JORQUERA TRANSPORTE S.A./INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE LOS ÁNGELES
Rol
I-10-2021
Fecha
15 de julio de 2021
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que ante este Tribunal se llevó a efecto audiencia de juicio en procedimiento monitorio en los autos Rit N° I-10-2021, compareciendo don Javier Villamán Tares, abogado en representación de JORQUERA TRANSPORTE S.A., persona jurídica de derecho privado, representada por don Víctor Manuel Jorquera Poblete, factor de comercio, ambos domiciliados, en avenida Las Industrias número 7190 de esta ciudad, asistida legalmente por los abogados doña Karina Jara Pérez y don Javier Villamán Tares; la demandada INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE BIO BIO, representada por doña Ruth Infante Seguel, ambos con domicilio en calle Mendoza número 276 de esta comuna, asistida por el abogado don Patricio Pinilla Valencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don Javier Villamán Tares, en representación de Jorquera Transporte S.A., representada por don Víctor Manuel Jorquera Poblete, interpuso reclamo en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Bio Bio, representada por doña Ruth Infante Seguel, solicitando en definitiva se deje sin efecto la multa indicada en el libelo, ya sea porque no existe infracción o porque la Inspectora del Trabajo ha excedido sus atribuciones, en subsidio se rebaje a una Unidades Tributarias Mensuales o a la cantidad que el Tribunal determine de acuerdo al mérito del proceso, ya que de haber una presunta infracción la multa resulta excesiva. SEGUNDO: Que interpuesta la demanda referida, el Tribunal accedió a darle tramitación conforme a las normas del procedimiento monitorio, contempladas en los artículos 496 y siguientes del Código del Trabajo, pero estimó que no existían suficientes antecedentes para emitir un pronunciamiento de plano, razón por la que se procedió a fijar audiencia única de contestación, conciliación y prueba. TERCERO: Que la demandada al contestar el libelo deducido en su contra, solicita desde ya el rechazo de esa acción de reclamación en todas sus partes, con expresa condenación en costas. CUARTO: Que en estos autos se estableció como hecho indubitado que por resolución de multa número 8582/21/4 del 10 de febrero del año en curso la Inspección Provincial del Trabajo del Bio Bio impuso a la empresa reclamante Jorquera Transporte S.A. “No dar cumplimiento a los contratos de trabajo de los trabajadores señores don José Albornoz Uribe, don Claudio Ale Crisosto, don Felipe Becerra Beltrán, don Aníbal Castagnoli Aravena, don Jamarier Gatica Gatica, don Leonardo Pérez Sierra, don Richard Ramírez Vásquez, don Juan Ramos Burgos, don Mauricio Salgado Sanhueza y don Sebastián Seguel Carrasco, al modificar unilateral y discrecionalmente, habiéndose constatado que los trabajadores cumplen la función de conductor de vehículo de carga general, transporte de madera y productos forestales y que la empresa les ordenó en noviembre de 2020 trabajar con la aplicación Convector Despacho, desarrollando así labores administrativas no contempladas en su contrato de trabajo y que previo a esta instrucción estas tareas administrativas eran desarrolladas por personal administrativo contratado por la empresa mandante.” QUINTO: Que a fin de acreditar sus pretensiones la actora rindió la siguiente prueba: 1.- DOCUMENTAL: a) Resolución de multa número 8582/21/4 impuesta el 10 de febrero del año en curso por la Inspección Provincial del Trabajo de Bio Bio a la empresa reclamante. b) Contratos de trabajo de don José Albornoz Uribe, don Claudio Ale Crisosto, don Felipe Becerra Beltrán, don Aníbal Castagnoli Aravena, don Jamarier Gatica Gatica, don Leonardo Pérez Sierra, don Richard Ramírez Vásquez, don Juan Ramos Burgos, don Mauricio Salgado Sanhueza y don Sebastián Seguel Carrasco, como trabajadores, y Jorquera Transporte S.A., como empleadora. c
Fallo
se declara: I.- Que se acoge en todas sus partes la demanda deducida por don Javier Villamán Tares, en representación de Jorquera Transportes S.A., representada por don Víctor Manuel Jorquera Poblete, en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Bio Bio, representada por doña Ruth Infante Seguel, dejándose en consecuencia sin efecto en todas sus partes la resolución de multa número 8582/21/4 de 10 de febrero del año en curso. II.- Que no se condena en costas a la demandada por estimarse que ha tenido motivo plausible para litigar. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rit N° I-10-2021 Ruc N° 21-4-0323843-8 Téngase por notificados de esta sentencia a los litigantes atendido lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 457 del Código del Trabajo. DICTADA POR DON SERGIO YÁÑEZ ARELLANO. JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE LOS ÁNGELES.
Texto Completo (Preview)
Los Ángeles, quince de julio de dos mil veintiuno. VISTOS: Que ante este Tribunal se llevó a efecto audiencia de juicio en procedimiento monitorio en los autos Rit N° I-10-2021, compareciendo don Javier Villamán Tares, abogado en representación de JORQUERA TRANSPORTE S.A., persona jurídica de derecho privado, representada por don Víctor Manuel Jorquera Poblete, factor de comercio, ambos domi
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