Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo

ZAMORANO/CONSTRUCCIONES Y MONTAJES CYM LIMITADA

Rol

M-63-2021

Fecha

14 de julio de 2021

Materia

Despido indirecto, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos señalados en la demanda, atendida la rebeldía de ambas demandadas válidamente notificadas, solicita se acoja la demanda en todas sus partes con expresa condenación en costas, y en especial la solidaridad de la SOCIEDAD EDUCACIONAL MANQUECURA ÑUÑOA LIMITADA. Tribunal resuelve: como se pide, se acoge la petición. SENTENCIA (solo parte resolutiva) San Bernardo, catorce de julio de dos mil veintiuno. VISTO Y OÍDO: Que, se ha presentado ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo don HECTOR DANIEL ZAMORANO ALARCON, cédula nacional de identidad N° 15.510.870-3, trabajador, cesante, domiciliado para estos efectos en Urmeneta 488-B San Bernardo; y entabla demanda - en procedimiento monitorio - por nulidad del despido; despido injustificado, indebido, improcedente o carente de causal legal; cobro de prestaciones e indemnizaciones legales, en contra de CONSTRUCCIONES Y MONTAJES CYM LIMITADA, RUT N° 77.022.943-K, del giro de su denominación, representada legalmente por don ARIEL ZAMORANO INSOTROZA, ignora profesión un oficio, ambos domiciliados en camino El Barrancón N° 2280, San Bernardo; y solidaria y/o subsidiariamente, conforme lo dispone el artículo 183-B del Código del Trabajo, en contra de la empresa mandante; contratista o subcontratista SOCIEDAD EDUCACIONAL MANQUECURA ÑUÑOA LIMITADA, RUT N°76.760.480-7, persona jurídica del giro educacional, representada por don VÍCTOR MANUEL BARAHONA KUNSTMANN, cédula de identidad número 8.335.395-3, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Irarrázaval N°5310, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana de Santiago. ANTECEDENTES DE LA DEMANDA: Señala que ingresó a prestar servicios para la demandada como Maestro Soldador con fecha 4 de mayo de 2020, bajo vínculo de subordinación y dependencia, junto a una ayudante de nombre Katherine del Pilar Barrientos Aguilera, con quien trabajó en obras pertenecientes a la solidaria, en labores de construcción y reparaciones metalmecánicas, en el domicilio de la demandada

Fallo

se declara frustrado. Petición demandante. Atendido que se trata de una audiencia única de conciliación, contestación y prueba y no habiéndose contestado la demandada solicita tener por tácitamente admitidos los hechos señalados en la demanda, atendida la rebeldía de ambas demandadas válidamente notificadas, solicita se acoja la demanda en todas sus partes con expresa condenación en costas, y en especial la solidaridad de la SOCIEDAD EDUCACIONAL MANQUECURA ÑUÑOA LIMITADA. Tribunal resuelve: como se pide, se acoge la petición. SENTENCIA (solo parte resolutiva) San Bernardo, catorce de julio de dos mil veintiuno. VISTO Y OÍDO: Que, se ha presentado ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo don HECTOR DANIEL ZAMORANO ALARCON, cédula nacional de identidad N° 15.510.870-3, trabajador, cesante, domiciliado para estos efectos en Urmeneta 488-B San Bernardo; y entabla demanda - en procedimiento monitorio - por nulidad del despido; despido injustificado, indebido, improcedente o carente de causal legal; cobro de prestaciones e indemnizaciones legales, en contra de CONSTRUCCIONES Y MONTAJES CYM LIMITADA, RUT N° 77.022.943-K, del giro de su denominación, representada legalmente por don ARIEL ZAMORANO INSOTROZA, ignora profesión un oficio, ambos domiciliados en camino El Barrancón N° 2280, San Bernardo; y solidaria y/o subsidiariamente, conforme lo dispone el artículo 183-B del Código del Trabajo, en contra de la empresa mandante; contratista o subcontratista SOCIEDAD E

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA UNICA EN PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA Catorce de julio de dos mil veintiuno RUC 21-4-0328440-5 RIT M-63-2021 MAGISTRADO ARTURO BRICEÑO RIVERA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Claudio Améstica Rivera HORA DE INICIO 08.38 HORA DE TERMINO 09.01 Nº REGISTRO DE AUDIO 2140328440-5-1352 SALA 3 / POR CONEXIÓN REMOTA VÍA ZOOM DEMANDANTE HECTOR DANIEL ZAMORANO ALARCON RUTN N°15

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