1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

GUTIÉRREZ/JIMÉNEZ

Rol

M-1169-2021

Fecha

15 de julio de 2021

Materia

Despido injustificado, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS NO CONTROVERTIDOS - · CONCILIACION (llamado) X · 1. TOTAL · 2. PARCIAL X · RECIBE LA CAUSA A PRUEBA X · OFRECE E INCORPORA PRUEBA X · 1. DEMANDANTE · A. DOCUMENTAL X · B. CONFESIONAL - · C.TESTIMONIAL - · D. OTROS MEDIOS DE PRUEBA - · OBSERVACIONES A LA PRUEBA X · SENTENCIA X Al escrito de la parte demandante de fecha 14 de julio de 2021: A todo: se tiene presente. Al escrito de la parte demandada solidaria Gasco S.A. de fecha 14 de julio de 2021: estese a lo que se resolverá respecto a la conciliación arribada. CONSTANCIA INCOMPARECENCIA Se deja constancia que el demandado principal Pablo César Jiménez Soto no comparece a la audiencia única, el que se tiene por rebelde para todos los efectos legales. CONCILIACIÓN PARCIAL Llamadas las partes a conciliación, se produce parcialmente en los siguientes términos: 1. La parte demandada solidaria Gasco S.A., con el sólo ánimo de poner término al presente juicio y sin reconocer los

Fundamentos

fundamentos de la demanda, ofrece pagar al demandante Sebastián Alejandro Gutiérrez Badilla la suma única y total de $50.000.- mediante depósito o transferencia electrónica a materializarse a más tardar el día 23 de julio de 2021 en la cuenta RUT del Banco Estado N° 18150874, cuyo titular es el demandante, cédula de identidad 18.150.874-4, correo electrónico de notificación enrique.pena.t@hotmail.com, debiendo la parte demandada dar cuenta del pago al Tribunal dentro de tercero día de materializada la transferencia o depósito. 2. La parte demandante acepta la suma ofrecida en los términos expuestos y la modalidad de pago. 3. Las parte demandante y demandada solidaria Gasco S.A., se otorgan el más amplio, completo, total y recíproco finiquito, señalando que nada se adeudan por ningún concepto, salvo las obligaciones contraídas en el presente acuerdo, renunciando recíprocamente a toda acción, ya sea civil, penal, administrativa, mercantil y/o laboral que pudiere derivar de los hechos materia del presente litigio. 4. La parte demandante se desiste de las acciones impetradas en contra de la misma demandada solidaria Gasco S.A., representada por Víctor Augusto Turpaud Fernández, desistimiento que es aceptado por esta y que el Tribunal tiene presente para todos los efectos legales. 5. Cada parte pagará sus costas. El Tribunal tiene por aprobada y ratificada la presente conciliación parcial otorgándosele el carácter de sentencia definitiva y ejecutoriada para todos los efectos legales, una vez cumplida la obligación de pago. Regístrese y archívese en su oportunidad. Se deja constancia que el juicio continúa contra el demandado principal Pablo César Jiménez Soto. RELACION DE LOS HECHOS. Consta íntegramente en audio. El Tribunal tiene por no contestada la demanda por el demandado principal. HECHOS CONTROVERTIDOS: 1. La existencia de relación laboral entre las partes, la fecha de inicio, las funciones o cargo que desempeñaba el trabajador para la prestación de servicios, la remuneración a la cual ascendía la misma, el lugar donde prestaba los servicios como la jornada laboral a la que estaba sujeto el trabajador. 2. En su caso, fecha de término de la relación laboral, efectividad de no existir ninguna causa legal por el empleador para el término del vínculo laboral, esto es, un despido verbal, sin carta y sin aviso previo. Antecedentes de dicho presupuesto fáctico. 3. Efectividad que al actor se le adeudan las prestaciones demandadas por remuneraciones, horas extras y vacaciones proporcionales. 4. Estado y pago de las cotizaciones previsionales y de seguridad social, esto es, si fueron pagadas durante la relación laboral. MEDIOS DE PRUEBA PARTE DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA (minuta folio 25): Documental: 1. Formulario reclamo Inspección del trabajo 2. Fotos trabajando en distribuidoras GASCO 3. Listado de trabajadores para salvoconducto 4. Salvoconductos. El Tribunal tiene por ofrecida e incorporada la prueba documental. Confesional: Debido a

Fallo

se declara: I. Que se acoge la demanda interpuesta por don Sebastián Alejandro Gutiérrez Badilla en contra del demandado persona natural Pablo César Jiménez Soto, ambos individualizados en los presentes autos, en consecuencia, se declara: a. Injustificado el despido que fue objeto el actor con fecha 10 de abril de 2021. b. Que el demandado deberá pagar la suma de $320.000.- por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. c. Que el demandado deberá pagar la suma de $320.000.- por concepto de indemnización por años de servicio, con un recargo del 50% conforme lo dispone el artículo 168 letra b del Código del Trabajo, en virtud de no existir causal o no haber invocado causal alguna por despido verbal, monto que es ascendente a la suma de $160.000.- como recargo legal por los años de servicio. d. Que el demandado deberá pagar por concepto de vacaciones proporcionales por 26,25 días la suma de $280.000.- al actor. e. Que el demandado deberá pagar por concepto de remuneración de 10 días trabajados el mes de abril de 2021 la suma de $150.000.- al actor. f. Asimismo, el demandado deberá pagar por concepto de horas extras acumuladas en razón de 3 horas semanales por 15 meses, ascendiendo en total a 180 horas extras pendientes, la suma de $337.500.- Que, por otra parte, la demandada deberá pagar las remuneraciones y demás prestaciones derivadas del contrato de trabajo entre la fecha del despido y la convalidación del mismo, sobre la base de remuneración de $320.000.-, ade

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO Monitorio (Audiencia remota por Zoom) FECHA 15/07/2021, Santiago RUC 21-4-0335839-5 RIT M-1169-2021 CARATULADO GUTIÉRREZ/JIMÉNEZ MAGISTRADO MAURICIO ALEJANDRO VIDAL CARO ADMINISTRATIVO DE ACTAS DANIELA ÁVILA PÉREZ HORA DE INICIO 10:28 HORA DE TERMINO 11:35 SALA Sala virtual 4 (2.1) Nº REGISTRO DE

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