MP C/ ALEXANDER HUMBERTO SALINAS CONTULIANO
Rol
O-216-2022
Fecha
31 de mayo de 2022
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El día de hoy, aproximadamente a las 00:25 horas, usted transitaba por la Ruta C-46 y a la altura del Km 22.-, en esa ocasión estaciono su vehículo P.P.U. N° KFJK54, marca Kia, modelo Morning, color rojo, al costado derecho de la calzada siendo fiscalizado en ese mismo momento por Carabineros, quienes se percataron que abrían piezas que le faltaban a su vehículo, aparentemente habría tenido un accidente de tránsito, al solicitarle descendiera, se percataron de su manifiesto estado de ebriedad por su rostro congestionado, incoherencia al hablar, inestabilidad al caminar, además al efectuarle un intoxilacer arrojo 2,19 GALS., razón por la cual se procedió a su detención y se trasladó al Hospital de la comuna de Huasco en donde ocurrió el hecho y se le tomo muestra de sangre para el examen de alcoholemia que analizada por el Servicio Médico Legal de Copiapó, arrojo como resultado que este condujo el vehículo referido con 2,66 GALS.” SE DECLARA CULPABLE: I. Que se condena a ALEXANDER HUMBERTO SALINAS CONTULIANO, ya individualizado, en calidad de AUTOR, los delitos de CONDUCCIÒN DE VEHÌCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD SIMPLE, grado de desarrollo CONSUMADO, a la pena de CUARENTA Y UN (41) DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, MULTA DE 1/3 UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, SUSPENSIÓN DE LA LICENCIA DE CONDUCIR POR EL PLAZO DE DOS (2) AÑOS Y PENAS ACCESORIAS DEL ART. 30 DEL CODIGO PENAL. II. Que se le da un plazo de veinte (20) días para hacer entrega de la licencia de conducir en el Tribunal para su custodia y empezar a cumplir el plazo de la suspensión de la misma. III. Que la multa, se dé por cumplida por el tiempo que paso detenido en esta causa. IV. Sustitutiva Remisión condicional de la pena, debiendo quedar sujeto la sentenciada al control administrativo y a la asistencia al Centro de Reinserción Social de Vallenar, por el plazo de UN AÑO, debiendo cumplir además durante el período de control, con las demás condiciones previstas en el artículo 4° de la Ley 18.
Fallo
SE DECLARA CULPABLE: I. Que se condena a ALEXANDER HUMBERTO SALINAS CONTULIANO, ya individualizado, en calidad de AUTOR, los delitos de CONDUCCIÒN DE VEHÌCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD SIMPLE, grado de desarrollo CONSUMADO, a la pena de CUARENTA Y UN (41) DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, MULTA DE 1/3 UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, SUSPENSIÓN DE LA LICENCIA DE CONDUCIR POR EL PLAZO DE DOS (2) AÑOS Y PENAS ACCESORIAS DEL ART. 30 DEL CODIGO PENAL. II. Que se le da un plazo de veinte (20) días para hacer entrega de la licencia de conducir en el Tribunal para su custodia y empezar a cumplir el plazo de la suspensión de la misma. III. Que la multa, se dé por cumplida por el tiempo que paso detenido en esta causa. IV. Sustitutiva Remisión condicional de la pena, debiendo quedar sujeto la sentenciada al control administrativo y a la asistencia al Centro de Reinserción Social de Vallenar, por el plazo de UN AÑO, debiendo cumplir además durante el período de control, con las demás condiciones previstas en el artículo 4° de la Ley 18.216. Para estos efectos, el sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Vallenar, a más tardar el día 06 de junio de 2022, a las 10:00 horas, bajo apercibimiento de despacharse inmediata orden de detención en su contra. Si la pena sustitutiva impuesta fuese revocada o quebrantada, el condenado, cumplirá íntegra y efectivamente la pena privativa de libertad impuesta o en su caso, se reemplazará por una pena sustitutiva de mayor
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Freirina, treinta y uno de mayo de dos mil veintidos TRIBUNAL: Juzgado de Letras y Garantía de Freirina. MAGISTRADO: INGRID ALEJANDRA CORTES ZEPEDA RUC: 2200302001-4 RIT: 216-2022 IMPUTADO(A): ALEXANDER HUMBERTO SALINAS CONTULIANO C.I. 0019693868-0 FECHA DE NAC. 22/03/1998.- DIRECCION Calle MAIPU Nº 255.- COMUNA: Huasco. DELITO CO
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