MP C/ MIGUEL ANGEL CARRASCO FIERRO
Rol
O-1625-2022
Fecha
31 de mayo de 2022
Materia
ROBO CON INTIMIDACION.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 22 de febrero de 2022, a las 04.30 horas aproximadamente en circunstancias que la víctima de estos hechos de iniciales M.E.D.O, se encontraba en su lugar de trabajo ubicado en el local Punto Copec ubicado en la Ruta H-30 que se encuentra a un costado por Calle Cachapoal N° 2 de la comuna de Doñihue, al lugar llegó el imputado en este caso don Miguel Angel Carrasco Fierro, quien luego de preguntarle a la víctima si vendían cigarros se da la vuelta al lugar donde esta atiende y sustrae un revólver de sus vestimentas con una bala y le señala a la víctima que le iba a disparar, señalándole que le pasara todo obligado a la víctima, que le entregara el dinero de la caja y sustrae luego de ellos cigarros para luego huir del lugar. Las especies sustraídas corresponden a $90.000 en cigarros y $45.000 en dinero en efectivo, para luego huir del lugar de los hechos. Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: Artículo 11 N° 6 y 11 N°9 del Código Penal. Sentencia: Rancagua, treinta y uno de mayo de dos mil veintidós. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo previsto en los artículos 1, 11 N°6, 11 N°9 del Código Penal, artículos 24, 29, 436 inciso 1°, 432, 449, todos del Código Penal, 297, 340, 406 del Código Procesal Penal y artículo 15 y 15 bis de la Ley 18.216, artículo 5° de la Ley 19.970, se declara: I.- Que se CONDENA al acusado MIGUEL ANGEL CARRASCO FIERRO, C.I. N°20.661.311-4, A LA PENA DE CINCO AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, por su participación en el delito consumado y en calidad de autor ejecutor de Robo con Intimidación, infracción penal prevista en el artículo 436 inciso 1° en relación al artículo 432 del Código Penal, hecho ocurrido en Doñihue el día 22 de febrero del año 2022, en contra de la víctima de iniciales M.E.D.O.- II.- Que asimismo se le CONDENA, conforme previene el artículo 29 del Códig
Fallo
se declara: I.- Que se CONDENA al acusado MIGUEL ANGEL CARRASCO FIERRO, C.I. N°20.661.311-4, A LA PENA DE CINCO AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, por su participación en el delito consumado y en calidad de autor ejecutor de Robo con Intimidación, infracción penal prevista en el artículo 436 inciso 1° en relación al artículo 432 del Código Penal, hecho ocurrido en Doñihue el día 22 de febrero del año 2022, en contra de la víctima de iniciales M.E.D.O.- II.- Que asimismo se le CONDENA, conforme previene el artículo 29 del Código Penal, a la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y de HNFXZSSMXH Gianni Ricardo Libretti Peña Juez de garantía Fecha: 02/06/2022 15:35:48 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl file:///c:/jgrancagua@pjud.cl file:///c:/www.poderjudicial.cl Juzgado de Garantía de Rancagua Avda. Libertador Bernardo O´Higgins # 720 Fono: 72 220 77 00 jgrancagua@pjud.cl / www.poderjudicial.cl la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de su condena. III.- Que concurrien
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Juzgado de Garantía de Rancagua Avda. Libertador Bernardo O´Higgins # 720 Fono: 72 220 77 00 jgrancagua@pjud.cl / www.poderjudicial.cl Audiencia realizada por video conferencia ACTA DE AUDIENCIA treinta y uno de mayo de dos mil veintidós Ruc: 2200178415-7 Rit: 1625 - 2022 Hora Inicio: 11:45 Hora Término: 11:51 Juez: GIANNI RICARDO LIBRETTI PEÑA Tipo de Audiencia: Procedimiento abreviado Imputado:
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