Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapo.

C/ MIGUEL ANGELO ROJAS ROJAS

Rol

O-30-2022

Fecha

6 de junio de 2022

Materia

CONDUC.EBRIEDAD RESUL.LESIONES MENOS GRAVE.A196 I.2LEY.TRANS, NO DAR CUENTA DE ACCIDENTE DE TRANSITOART. 195LEY DE TRA.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos descritos configuran el delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando lesiones menos graves y daños del artículo 196, inciso segundo, en relación con los artículos 110 y 111 de la Ley N°18.290. Asimismo, configura el delito de consumado de incumplimiento de la obligación de dar cuenta del accidente en el que se produjeren lesiones, del artículo 195, inciso segundo, en relación con el artículo 176, de la Ley N° 18.290. A juicio de la Fiscalía, al acusado MIGUEL ANGELO ROJAS ROJAS le ha correspondido, según lo dispuesto en los artículos 14 y 15 N°1 del Código Penal, participación en calidad de autor de ambos delitos, toda vez que tomó parte en la ejecución de los hechos de manera inmediata y directa. KXGXZTPDRJ Lorena Fresia Rojo Venegas Juez oral en lo penal Fecha: 06/06/2022 12:58:54 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 3 El Ministerio Público solicita que se condene al acusado MIGUEL ANGELO ROJAS ROJAS, por el delito de conducción en estado de ebriedad causando lesiones menos graves y daños, a la pena de dos años de presidio menor en grado medio, las penas accesorias del artículo 30 del Código Penal, multa de 10 unidades tributarias mensuales, suspensión de la licencia de conducir por 36 meses y costas de la causa. Por el delito de incumplimiento de la obligación de dar cuenta del accidente en el que se produjeren lesiones, a la pena de dos años de presidio menor en grado medio, las penas accesorias del artículo 30 del Código Penal, multa de 8 unidades tributarias mensua

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante esta Tercera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó, integrado por los jueces titulares don Adrián Reyes Pardo, como presidente y doña Lorena Rojo Venegas, como redactor, y por el juez suplente doña Sandra Orellana Araya, con fecha veintiséis y veintisiete de mayo del presente año se llevó a efecto en modalidad virtual ZOOM la audiencia relativa a la causa Rol Interno del Tribunal (Rit) 30-2022, seguida en contra del señor Miguel Ángelo Rojas Rojas, cédula nacional de identidad N° 17.493.000-7, ciudadano chileno, natural de Copiapó, nacido el día 19 de junio de 1990, soltero, sin ocupación, con domicilio en calle Montt N° 184, Copiapó, representado por el Defensor Penal Público señor Ronny Espinoza Carrillo con domicilio y forma de notificación ya registrado en este Tribunal. El Ministerio Público estuvo representado por el Fiscal Adjunto señor Álvaro Córdova Carreño, con domicilio y forma de notificación ya registrado en este Tribunal. SEGUNDO: Que, el señor representante del Ministerio Público de la comuna de Caldera dedujo acusación en contra del acusado, ya individualizado, fundado en lo siguiente: “El 13 de febrero de 2020, cerca de las 1:20 horas, el imputado MIGUEL ANGELO ROJAS ROJAS condujo en estado de ebriedad la camioneta placa patente única YD-7862 por la caletera de la Ruta 5 Norte frente al ingreso norte de Caldera, KXGXZTPDRJ Lorena Fresia Rojo Venegas Juez oral en lo penal Fecha: 06/06/2022 12:58:54 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2 donde producto del estado etílico en que se encontraba no advirtió que al llegar a la intersección de Av. Diego de Almeyda se encontraban detenidos frente a la señalética “Pare” que se ubica en el lugar, el taxi colectivo placa patente JWHX-26 conducido por Rubén Rodríguez Martínez y delante de aquel, el taxi colectivo placa patente FRFZ-57 conducido por César Silva Vásquez, colisionando en la parte posterior al primero de ellos el que consecuencialmente colisionó al segundo, ocasionándose lesiones menos graves en el ofendido Martínez Rodríguez y daños en el vehículo conducido por Silva Vásquez de propiedad de la ofendida Mónica Gaete Carrizo. Luego de ello, el imputado huyó sin dar cuenta de lo ocurrido a la autoridad, dirigiéndose hacia el sector de Playa Rodillo, hasta donde fue seguido por un testigo presencial quien pudo expresar a los funcionarios de Carabineros lo ocurrido. Así, al aproximarse los funcionarios policiales al imputado, advirtieron que este mantenía halito alcohólico por lo que s

Fallo

por tanto los afirma. Esta afinación aparece ante un espíritu humano, como conforme a la verdad, y la certeza que allí surge, como cualquier otra certeza, no es más que la conciencia de la verdad”. Que, el artículo 340 del Código Procesal Penal, señala que nadie puede ser condenado sino cuando el Tribunal que lo juzgue adquiriere, más allá de toda duda razonable, la convicción de que realmente se hubiere cometido el hecho punible objeto de la acusación y que en él le hubiere correspondido al acusado una 2 Raúl Washington Abalos, Código Procesal de la Nación, Capítulo Primero, págs. 11 y 12. KXGXZTPDRJ Lorena Fresia Rojo Venegas Juez oral en lo penal Fecha: 06/06/2022 12:58:54 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 12 participación culpable y penada por la ley. El Tribunal formará su convicción sobre la base de la prueba rendida. Que, bien lo precisan los profesores Andrés Baytelman y Juan Enrique Vargas, cuando señalan que “el estándar de prueba para condenar penalmente a alguien debe ser el más alto dentro del sistema judicial,

Texto Completo (Preview)

1 RESUMEN : RIT : 30-2022. RUC : 2000173159-K. MATERIA : conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad con resultado de leves menos graves y daños. Incumplimiento de la obligación dar aviso a la autoridad, detener la marcha y brindar ayuda posible a los heridos. IMPUTADO : Miguel Ángelo Rojas Rojas. FISCAL : Álvaro Córdova Carreño. DEFENSOR : Ronny Espinoza Carrillo RESOLUCIÓN : Sen

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica