Juzgado de Letras y Garantía de Río Bueno.

NNN C/ HÉCTOR AMADOR SOBARZO VERA

Rol

O-1275-2021

Fecha

2 de junio de 2022

Materia

LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que, la parte expositiva y considerativa de la causa RIT N° 1275-2021, RUC N° 2110039635-9, seguida en contra de HECTOR AMADOR SOBARZO VERA, RUN N° 10.147.520-4, se encuentra registrada en el audio N° 2110039635-9-227. Que, por las consideraciones expuestas y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 12 N° 16, 14 N° 1, 15 N° 1, 30, 50, 67, 69, 70, 399, 494 N° 5 del Código Penal; artículos 5°, 9° y demás pertinentes de la Ley 20.066; artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: 1) Que, se acoge el requerimiento deducido por el Ministerio Público en contra de don HECTOR AMADOR SOBARZO VERA, RUN N° 10.147.520-4 y se le condena a la pena de MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad como autor en el delito consumado lesiones menos graves, en el contexto de violencia intrafamiliar, en perjuicio de su ex conviviente doña Eliana Gatica Carrasco, hecho cometido en la comuna de Río Bueno, el día 28 de agosto de 2021, territorio jurisdiccional de este Tribunal. 2) Que, la pena de multa precedentemente impuesta se tiene por cumplida en razón del tiempo que estuvo privado de libertad en esta causa, el día 28 de agosto de 2021. FDKJZSREXY PABLO ELEAZAR SALAS DONOSO Juez de garantía Fecha: 03/06/2022 20:49:48 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 3) Que, se decretan además, por el plazo de un año, la medidas accesorias de la letras b) y c) del artículo 9 de la Ley 20.066, esto es: la prohibición de acercarse a ésta, a su do

Fundamentos

fundamentos de lo resuelto. FDKJZSREXY PABLO ELEAZAR SALAS DONOSO Juez de garantía Fecha: 03/06/2022 20:49:48 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2022-06-03T20:49:50-0400 Corte Suprema PABLO ELEAZAR SALAS DONOSO Verificación Legal

Fallo

SE DECLARA: 1) Que, se acoge el requerimiento deducido por el Ministerio Público en contra de don HECTOR AMADOR SOBARZO VERA, RUN N° 10.147.520-4 y se le condena a la pena de MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad como autor en el delito consumado lesiones menos graves, en el contexto de violencia intrafamiliar, en perjuicio de su ex conviviente doña Eliana Gatica Carrasco, hecho cometido en la comuna de Río Bueno, el día 28 de agosto de 2021, territorio jurisdiccional de este Tribunal. 2) Que, la pena de multa precedentemente impuesta se tiene por cumplida en razón del tiempo que estuvo privado de libertad en esta causa, el día 28 de agosto de 2021. FDKJZSREXY PABLO ELEAZAR SALAS DONOSO Juez de garantía Fecha: 03/06/2022 20:49:48 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 3) Que, se decretan además, por el plazo de un año, la medidas accesorias de la letras b) y c) del artículo 9 de la Ley 20.066, esto es: la prohibición de acercarse a ésta, a su domicilio, a su lugar de trabajo o lugar donde ella se

Texto Completo (Preview)

Sentencia.: RUC RIT Ambito afectado Detalle del Hito Valor 2110039635-9 1275-2021 CAUSA.: R.U.C=2110039635- 9 R.U.I.=1275-2021 Fecha de deliberación 2022/06/02 HÉCTOR AMADOR SOBARZO VERA 0010147520-4 Folilco Río Bueno JUEZ REDACTOR PABLO ELEAZAR SALAS DONOSO DELITO LESIONES MENOS GRAVES. RESULTADO CONDENADO. PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. Río Bueno, dos de junio de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIE

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica