Juzgado de Garantía de Puerto Montt.

MP C/ CLAUDIO SEBASTIÁN VILLARROEL AGUILAR

Rol

O-3744-2022

Fecha

4 de junio de 2022

Materia

LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. Los intervinientes renuncian a los plazos y recursos legales. RIT - RUC - Pronunciada por don CRISTIAN ARTURO ALFONSO DURRUTY, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: Nvb. HLHGZTXCEB Cristian Arturo Alfonso Durruty Juez de garantía Fecha: 04/06/2022 17:37:22 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2022-06-04T17:36:04-0400 Corte Suprema Cristian Arturo Alfonso Durruty Verificación Legal

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 70, 399 y 494 N° 5 del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, SE CONDENA a CLAUDIO SEBASTIÁN VILLARROEL AGUILAR, RUN N° - , ya individualizado, como autor del delito consumado de lesiones menos graves, previsto y sancionado en el artículo 399 del Código Penal, cometido en Puerto Montt el día 03 de junio de 2022, al PAGO de multa de DOS TERCIOS de unidad tributaria mensual, la cual se le da por cumplida con los dos días de detención que le han afectado en la presente causa, correspondiente a los días 03 y 04 de junio de 2022. II.- Que, no se le condena en costas por haber aceptado responsabilidad en los hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. Los intervinientes renuncian a los plazos y recursos legales. RIT - RUC - Pronunciada por don CRISTIAN ARTURO ALFONSO DURRUTY, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: Nvb. HLHGZTXCEB Cristian Arturo Alfonso Durruty Juez de garantía Fecha: 04/06/2022 17:37:22 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al hora

Texto Completo (Preview)

Sentencia: Puerto Montt, cuatro de junio de dos mil veintidós. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 70, 399 y 494 N° 5 del Código Penal; artículos 45,

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