10º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ LUIS MOISÉS BARRIOS ARAVENA

Rol

O-1572-2020

Fecha

2 de junio de 2022

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: El día 08 de junio de 2020, a las 02:13 horas aproximadamente, los imputados LUIS MOISÉS BARRIOS ARAVENA y SAMUEL ANDRÉS ORTEGA PÉREZ, previamente concertados, llegaron hasta el Centro Médico ubicado en Av. Clotario Blest Nº 6035, comuna de Pedro Aguirre Cerda, momento en que el imputado SAMUEL ORTEGA PÉREZ, ingresó, por vía no destinada al efecto, a través del escalamiento del cerco perimetral de tres metros de altura, al Centro Médico, mientras el imputado LUIS BARRÍOS ARAVENA se quedó en el exterior; sustrayendo con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, unas baterías del equipo electrógeno avaluadas en $600.000.-, no logrando su apropiación debido a la oportuna intervención de Carabineros que sorprendieron al imputado LUIS BARRÍOS ARAVENA en la vía pública en posesión de las especies sustraídas y al imputado SAMUEL ORTEGA PÉREZ al interior de dicho Centro Médico. La sentencia se encuentra grabada íntegramente bajo el nombre 2000577630-K -1229, sala B 202. Código: WXPDZXXXQJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Santiago, dos de junio de dos mil veintidós. Vistos: En los artículos 1, 11, 15, 442 N° 1 del Código Penal, artículos 387 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 7, 8, 10 y siguientes de la ley 18.216. Se declara: l.- Se condena a los imputados LUIS MOISÉS BARRIOS ARAVENA y SAMUEL ANDRÉS ORTEGA PÉREZ, ya individualizados, como autores del delito de Robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 N° 1 del Código Penal, en grado de desarrollo de frustrado, ocurrido en la comuna de Pedro Aguirre Cerda el día 08 de junio de 2020, a sufrir cada uno la pena de Sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de a condena, sin costas por estar asistido por defensor penal público el día de hoy. II.- Respecto del imputado SAMUEL ANDRÉS ORTEGA PÉREZ, el cumplimiento de la pena se

Fallo

Se declara: l.- Se condena a los imputados LUIS MOISÉS BARRIOS ARAVENA y SAMUEL ANDRÉS ORTEGA PÉREZ, ya individualizados, como autores del delito de Robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 N° 1 del Código Penal, en grado de desarrollo de frustrado, ocurrido en la comuna de Pedro Aguirre Cerda el día 08 de junio de 2020, a sufrir cada uno la pena de Sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de a condena, sin costas por estar asistido por defensor penal público el día de hoy. II.- Respecto del imputado SAMUEL ANDRÉS ORTEGA PÉREZ, el cumplimiento de la pena será bajo la pena sustitutiva de la reclusión parcial domiciliaria nocturna, debiendo computarse un día por cada noche de privación de libertad, quedando el control y vigilancia de esta sanción entregado a Gendarmería de Chile a través del sistema de monitoreo telemático; para lo cual una vez terminada esta audiencia el tribunal procederá a solicitar el respectivo informe de factibilidad técnica, al cabo del cual se resolverá lo que en derecho corresponda para el cumplimiento de esta sanción. III.- Respecto del imputado LUIS MOISÉS BARRIOS ARAVENA, se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad, sustituyéndose los Sesenta y un días por un total de Ochenta y una horas de prestación de servicios en beneficio de la comunidad. IV.- Si estas penas sustitutivas fuesen quebrantadas, revocadas o agravadas, l

Texto Completo (Preview)

RUC : 2000577630-K RIT : 1572 – 2020 MAGISTRADO : MARIA CAROLINA SALINAS HERNANDEZ NOMBRE IMPUTADO : LUIS MOISÉS BARRIOS ARAVENA CÉDULA DE IDENTIDAD : 0012288878-9 DOMICILIO NOMBRE IMPUTADO CÉDULA DE IDENTIDAD DOMICILIO : : : : MAGIO Nº 5773, SAN MIGUEL. SAMUEL ANDRÉS ORTEGA PÉREZ 0016545287-9 TEMISTOCLES Nº 6528, LO ESPEJO. FISCAL : MIGUEL ARTURO PALACIOS HENRÍQUEZ DEFENSOR : MAURICIO BADILLA S

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