñ Art culo 107. En lo que no sean contrarios a su naturaleza y a las“ í disposiciones del presente t tulo son aplicables al pagar las normas relativasí é a la letra de cambio.” Que, el C digo Civil estipula en su art culo 2492 lo siguiente: ó í Art. 2492. La “ prescripci nó es un modo de adquirir las cosas ajenas, o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse pose do las cosas oí no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem s requisitos legales.á Una acci n o derecho se dice ó prescribir cuando se extingue por la prescripci n.ó ” Y, el art culo 2493 del mismo cuerpo legal, dispone: í Art. 2493. El que quiera aprovecharse de la prescripci n debe“ ó alegarla; el juez no puede declararla de oficio.” Finalmente, cabe recordar que los art culos 2514 y 2515 del C digoí ó Civil, establecen que el plazo de prescripci n de las acciones es, en general,ó de tres a os para las acciones ejecutivas y de cinco a os para las or
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los art culos 2492, 2493í 2514, 2516 y 2521 del C digo Civil, art culos 144, 160, 170 y 343 deló í C digo de Procedimiento Civil y Ley 18.092, se declara:ó I.- Que, se acoge la demanda, declar ndose la prescripci n de laá ó acci n ejecutiva, respecto de las obligaciones emanadas de los dos pagar só é invocados. II.- Que, atendido el allanamiento de la demandada, cada parte soportar sus costas.á Reg strese y arch veseí í Pronunciada por do a Mar a Soledad Jorquera Binner, Juez Titularñ í del Quinto Juzgado Civil de Santiago. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, seis de Febrero de dos mil veinte. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-02-06T13:35:31-0300
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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 5 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-15960-2018 CARATULADO : L PEZ/BANCO SANTANDER CHILEÓ Santiago, seis de Febrero de dos mil veinte VISTOS: Con fecha 30 de mayo de 2018 y rectificada con fecha 20 de noviembre del mismo a oñ , comparece do a Francisca Mar a L pezñ í ó Montenegro, profesora, domiciliada para estos efectos en Dubl Almey
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