Juzgado de Garantia de Viña del Mar.

MIN PUBLICO C/ MIGUEL ANGEL QUIROZ ÁLVAREZ

Rol

O-192-2022

Fecha

7 de junio de 2022

Materia

LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y oídos: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7,14, 15, 25, 50, 399 Y 494 N° 5 del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 340, 342, 346, 348, 393, 394, 395 y 396 del Código Procesal Penal, y artículos 2, 5 y 9 de la Ley 20.066, se declara: I.- Que, se absuelve a MIGUEL ÁNGEL QUIROZ ÁLVAREZ, y JAVIERA NICOLET CARRILLO GUERRA, ambos ya individualizados, de los cargos formulados de ser autores recíprocamente del delito de lesiones menos graves en la persona de sus co-imputados, respecto de los hechos que habrían ocurrido en esta jurisdicción el día 8 de enero del año 2022, por inexistencia absoluta de prueba. II.- Que, atendido a lo resuelto precedentemente, deben quedar sin efecto el requerimiento y las medidas cautelares que se hubieren decretado. III.- Que, habiéndose liberado sentencia absolutoria, los sentenciados quedan exentos del pago de las costas de la causa. En cuanto al Ministerio Público, no se le condenará al pago de las costas, por estimar que se obró en el imperativo que le establece su ley orgánica respecto a la persecución penal. Regístrese, notifíquese y ejecutoriada que sea esta resolución archívese esta carpeta por afinada. Dictada por doña MARIA DEL PILAR LABARCA ROCCO, Juez Titular de Garantía de Viña del Mar. Código: LRXBZVDDXC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-06-09T12:56:45-0400

Fallo

se declara: I.- Que, se absuelve a MIGUEL ÁNGEL QUIROZ ÁLVAREZ, y JAVIERA NICOLET CARRILLO GUERRA, ambos ya individualizados, de los cargos formulados de ser autores recíprocamente del delito de lesiones menos graves en la persona de sus co-imputados, respecto de los hechos que habrían ocurrido en esta jurisdicción el día 8 de enero del año 2022, por inexistencia absoluta de prueba. II.- Que, atendido a lo resuelto precedentemente, deben quedar sin efecto el requerimiento y las medidas cautelares que se hubieren decretado. III.- Que, habiéndose liberado sentencia absolutoria, los sentenciados quedan exentos del pago de las costas de la causa. En cuanto al Ministerio Público, no se le condenará al pago de las costas, por estimar que se obró en el imperativo que le establece su ley orgánica respecto a la persecución penal. Regístrese, notifíquese y ejecutoriada que sea esta resolución archívese esta carpeta por afinada. Dictada por doña MARIA DEL PILAR LABARCA ROCCO, Juez Titular de Garantía de Viña del Mar. Código: LRXBZVDDXC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-06-09T12:56:45-0400

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA: Fecha Viña del Mar, siete de junio de dos mil veintidós RUC 2200025793-5 RIT 192 - 2022 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA MIGUEL ANGEL QUIROZ ÁLVAREZ 0017586546- 2 Calle violeta parra pob nueva esperanza nueva aurora Nº 76 Viña del Mar. JAVIERA NICOLET CARRILLO GUERRA 0020826837- 6 Sector Nueva Aurora Pob Nueva Esperanza Violeta Parra Nº 76 Viña del Mar. Vistos y oídos: Que la part

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