GALLARDO/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA
Rol
C-24628-2019
Fecha
4 de febrero de 2020
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En estos autos Rol N° 24628-2019, comparece, doña MARÍA LASTENIA GALLARDO GALLARDO, pensionada, domiciliada en Nor Oriente N° 899, Lo Barnechea, e interpone demanda en juicio de menor cuantía de prescripción extintiva, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA, representada legalmente por su alcalde, don Felipe Guevara Stephens, ignora profesión u oficio, ambos con domicilio en Av. El Rodeo 12777, Lo Barnechea, a objeto que se declare en definitiva que se encuentran prescritas las acciones para el cobro de derechos de aseo, correspondientes entre los años 2009 y 2013, por un total de $ 1.159.204, con costas. La demandada contestó la demanda allanándose en los términos que indica. En el segundo otrosí de su presentación, deduce demanda reconvencional de cobro de pesos, a objeto que se declare que la demandada reconvencional debe proceder al pago de los derechos de aseo domiciliario, del inmueble ubicado en calle Nor Oriente N° 899, comuna de Lo Barnechea, conforme a las cuotas devengadas desde el 30 abril de 2019, hasta la fecha de su presentación, cuyo monto asciende a $ 80.626, incluido reajustes e intereses. La demandante y demandada reconvencional hace presente que se allana en todas sus partes a la demanda de cobro de pesos, deducida por la Municipalidad. Se citó a las partes para oír sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la actora manifiesta que es dueña de la propiedad ubicada en calle Nor Oriente N° 899, Rol de avalúo C-24628-2019 04980006, de la comuna de Lo Barnechea, la que mantiene la deuda ya referida. Informa que tomado conocimiento que de acuerdo a la Municipalidad de Lo Barnechea adeudaría por concepto de derechos de aseo, según certificado de deuda emitido por la misma entidad, con fecha 26 de abril de 2019, la suma de $ 1.159.204, hasta el 30 de abril del año 2013, respecto del cual solicita se declare su prescripción, por haber estos cobros superados el plazo de tres años contados desde su devengo. En cuanto al derecho, transcribe e invoca los artículos, 2492, 2493,514, 2515 y 2521 inciso 1 del Código Civil. SEGUNDO: Que, la demandada contesta la demanda, señalando que de conformidad con los artículos, 2.521 y demás pertinentes del Código Civil, en relación con el artículo 309 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, acepta la demanda, respecto de los periodos comprendidos entre abril de 2001 a abril de 2013, ambas fechas inclusive, salvando los periodos no prescritos. Expone que en virtud de dichos antecedentes, viene en allanarse a la demanda, solicitando no ser condenado en costas. En el segundo otrosí de su presentación, deduce demanda reconvencional de cobro de pesos por derechos de aseo, no pagados y no prescritos, los que al día de su presentación ascienden a la suma de $ 80.626, correspondiente al inmueble ubicado en calle Nor Oriente N° 899, comuna de Lo Barnechea, por los periodos desde el 30 de abril de 2019, a la fecha de la presentación de la demanda. En cuanto al derecho invoca los artículos, 2515, 2521 del Código Civil; artículos 314 y siguientes de Código de Procedimiento Civil. TERCERO: Que, la demandante y demandada reconvencional contesta haciendo presente que se allana a la reconvención. CUARTO: Que, atendido el mérito de los allanamientos expuestos, necesario será en definitiva, acoger las demandas, -principal y reconvencional- deducidas, como se indicará en lo pertinente de esta sentencia. C-24628-2019 Fundamentos por los cuales, y visto además, lo dispuesto en los artículos 2492, 2514 y 2515 del Código Civil; 144, 160, 170 y 698 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
se declara: I.- Que, se acoge la demanda principal y se declara la prescripción de las acciones para el cobro de los derechos de aseo domiciliario comprendidos entre el 30 de abril de 2009 y hasta el 30 de abril de 2013, ambos inclusive, correspondiente al inmueble ubicado en calle Nor Oriente N° 899, Rol 040980006, comuna de Lo Barnechea, por la suma de $ 1.159.204.-, con sus reajustes e intereses, inclusive. II.- Que, se acoge la demanda reconvencional de cobro de pesos, por concepto de morosidad en el pago de derechos de aseo domiciliario, respecto del inmueble ubicado en calle Nor Oriente N° 899, Rol 040980006, comuna de Lo Barnechea, por los periodos comprendidos entre el 30 de abril de 2019 hasta la presentación de su demanda, equivalentes a $ 80.626.- III.- Que, cada parte pagará sus costas. Regístrese. Notifíquese y Archívense los autos en su oportunidad. PRONUNCIADA POR DOÑA MARÍA PAULA MERINO VERDUGO. JUEZ TITULAR. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, cuatro de Febrero de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 07 de abril de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez
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C-24628-2019 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-24628-2019 CARATULADO : GALLARDO/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA Santiago, cuatro de Febrero de dos mil veinte VISTOS: En estos autos Rol N° 24628-2019, comparece, doña MARÍA LASTENIA GALLARDO GALLARDO, pensionada, domiciliada en Nor Oriente N° 899, Lo Barnechea, e interpone demanda en juicio de
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