10º Juzgado de Garantía de Santiago

MP C/ PAULO ANIBAL DE PAOLI RAMIREZ

Rol

O-2058-2021

Fecha

8 de junio de 2022

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Fallo

se declara: l.- Se condena a ELIZABETH HILDA RAMOS CELIS, ya individualizada en esta causa, como autora del delito de tráfico ilícito de drogas, cometido el día 8 de julio del año , a la sanción de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, a la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y a la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, al pago de una multa en beneficio fiscal ascendente a cuarenta unidades tributarias mensuales, y al comiso de los efectos e instrumentos del delito, incluido el dinero incautado, sin costas por haber aceptado el procedimiento abreviado. II.- Respecto de la multa, previa conversión en días de reclusión, se le tiene por cumplida con el tiempo que ha estado privada de libertad por esta causa desde el día 8 de julio del al día de hoy. III.- Respecto de la pena corporal por concurrir los requisitos del artículo 5 bis de la Ley 8. , se sustituye el cumplimiento de la sanción privativa de libertad por la pena de Libertad Vigilada Intensiva, debiendo quedar sujeta el sentenciado al control de la autoridad administrativa de Gendarmería de Chile, por el término de la condena y cumplir con las demás condiciones establecidas en el artículo 7 de la citada Ley, adicionalmente se le impone como condición especial la de la letra d) de la Ley 8. ; esto es la obligación de cumplir programas formativos en el ámbito del consumo problemático de drogas. Si la pena sustitutiv

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RUC : - RIT : - MAGISTRADO : CLAUDIO MARCELO LARRE ROJAS NOMBRE IMPUTADO : ELIZABETH HILDA RAMOS CELIS CEDULA DE IDENTIDAD : - DOMICILIO : Pasaje Tozuca Nº 799 , comuna de Lo Espejo. FISCAL : Francisco Carrasco J. DEFENSOR PRIVADO : Gabriel Ruiz G. TRIBUNAL : º Juzgado de Garantía de Santiago FECHA DE SENTENCIA : ocho de junio de dos mil veintidós CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS : Atenuantes  ar

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