GUZMÁN/UNIVERSIDAD SAN SEBASTIÁN
Rol
T-671-2020
Fecha
19 de julio de 2021
Materia
Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación, Nulidad del despido, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos la demandada se comportaba como si Felipe Alegría fuese el director de Pedagogía, aunque formalmente esto no fuera así. En definitiva, esta forma de menoscabo, se realizaba en público y privado, otorgando autoridad a Felipe Alegría, al hombre considerado como su “mano derecha”, quien además formalmente no ostentaba cargo con atribuciones de mando, ni otros antecedentes que justificaran razonablemente el cambio de trato. Agrega que no se le consideraba en labores habituales y propias del cargo. En las pocas reuniones, en las cuales participó, afirma que en el 2° semestre y luego que se generó el estallido social, esto es, el periodo comprendido entre octubre 2019 a enero 2020, se utilizó al interior de la empresa demandada, las plataformas virtuales Classroom, Teams de Microsoft y otros, debido a mi conocimiento del área, se ofreció en varias ocasiones para entregar tutoriales y apoyar esta labor tanto a Directores, como académicos y estudiantes, pero Ana Luz Durán hacía caso omiso a dicho ofrecimiento, encargando las tareas a otros Directores, quienes de igual forma me solicitaban ayuda, dado que era la única de la facultad con los conocimientos y experiencia en tecnología educativa. Incluso, a inicios de enero la Directora de Educación Parvularia María Liliana Delgadillo, le solicito agendar un taller de capacitación a los académicos de su carrera para el uso de Classroom, pero esto no pudo ser ejecutado dada su desvinculación. Asimismo, afirma que no se le permite acudir a congreso al cual fue invitada a exponer, y la demandada señala a otro funcionario como expositor y, en septiembre de 2019 Keeneth Gent, Gerente General de "Momento Cero" consultora encargada de la innovación educativa, la invita a exponer como experta en innovación y TIC en un Congreso internacional que realizarían a inicios de octubre. En dicho congreso, estaría presente una experta de Finlandia y un experto de Inglaterra, siendo quien comparece la representante de Chile, lo cual es un
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en estos autos Rit T - 641 – 2020, comparece doña ANGELA FABIOLA GUZMAN MICHELLOD, Profesora de Educación Básica, cédula nacional de identidad N° 13.731.675 – 7, domiciliada para estos efectos en Huérfanos Nº 669, oficina 505, Santiago Centro, e interpone denuncia por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido, en acción de tutela, diferencia por indemnización por años de servicios, cobro por no pago de cotizaciones previsionales y pago de prestaciones laborales, en contra de UNIVERSIDAD SAN SEBASTIÁN, empresa del giro de su denominación, RUT N° 71.631.900-8, representada por Rodrigo Rojas Foncillas, cédula nacional de identidad Nº 9.383.295-7, ambos domiciliados en Bellavista Nº07, Recoleta. Reseña que es Profesora de Educación Básica, mención Ciencias Sociales, Licenciada en Educación, Universidad Central, titulada con honores y distinción máxima como la Mejor alumna, por el mejor promedio de los 5 años de estudio de su generación. Además posee un Máster en Estrategias y Tecnologías para la Función Docente en la Sociedad Multicultural – Formación de Profesores, UNED España, como también un Máster en Tecnologías para la Educación y el Conocimiento, UNED España y un Postítulo de especialización en Liderazgo y Gestión Educacional, U Deusto, España; y afirma que es Experta Universitaria en Informática Educativa, UNED, España, con quince años de experiencia laboral, 5 años en sistema escolar y 10 en el sistema universitario, en los cuales ha realizado diversos cargos directivos, como Coordinadora de Innovación y TIC en PUC - Vicerrectoría Académica por 4 años, bajo proyecto MECESUP y como Directora del Departamento de Pedagogía en la Universidad San Sebastián 4 años, Gestión de Congresos Internacionales, Docencia en pregrado: 6 años y Docencia en postgrado: 7 años. En cuanto a su trayectoria académica, ha trabajado en la Pontificia Universidad Católica, en la Universidad Mayor, en Universidad del Desarrollo, en la Universidad Diego Portales, en la Universidad San Sebastián y en la Universidad Autónoma, se desempeñó como Diseñadora Instruccional por 9 años en proyectos MECESUP y Agencia de Calidad de Educación MINEDUC, expositora en congresos con paper de investigación en el área de práctica pedagógica, innovación y uso de TIC (tecnología) y, afirma que posee publicaciones en el área en diversas revistas nacionales e internacionales. Desde el año 2017, es la presidenta del Directorio de la Mesa TIC FID (Incorporación de tecnología en la Formación Inicial Docente), conformada por 13 universidades del país y patrocinado por el Centro de Innovación del MINEDUC. Refiere que su historial académico y laboral, se tomó en cuenta por la demandada para incorporarla a la empresa, ingresando a prestar servicios el 01 de agosto de 2015 como Coordinadora de Práctica de la carrera de Pedagogía en Educación Básica, en la Facultad de Ciencias de la Educación, con una jornada de 18 horas semanales. El 1 de febrero de 20
Fallo
fallo sólo para efectos informáticos, por el Juez Presidente (s) de este Tribunal.. Rit : T – 671 - 2020 Ruc : 20- 4-0263598-4 Procedimiento : Ordinario Materia : Tutela de derechos fundamentales Demandante : ANGELA FABIOLA GUZMAN MICHELLOD Demandado : UNIVERSIDAD SAN SEBASTIÁN En Santiago, diecinueve de julio del año dos mil veintiuno. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en estos autos Rit T - 641 – 2020, comparece doña ANGELA FABIOLA GUZMAN MICHELLOD, Profesora de Educación Básica, cédula nacional de identidad N° 13.731.675 – 7, domiciliada para estos efectos en Huérfanos Nº 669, oficina 505, Santiago Centro, e interpone denuncia por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido, en acción de tutela, diferencia por indemnización por años de servicios, cobro por no pago de cotizaciones previsionales y pago de prestaciones laborales, en contra de UNIVERSIDAD SAN SEBASTIÁN, empresa del giro de su denominación, RUT N° 71.631.900-8, representada por Rodrigo Rojas Foncillas, cédula nacional de identidad Nº 9.383.295-7, ambos domiciliados en Bellavista Nº07, Recoleta. Reseña que es Profesora de Educación Básica, mención Ciencias Sociales, Licenciada en Educación, Universidad Central, titulada con honores y distinción máxima como la Mejor alumna, por el mejor promedio de los 5 años de estudio de su generación. Además posee un Máster en Estrategias y Tecnologías para la Función Docente en la Sociedad Multicultural – Formación de Profesores, UNED España, co
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Ingresado a mi despacho con esta fecha y atendido a que el(la) Magistrado(a) que redactó la sentencia, no se encuentra en funciones, se firma el presente fallo sólo para efectos informáticos, por el Juez Presidente (s) de este Tribunal.. Rit : T – 671 - 2020 Ruc : 20- 4-0263598-4 Procedimiento : Ordinario Materia : Tutela de derechos fundamentales Dema
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