LUCO/MÁRQUEZ
Rol
C-1269-2019
Fecha
5 de febrero de 2020
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Con fecha 31 de mayo de 2019, comparece do a Yarela del Pilar Luco Sol s,ñ í pensionada, domiciliada en calle Grecia N 69, poblaci n El Retiro, Quilpu , quien° ó é interpone demanda en juicio por terminaci n inmediata de contrato de arrendamientoó por no pago de rentas, y reconvenci n de pago en contra de do a Laura Andreaó ñ M rquez Espinoza, ignora profesi n u oficio, domiciliada en Avenida G mez Carre oá ó ó ñ N 536, departamento N 26, block 4, poblaci n Villa Santa Patricia, Belloto Norte,° ° ó Quilpu , solicitando que la demanda sea acogida a tramitaci n y se ordene practicar lasé ó reconvenciones legales de pago, y en definitiva se declare la terminaci n del contrato deó arrendamiento por no pago de rentas convenidas y, adem s : 1) Que la demandadaá pague la renta insoluta correspondiente al mes de mayo equivalente a la suma de $200.000.-, m s las que se devenguen durante la tramitaci n del juicio hasta que seá ó efect e la restituci n o pago, m s el reajuste indicado en el art culo 21 de la Ley 18.101,ú ó á í y los intereses correspondientes; 2) Que la demandada pague lo adeudado por concepto de servicios b sicos por la suma de $86.157.-, m s los que se devenguen durante laá á tramitaci n del juicio; 3) Que restituya la propiedad arrendada dentro de tercero d aó í totalmente desocupada, desde que el fallo cause ejecutoria, bajo apercibimiento de lanzamiento con auxilio de la fuerza p blica, con costas.ú En subsidio, deduce demanda de desahucio del contrato de arrendamiento. Con fecha 12 de agosto de 2019, se levanta acta del comparendo de estilo, con la asistencia de la parte demandante asistida por su apoderado, y en rebeld a de la parteí demandada. Con fecha 28 de enero de 2020, se cit a las partes para o r sentencia.ó í
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que, con fecha 31 de mayo de 2019, comparece do a Yarela del Pilarñ Luco Sol s, quien interpone demanda en juicio por terminaci n inmediata de contrato deí ó arrendamiento por no pago de rentas, y reconvenci n de pago en contra de do a Lauraó ñ Andrea M rquez Espinoza, ya individualizada en autos, solicitando que la demanda seaá acogida a tramitaci n y se ordene practicar las reconvenciones legales de pago, y enó definitiva se declare la terminaci n del contrato de arrendamiento por no pago de rentasó convenidas y, adem s : 1) Que la demandada pague la renta insoluta correspondiente alá mes de mayo equivalente a la suma de $200.000.-, m s las que se devenguen durante laá tramitaci n del juicio hasta que se efect e la restituci n o pago, m s el reajuste indicadoó ú ó á en el art culo 21 de la Ley 18.101, y los intereses correspondientes; 2) Que laí demandada pague lo adeudado por concepto de servicios b sicos por la suma deá $86.157.-, m s los que se devenguen durante la tramitaci n del juicio; 3) Que restituya laá ó propiedad arrendada dentro de tercero d a totalmente desocupada, desde que el falloí cause ejecutoria, bajo apercibimiento de lanzamiento con auxilio de la fuerza p blica,ú con costas. Funda su demanda se alando que celebr un contrato de arriendo con do añ ó ñ Laura Andrea M rquez Espinoza, con fecha 31 de enero de 2019, respecto del inmuebleá ubicado en Avenida G mez Carre o N 536, departamento N 26, block 4, poblaci nó ñ ° ° ó Villa Santa Patricia, Belloto Norte, Quilpu , por el canon de arriendo de $200.000.-,é mensuales pagaderos los primeros cinco d as de cada mes.í Indica que en la cl usula octava del referido contrato de arriendo, se mencionaá expresamente que el no cumplimiento de cualquiera de las cl usulas del contrato, dará á derecho al arrendador para poner t rmino inmediato al arriendo por incumplimientoé grave de las obligaciones, en conformidad a la ley. Asimismo en la cl usula sexta dispone que el arrendatario se compromete a pagará mensualmente las cuentas de luz el ctrica, agua potable, gas, derecho de aseo etc.,é debiendo exhibir los recibos correspondientes, si as lo exigiera el arrendador. í Expone que la arrendataria pag los primeros dos meses conforme al contrato,ó sin embargo, el correspondiente al mes de abril lo pag con retraso el d a 7 de mayo, noó í siendo cancelado aun el mes de mayo. A ade que respecto a los servicios b sicos, lañ á demandada adeuda la suma de $21.367.-, por suministro de energ a el ctrica, y la sumaí é de $64.790.-, por suministro de agua potable. En subsidio, y para el evento que el demandado enerve la acci n de terminaci nó ó inmediata del arrendamiento por no pago de la renta, cancelando las rentas adeudadas, viene en interponer demanda de desahucio de arrendamiento en contra de do a ñ Laura Andrea M rquez Espinozaá , ya individualizada, de acuerdo con lo prescrito en el art culoí tercero y siguientes de la Ley 18.101 y art culo 680 y siguientes del C digo de
Fallo
fallo cause ejecutoria, bajo apercibimiento de lanzamiento con auxilio de la fuerza p blica, con costas.ú En subsidio, deduce demanda de desahucio del contrato de arrendamiento. Con fecha 12 de agosto de 2019, se levanta acta del comparendo de estilo, con la asistencia de la parte demandante asistida por su apoderado, y en rebeld a de la parteí demandada. Con fecha 28 de enero de 2020, se cit a las partes para o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: Primero: Que, con fecha 31 de mayo de 2019, comparece do a Yarela del Pilarñ Luco Sol s, quien interpone demanda en juicio por terminaci n inmediata de contrato deí ó arrendamiento por no pago de rentas, y reconvenci n de pago en contra de do a Lauraó ñ Andrea M rquez Espinoza, ya individualizada en autos, solicitando que la demanda seaá acogida a tramitaci n y se ordene practicar las reconvenciones legales de pago, y enó definitiva se declare la terminaci n del contrato de arrendamiento por no pago de rentasó convenidas y, adem s : 1) Que la demandada pague la renta insoluta correspondiente alá mes de mayo equivalente a la suma de $200.000.-, m s las que se devenguen durante laá tramitaci n del juicio hasta que se efect e la restituci n o pago, m s el reajuste indicadoó ú ó á en el art culo 21 de la Ley 18.101, y los intereses correspondientes; 2) Que laí demandada pague lo adeudado por concepto de servicios b sicos por la suma deá $86.157.-, m s los que se devenguen durante la tramitaci n del juicio; 3) Que restituya laá ó propiedad ar
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Quilpueº CAUSA ROL : C-1269-2019 CARATULADO : LUCO/M RQUEZÁ Quilpué, cinco de Febrero de dos mil veinte. VISTO: Con fecha 31 de mayo de 2019, comparece do a Yarela del Pilar Luco Sol s,ñ í pensionada, domiciliada en calle Grecia N 69, poblaci n El Retiro, Quilpu , quien° ó é interpone demanda en juicio por terminaci n inmediata de c
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