Juzgado de Garantía de Temuco.

MP C/ SAÚL ISAÍAS QUINTANA ACUÑA

Rol

O-6557-2017

Fecha

3 de junio de 2022

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1° Que el Ministerio Público representado en la audiencia por el Fiscal don Juan Pablo Salas Castro, domiciliado en Arturo Prat 080 Temuco, en esta causa RUC 1700700017-0, RIT 6557 - 2017, requiere en procedimiento simplificado a Saúl Isaías Quintana Acuña, RUN 18.876.762-1, 27 años, nacido el día 12/01/1995, trabaja en la bodega Ripley, domiciliado en calle Eduardo Rodríguez N°017 Temuco, representado por la abogada defensora penal doña Pilar Sandoval Belmar, domiciliada en Portales N° 361 de Temuco. 2° Que con el mérito probatorio de los antecedentes que fundamentan la acción Fiscal, en especial, Parte policial, acta de registro detenido e incautación de especies, declaración de funcionarios policiales y testigos, a lo que se suma la admisión de responsabilidad en los hechos por parte del imputado, el tribunal tiene por establecido que el día 28 de julio de 2017, a las 14:10 horas, el imputado fue sorprendido en Calle Andrés Bello a la altura del N°138 de Temuco por personal de Carabineros portando la mitad de una tijera metálica utilizada comúnmente para forzar chapas de vehículos. Al momento de percatarse de la presencia policial arrojo la especie. Que los hechos antes descritos, según la calificación del Ministerio Público, a la que está el tribunal en atención a la naturaleza del procedimiento, constituyen el delito de porte ilegal de arma blanca, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal, en grado consumado, en el cual corresponde al requerido Saúl Isaías Quintana Acuña participación en calidad de autor. 3° Que la pena de multa se aplica en el monto que se indica,

Fundamentos

considerando el precario caudal y facultades del imputado. Por lo considerado, y visto lo dispuesto en los artículos 1, 11, 15, 49, 69, 70 y 288 bis del XVDKZTFFDC Luis Alberto Olivares Apablaza Juez de garantía Fecha: 05/06/2022 10:39:58 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Código Penal, y artículos 388 y 395 del Código Procesal Penal,

Fallo

se declara: I.- Que se condena a Saúl Isaías Quintana Acuña, RUN 18.876.762-1, a una pena de multa de UN TERCIO de Unidad Tributaria Mensual y comiso del elemento incautado, cuya destrucción se autoriza, en calidad de autor de un delito consumado de porte ilegal de arma blanca, cometido en Temuco el día 28 de julio de 2017. II.- Que no se condena en costas al sentenciado por haber admitido responsabilidad, lo que permitió dictar sentencia de inmediato, evitando la realización de un juicio oral, con el consiguiente ahorro de recursos para el Estado. III.- Que la pena de multa impuesta al sentenciado se le tiene por cumplida con el tiempo de privación de libertad que ya sufrió en la causa el 3 de junio de 2022. Quedan notificados personalmente los intervinientes presentes y, en especial, el sentenciado. Cúmplase en su oportunidad con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y, en su oportunidad, archívese. RUC 1700700017-0, RIT 6557 - 2017 Dictado por don Luis Alberto Olivares Apablaza, Juez Titular, Juzgado de Garantía de Temuco. XVDKZTFFDC Luis Alberto Olivares Apablaza Juez de garantía Fecha: 05/06/2022 10:39:59 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ie

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Temuco, tres de junio de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1° Que el Ministerio Público representado en la audiencia por el Fiscal don Juan Pablo Salas Castro, domiciliado en Arturo Prat 080 Temuco, en esta causa RUC 1700700017-0, RIT 6557 - 2017, requiere en procedimiento simplificado a Saúl Isaías Quintana Acuña, RUN 18.876.762-1, 27 años, nacido el día 12/01/1995, trabaja en la bod

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