DANKA YANIRA CORNEJO ARIZ C/ LEONARDO ANDRÉS CORNEJO SALAZAR
Rol
O-3161-2020
Fecha
8 de junio de 2022
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en esta causa, el Ministerio Público ha interpuesto requerimiento en procedimiento simplificado en contra de LEONARDO ANDRÉS CORNEJO SALAZAR, cédula de identidad N°15.762.306-0, empleado, domiciliado en calle Jardín Alto Nº2058, Los Canales, Puente Alto, Región Metropolitana, quien comparece representado por la Defensoría Penal Pública, por los siguientes hechos: “El día 29 de septiembre de 2020 alrededor de las 12:00 horas en circunstancias que la víctima DANKA YANIRA CORNEJO ARIZ, se encontraba en su domicilio ubicado en pasaje El Abanderado Nº942, Block 8, dpto. 306, Villa Alemana, recibió un mensaje de parte de su tío, el requerido LEONARDO ANDRÉS CORNEJO SALAZAR, quien la amenazó grave y seriamente señalando: “Aunque traten de cagarme la vida no lo lograrán es más absténgase a las consecuencias,; El que se meta también recibe parte corta. El que sea. Están vivas, les voy a pegar terrible fuerte maracas qls.” (La parte expositiva y considerativa de la sentencia, se encuentra íntegramente registrada en el audio de la audiencia) SEGUNDO: Atendido lo expuesto y desarrollado durante la audiencia de juicio oral simplificado, el Tribunal WYDFZXXVYK Ignacio Andres Adana Juri Juez de garantía Fecha: 08/06/2022 11:33:28 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl resuelve que en atención a la insuficiencia de la prueba rendida por el Ministerio Público, ya que no se presentó la prueba de cargo a declarar, lo que se encuentra registrado en el audio de la audiencia de juicio, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 340 y 297 del Código Procesal Penal. En definitiva, el Tribunal no cuenta con elementos de juicio necesarios para llegar a una convicción condenatoria, ya que nadie puede ser condenado sino cuando un Tribunal adquiera la convicción que ha cometido un hecho punible y le ha correspondido la participación culpable en los términos que establece el artículo 340 del Código Procesal Penal, es que
Fallo
por estas consideraciones y según lo dispuesto en el artículo 297, 340, 396 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara que: I.- Que se absuelve a LEONARDO ANDRÉS CORNEJO SALAZAR. II.- No se condena en costas al Ministerio Público por haber tenido motivo plausible para litigar, especialmente por haber debido ejercer la acción penal en virtud de haber denunciado un presunto delito la víctima. III.- A partir de esta fecha quedan sin efecto las todas las medidas cautelares decretadas en contra de la encausada.-debiendo oficiar a quien corresponda informando que a contar de hoy quedan sin efecto. Archívese por afinada Resolvió don IGNACIO ANDRÉS ADANA JURI, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Villa Alemana. WYDFZXXVYK Ignacio Andres Adana Juri Juez de garantía Fecha: 08/06/2022 11:33:28 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2022-06-08T11:33:29-0400 Corte Suprema Ignacio Andres Adana Juri Verificación Legal
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C/ LEONARDO ANDRÉS CORNEJO SALAZAR. DELITO: AMENAZAS EN VIOLENCIA INTRAFAMILIAR. PROCEDIMIENTO: JUICIO ORAL SIMPLIFICADO. RUC N°2001006478-4. Rit N°3161-2020. Villa Alemana, ocho de junio de dos mil veintidós.- VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en esta causa, el Ministerio Público ha interpuesto requerimiento en procedimiento simplificado en contra de LEONARDO ANDRÉS CORNEJO SALAZAR, cédula
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