1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

MORENO/SUPERMERCADOS MONTSERRAT S.A.C

Rol

O-7883-2020

Fecha

14 de julio de 2021

Materia

Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado legal, Indemnización por años de servicios, Nulidad del despido, Prestaciones

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO (Audiencia Remota) FECHA Santiago, 14 de julio de 2021 RUC 20-4-0312277-8 RIT O-7883-2020 CARATULADO MORENO / SUPERMERCADOS MONTSERRAT S.A.C MAGISTRADO MAURICIO IVAN PONTINO CORTES ADMINISTRATIVO DE ACTAS CLAUDIO SEPÚLVEDA PINO HORA DE INICIO 11:36 HORA DE TERMINO 12:00 SALA VIRTUAL 5 ZOOM (4.2) Nº REGISTRO DE AUDIO 2040312277-8-1348 PARTE DEMANDANTE JUAN JERSON MORENO ORTIZ Rut N° 21.672.166-7 ABOGADO DEMANDANTE MARIANO HERNANDEZ GARCIA Rut N° 17.310.882-6 FORMA DE NOTIFICACION CONSTA EN AUTOS PARTE DEMANDADA (NO COMPARECE) SUPERMERCADOS MONTSERRAT S.A.C Rut N° 93.307.000-K ACTUACIONES EFECTUADAS: X · INCORPORA PRUEBA X · 1. DEMANDANTE X · A. DOCUMENTAL X · B. CONFESIONAL X · C.TESTIMONIAL · D. OTROS MEDIOS DE PRUEBA · 1. DEMANDADA · A. DOCUMENTAL · B. CONFESIONAL · C.TESTIMONIAL · D. OTROS MEDIOS DE PRUEBA · OBSERVACIONES A LA PRUEBA X · DICTACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA X INCOMPARECENCIA. El tribunal deja constancia que la demandada no ha comparecido a la presente audiencia, encontrándose válidamente notificada. Al escrito “delega “poder el tribunal provee: Téngase presente. MEDIOS DE PRUEBA: PARTE DEMANDANTE INCORPORA: Documental: 1. Voucher correo de fecha 16-12-2020. 2. Carta conductora de despido indirecto, de 16-12-2020, timbrada por la ICT Sur Oriente Santiago, con fecha 17-12-2020. 3. Carta de despido indirecto, de fecha 16-12-2020, timbrada por la ICT Sur Oriente Santiago, con fecha 17-12-2020. El tribunal tiene por incorporada la prueba documental. Confesional: Atendida la incomparecencia de la demandada, la parte demandante solicita hacer efectivo el apercibimiento legal. El tribunal resuelve. Déjese su resolución para definitiva. Testimonial: Se desiste. Otros medios de prueba: Oficios: Se desiste. Exhibición de documentos: Se desiste. PARTE DEMANDADA NO INCORPORA PRUEBA, ATENDIDA SU

Fundamentos

CONSIDERANDO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Demanda. Que comparece don JUAN JERSON MORENO ORTIZ, Rut 21.672.166-7, empleado, debidamente representado por el abogado Matías Horacio Novoa Carbone, Rut 16.097.411-7, ambos domiciliados en Morande N° 835, Oficina 1215, Santiago, quien interpone demanda en procedimiento de aplicación general por despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales en contra de su ex empleadora SUPERMERCADOS MONTSERRAT S.A.C. Rut 93.307.000-K, representada legalmente por Andrés Bada Gracia, Rut 7.033.690-1, ambos domiciliados en Avenida Frei Montalva N° 4475, comuna de Conchalí, sobre la base de los siguientes antecedentes:

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 7, 8, 9, 58, 63, 160 N° 7, 162, 169, 171, 172, 173, 425, 427, 428, 454 N° 3, 458, 459 y 462 del Código del Trabajo, SE DECLARA: I.- Que SE ACOGE la demanda por despido indirecto, aplicación de la sanción del artículo 162 en sus incisos 5° y 7° del Código del Trabajo y cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales, interpuesta por don JUAN JERSON MORENO ORTIZ, Rut 21.672.166-7, en contra de su ex empleadora SUPERMERCADOS MONTSERRAT S.A.C. Rut 93.307.000-K, y en consecuencia se declara que el autodespido o despido indirecto por medio del cual el actor puso término a la relación laboral ha sido ajustado a derecho. II.- Que SE CONDENA a la demandada SUPERMERCADOS MONTSERRAT S.A.C. Rut 93.307.000-K al pago de las siguientes prestaciones e indemnizaciones: 1) $ 400.000.- por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. 2) $ 1.200.000.- por concepto de indemnización por años de servicios. 3) $ 600.000.- por concepto de recargo de un 50% conforme lo dispuesto en el artículo 171 del Código del Trabajo. 4) $559.999.- por concepto de feriado legal anual período comprendido entre el 01.02.2018 al 01.02.2020. 5) $213.333.- por concepto de feriado proporcional de periodo comprendido entre el 01.02.2020 al 16.12.2020. 6) $613.333.- por concepto de remuneraciones pendientes del mes de noviembre y diciembre de 2020. 7) Las cotizaciones previsionales en AFP PLAN VITAL, de salud en FONASA y las correspondientes a

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO (Audiencia Remota) FECHA Santiago, 14 de julio de 2021 RUC 20-4-0312277-8 RIT O-7883-2020 CARATULADO MORENO / SUPERMERCADOS MONTSERRAT S.A.C MAGISTRADO MAURICIO IVAN PONTINO CORTES ADMINISTRATIVO DE ACTAS CLAUDIO SEPÚLVEDA PINO HORA DE INICIO 11:36 HORA DE TERMINO 12:00 SALA VIRTUAL 5

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica