2º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

ANTOFAGASTA MINERALS S.A/

Rol

V-632-2019

Fecha

3 de febrero de 2020

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don Juan Esteban Poblete Newman, chileno, casado, abogado, en representación según se acredita de Antofagasta Minerals S.A., sociedad chilena del giro de su denominación, ambos con domicilio en Avenida Apoquindo N° 4001, Piso 18, Comuna de Las Condes, Santiago, con fecha tres de octubre de 2019, a las 11:08:50 horas, formuló el pedimento de la concesión de exploración denominada “ALESANDRA C 21”. SEGUNDO: Que, con fecha catorce de octubre del año 2019, el pedimento fue inscrito a fojas 4925 bajo el N° 2836, del año 2019, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Antofagasta. TERCERO: Que, con fecha veintiocho de octubre del año 2019, se publicó la inscripción del pedimento en el Boletín Oficial de Minería, del Diario Oficial de la República de Chile. CUARTO: Que, el informe del Servicio Nacional de Geología y Minería Nº 562 de fecha veinticuatro de enero del año 2020, señala que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y el plano están conformes con las disposiciones legales. QUINTO: Que, las coordenadas U. T. M. de cada uno de los vértices del perímetro de la concesión de exploración y su punto medio son: 1 VÉRTICE NORTE (metros) ESTE (metros) P.M. 7.292.500,00 462.500,00 V-1 7.294.000,00 462.000,00 V-2 7.294.000,00 463.000,00 V-3 7.291.000,00 463.000,00 V-4 7.291.000,00 462.000,00 SEXTO: Que, teniendo presente lo dispuesto en el artículo 57 del Código de Minería, por haberse cumplido todos los requisitos legales y no existiendo impedimentos técnicos;

Fallo

SE RESUELVE: Que se aprueba el plano y queda constituida la concesión de exploración denominada "ALESANDRA C 21” con una superficie de 300 hectáreas, en favor de ANTOFAGASTA MINERALS S.A., representada por don Juan Esteban Poblete Newman, ambos ya individualizados. Extráctese la presente sentencia constitutiva como lo estipula el artículo 90 del Código de Minería y publíquese, inscríbase y archívese de conformidad a la Ley. Remítase copia de esta sentencia y plano original al Servicio Nacional de Geología y Minería. Archívese copia del plano en el respectivo Conservador de Minas. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad ARCHIVESE. ROL V-632-2019 Dictada por doña ELIZABETH VERÓNICA ARAYA JULIO, Juez Titular. Antofagasta, a tres de febrero del año dos mil veinte, notifiqué por el estado diario la sentencia que antecede. 2 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-02-03T13:45:37-0300

Texto Completo (Preview)

SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS ANTOFAGASTA ROL : V-632-2019 MATERIA : PEDIMENTO MINERO “ALESANDRA C 21” CÓDIGO : P02 SOLICITANTE : ANTOFAGASTA MINERALS S.A. FECHA INICIO : 03.10.2019 Antofagasta, a tres de febrero del año dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don Juan Esteban Poblete Newman, chileno, casado, abogado, en representación según se acredita de Antofagasta Minerals

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