C/ ORLINDA DEL CARMEN ALARCÓN TIRADO
Rol
O-178-2021
Fecha
30 de mayo de 2022
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos materia de la acusación y consignados en el auto de apertura del juicio oral, son los siguientes: “El 01 de junio de 2021, alrededor de las 11:00 horas, en las inmediaciones de calle Vergara esquina calle Maipú, Coquimbo, la acusada ORLINDA DEL CARMEN ALARCÓN TIRADO procedió a vender a doña Nathaly Vanessa Farías Munita, 01 envoltorio con 200 miligramos brutos de pasta base de cocaína en la suma de $1.000.- situación que fue advertida por personal de OS 7 de Carabineros, quien procedió a fiscalizar a la acusada Alarcón Tirado, quien poseía y guardaba a fin de traficar, la cantidad de 45 envoltorios contendores de 9 gramos 200 miligramos brutos de pasta base de cocaína y la suma de $84.100, producto de la venta ilícita de droga.” Para el Ministerio Público, los hechos antes descritos configuran un delito consumado de Tráfico Ilícito de Pequeñas Cantidades de Drogas; previsto y sancionado en el artículo 4 de la Ley Nº20.000, en el cual atribuye a la acusada participación en calidad de autora. Sobre la base de que en la especie concurre en perjuicio de la acusada la circunstancia modificatoria de responsabilidad penal del artículo 12 N°16, esto es, haber sido condenada anteriormente por delito de la misma especie, el persecutor solicitó que fuera condenada a la pena de 4 años de presidio menor en su grado medio y multa de 20 UTM, como autora del delito previsto en el artículo 4 de la Ley Nº20.000, además de la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de su condena en conformidad a lo dispuesto en el artículo 29 del Código Penal y las costas del juicio según lo prescrito en el artículo 45 y siguientes del Código Procesal Penal, además del comiso del dinero incautado correspondiente a $84.100 pesos, proveniente de la venta ilícita de la droga. TERCERO. Que, en su alegato de apertura, el Fiscal sostuvo su acusación, y señaló que con la prueba que rendirá en
Fallo
Por estas consideraciones, y de acuerdo además con los artículos 1°, 45, 48, 295, 297, 340 y 342 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, se ABSUELVE a la acusada ORLINDA DEL CARMEN ALARCON TIRADO, ya individualizada, de los cargos formulados en su contra por el Ministerio Público, que la suponían autora de un delito de tráfico ilícito de droga en pequeñas cantidades, presuntamente ocurrido el día 1 de junio de 2021 en la comuna de Coquimbo. II.- Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48 del Código Procesal Penal, se condena en costas al Ministerio Público. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Redactada por el Juez Carlos A. Manque Tapia. RUC N°2.100.526.986-2 RIT N°178-2021. DICTADA POR LOS JUECES DEL TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE LA CIUDAD DE LA SERENA, JUAN CARLOS ESPINOSA ROJAS, LUIS CASAS LÓPEZ, SUBROGANDO LEGALMENTE, Y CARLOS ANDRÉS MANQUE TAPIA. No obstante haber concurrido a la decisión, no firma el magistrado Casas por haber concluido su cometido como subrogante en este tribunal. TMXSZQLTFQ Carlos Andres Manque Tapia Juez oral en lo penal Fecha: 30/05/2022 15:07:22 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O
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P á g i n a | 1 C/ Alarcón Tirado, Orlinda del Carmen. Tráfico de drogas RUC Nº2.100.526.986-2 RIT Nº178-2021 La Serena, treinta de mayo de dos mil veintidós. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO. PRIMERO. Que, el día veintitrés de mayo de dos mil veintidós, ante la Tercera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena, constituida por los jueces Juan Carlos Espinosa Rojas, quien presidió l
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