EFRAIN DAGOBERTO LIENLAF HELE C/ EDUARDO ANDRÉS ESPINOZA ALBORNOZ
Rol
O-1140-2021
Fecha
30 de mayo de 2022
Materia
DESACATO (ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos investigados ha evitado la realización de un juicio oral y causado con ello una economía al erario fiscal. Regístrese, notifíquese y cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal y artículo 4° del Decreto Ley N° 645 sobre el Registro Nacional de Condenas. Archívese oportunamente. Los intervinientes renuncian a los plazos y recursos legales, por lo que se tiene por ejecutoriada la sentencia a contar de esta fecha, cúmplase y ofíciese. Quedan los intervinientes presentes notificados en forma personal de todo lo obrado en audiencia. XKZVZSHLFH Felipe Andres Munoz Hermosilla Juez de garantía Fecha: 02/06/2022 14:49:51 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Se fija como fecha de presentación ante el Centro de Reinserción Social Santiago Sur II, el día viernes 10 de junio de 2022, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. RIT N° 1140 - 2021 RUC N° 2100827456-5 Dictada por don FELIPE ANDRES MUÑOZ HERMOSILLA, Juez Titular del Juzgado de Letras y Garantía de Panguipulli. XKZVZSHLFH Felipe Andres Munoz Hermosilla Juez de garantía Fecha: 02/06/2022 14:49:51 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar d
Fundamentos
considerando: Que en esta causa RIT Nº 1140 - 2021, RUC Nº 2100827456-5, el Ministerio Público de Panguipulli presentó requerimiento en procedimiento simplificado en contra del requerido don EDUARDO ANDRÉS ESPINOZA ALBORNOZ, Cédula Nacional de Identidad N° 0019680044-1, domiciliado en Avenida Balmaceda N° 680, Block 72, Departamento 14, comuna de San Bernardo. PARTE CONSIDERATIVA: Consta en el registro de audio. PARTE RESOLUTIVA:
Fallo
Se declara: I.- Que se condena a don EDUARDO ANDRÉS ESPINOZA ALBORNOZ, Cédula Nacional de Identidad N° 0019680044-1, ya individualizado, como autor del delito consumado de Desacato, previsto y sancionado en el artículo 240 Inc. 2 del Código de Procedimiento Civil, hecho cometido en esta jurisdicción entre el mes de agosto de 2021 y el 10 de septiembre de 2021, a las siguientes penas: A) A la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE RECLUSIÓN MENOR EN SU GRADO MÍNIMO. II.- Que para el cumplimiento de la pena corporal impuesta se concede al sentenciado la PENA SUSTITUTIVA DE REMISIÓN CONDICIONAL POR EL LAPSO TOTAL DE UN AÑO, debiendo presentarse ante el Centro de Reinserción Social Santiago Sur II, dentro del quinto día siguiente al de la ejecutoria del presente fallo a fin de iniciar administrativamente XKZVZSHLFH Felipe Andres Munoz Hermosilla Juez de garantía Fecha: 02/06/2022 14:49:51 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl su cumplimiento, bajo apercibimiento de ordenarse su detención en caso de no presentación oportuna, debiendo cumplir las
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JUZGADO DE LETRAS, GARANTÍA Y FAMILIA Etchegaray Nº 823, Fono 63 2 311 335 P A N G U I P U L L I S E N T E N C I A Panguipulli, treinta de mayo de dos mil veintidós. Vistos, oídos los intervinientes y considerando: Que en esta causa RIT Nº 1140 - 2021, RUC Nº 2100827456-5, el Ministerio Público de Panguipulli presentó requerimiento en procedimiento simplificado en contra del requerido don EDUARDO
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