VIVIANA LORENA MORENO SAN MARTIN C/ JORGE ANDRES PEREZ CALDERON
Rol
O-981-2020
Fecha
7 de junio de 2022
Materia
LESIONES MENOS GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día 16 de noviembre del año 2020, aproximadamente a las 02:00 de la madrugada, en circunstancias que doña Viviana Moreno San Martin se encontraba en su domicilio ubicado en calle Diego Portales s/n de la comuna de Hualañé, hasta el lugar llego su ” pololo” JORGE ANDRES PEREZ CALDERON quien luego de tomarse una cerveza se retiró del inmueble aproximadamente a las 03:00 de la madrugada. Minutos más tarde la víctima se percata que el imputado se llevó las llaves de su casa por lo que se dirigió al domicilio del imputado ubicado en calle 11 de Septiembre s/n de la comuna de Hualañé y al solicitarle la devolución de las llaves este se ofusca, la insulta y luego la agrede tomándola del pelo, tirándola al piso donde le propina golpes de pies y puños. A raíz de la agresión la ofendida resulto con lesiones consistentes en “ luxación de muñeca derecha” con tiempo de recuperación e incapacidad de entre 15 a 30 día según consta de informe emitido por el servicio médico legal de Talca. Los hechos descritos son constitutivos del delito de Lesiones Menos Graves descrito y sancionado en el artículo 399 del Código Penal, en grado consumado y en calidad de autor. Licantén, siete de junio del dos mil veintidós Y visto lo dispuesto en los artículos 1, 15 del Código Penal, artículo 70 del mismo cuerpo Legal y artículo 399, artículo 395 y demás pertinentes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que, se acoge el requerimiento y, en consecuencia, se condena a JORGE ANDRÉS PÉREZ CALDERÓN, cédula nacional de identidad 0018280399-5, ya individualizado, como autor por el los hechos ocurridos el día 16 de noviembre del año 2020, en la comuna de Hualañé y en consecuencia se le condena a éste como autor del delito, consumado de lesiones menos graves, en perjuicio de la víctima doña Viviana Moreno San Martin se encontraba en su domicilio ubicado en calle Diego Portales s/n de la comuna de Código: MLLXZVRWPC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, se acoge el requerimiento y, en consecuencia, se condena a JORGE ANDRÉS PÉREZ CALDERÓN, cédula nacional de identidad 0018280399-5, ya individualizado, como autor por el los hechos ocurridos el día 16 de noviembre del año 2020, en la comuna de Hualañé y en consecuencia se le condena a éste como autor del delito, consumado de lesiones menos graves, en perjuicio de la víctima doña Viviana Moreno San Martin se encontraba en su domicilio ubicado en calle Diego Portales s/n de la comuna de Código: MLLXZVRWPC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Hualañé, a la pena de Multa de DOS UTM, pagaderas en dos cuotas iguales mensuales y sucesivas de una UTM, cada una. II.- Que, no se condena en costa al sentenciado, atendido a su admisión de responsabilidad ha reducido la actividad jurisdiccional estatal. Ejecutoriada que se encuentre esta sentencia cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Tanto defensa como ministerio público renuncian a términos y recursos legales. RUC 2001167761-5 RIT 981 – 2020 Dictó el presente fallo don JORGE GABRIEL MUÑOZ ESCOBAR, Juez Subrogante del Juzgado de Letras y Garantía de Licantén. Código: MLLXZVRWPC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-06-09T13:11:53-0400
Texto Completo (Preview)
Fecha Licantén, siete de junio de dos mil veintidós Magistrado JORGE GABRIEL MUÑOZ ESCOBAR Fiscal ANDRES GAETE FUENZALIDA Defensor FRANCISCO DIAZ ORELLANA Hora inicio 12:05PM Hora termino 12:17PM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Licanten. Acta pcb RUC 2001167761-5 RIT 981 - 2020 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA JORGE ANDRÉS PÉREZ CALDERÓN 0018280399- 5 Calle LA PEÑA 2 CASA
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