MINISTERIO PÚBLICO C/ VÍCTOR ALFONSO MONCADA GALLARDO
Rol
O-1171-2019
Fecha
25 de mayo de 2022
Materia
AMENAZASA CARABINEROS (ART. 417 CÓD. J.MILITAR)., CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES., CONDUC.SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 194 LEY DE TRANSITO., MALTRATO OBRA A CARABINEROS ART. 416 BIS CODIGO JUST.MILITAR, OCULTACION DE IDENT EN CONTROL INVEST ART 496 N05 ART 85 CPP, PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Fallo
Por estas consideraciones y tomando en cuenta lo que disponen los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7, artículos 11 N° 6 y 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 27, 28, 29, 30, 67, 68, 69, 70, 288 bis, 496 Nº 5 y demás pertinentes del Código Penal, artículo 406, 297 y demás pertinentes del Código Procesal Penal, artículo 110, 196, 194 y demás pertinente de la ley 18.290 de tránsito, artículo 416 Nº 4, 417 y demás pertinentes del Código de Justicia Militar, artículos 4ª y demás pertinentes de la ley 18.216, SE DECLARA: I. Que se condena a VÍCTOR ALFONSO MONCADA GALLARDO, cédula de identidad 16.201.615-6, domiciliado en Pasaje Sol Naciente Villa Luna s/n de la comuna de Yungay, en su calidad de autor y en grado de ejecución consumado, por el delito de conducción en estado de ebriedad del artìculo 110 y 196 de la ley de tránsito 18.290, a la pena de SESENTA (60) DIAS DE PRESIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, más la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena, a la suspensión de licencia de conducir vehículos motorizados por el término de DOS (2) años y a una multa de UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por el delito cometido el día 08 de septiembre del año 2019, en la comuna de Yungay de esta jurisdicción. II. Que se condena a VÍCTOR ALFONSO MONCADA GALLARDO, cédula de identidad 16.201.615-6, domiciliado en Pasaje Sol Naciente Villa Luna s/n de la comuna de Yungay, en su calidad de autor y en grado de ejecución consumado, por el delito de conducción sin lic
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SENTENCIA: Yungay, veinticinco de mayo de dos mil veintidós. Vistos, Oído y Considerando. Resolutiva: Por estas consideraciones y tomando en cuenta lo que disponen los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7, artículos 11 N° 6 y 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 27, 28, 29, 30, 67, 68, 69, 70, 288 bis, 496 Nº 5 y demás pertinentes del Código Penal, artículo 406, 297 y demás pertinentes del Código Procesal Penal, artí
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