C/ JULIÁN MAURICIO VILCHES ÓRDENES
Rol
O-29-2022
Fecha
30 de mayo de 2022
Materia
LESIONES GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos descritos es constitutivo del delito de Lesiones Graves, previsto y sancionado en los artículos 397 N° 2 del Código Penal. Delito que se encuentra en grado de consumado; respecto del cual al acusado le cabe participación en calidad de autor material y directo, de acuerdo con el artículo 15 N° 1 del Código Penal. A juicio del Ministerio Público, respecto de circunstancias modificatorias de responsabilidad criminal: atenuantes, no concurren, sí agravantes de los artículos 12 N° 16 y 12 N°18 del Código Penal. El Ministerio Público requiere se imponga al acusado la pena de 5 años de presidio menor en su grado máximo, más la accesoria del artículo 29 del Código Penal. TERCERO: Que, el señor Fiscal en su alegato de apertura indica que con la prueba de cargo, acreditará más allá de toda razonable, que los hechos ocurrieron el día 10 de marzo de 2021, el imputado Julián Vilches Órdenes había llamado previamente a la víctima avisándole que iba a llegar al lugar a buscar unas cosas, y que cuando llega el domicilio de la víctima se produce una discusión sentimental o por otros motivos, provoca que el imputado se enoje y derechamente proceda agredir a doña Francisca en su rostro provocando una fractura nasal, lesión debidamente diagnosticada por el médico turno, tenía el carácter de graves. Depondrá la víctima, funcionarios policiales, funcionario que tomó la denuncia que se despachó la orden de investigar, mantendrá la coherencia VTBXZQKRYX Lorena Fresia Rojo Venegas Juez oral en lo penal Fecha: 30/05/2022 13:39:07 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación con
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante esta Segunda Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó, integrado por los jueces titulares don Juan Pablo Palacios Garrido, como presidente, don Marcelo Martínez Venegas y por doña Lorena Rojo Venegas, como redactor, con fecha diecinueve y veinte de mayo del presente año, se llevó a efecto mediante la modalidad virtual ZOOM la audiencia relativa a la causa Rol Interno del Tribunal (Rit) 29-2022, seguida en contra del señor Julián Mauricio Vilches Órdenes, cédula nacional de identidad Nº 18.138.544-8, nacido el día 24 de junio del año 1992, natural de Copiapó, ciudadano chileno, soltero, mecánico, con domicilio en calle Leónidas Pérez 4107, Copiapó, representado por el Defensor Penal Público Licitado señor Juan Pablo Castro Cortés con domicilio y forma de notificación ya registrado en este Tribunal. El Ministerio Público estuvo representado por el Fiscal Adjunto señor Marcelo Torres Rossel, con domicilio y forma de notificación ya registrado en este Tribunal. SEGUNDO: Que, el señor representante del Ministerio Público de la ciudad de Copiapó dedujo acusación en contra del acusado, ya individualizado, fundado en el siguiente hecho: "El día 10 de marzo de 2021, aproximadamente a las 23:50 horas, el acusado JULIAN MAURICIO VILCHES ORDENES, concurrió e ingresó al domicilio de VTBXZQKRYX Lorena Fresia Rojo Venegas Juez oral en lo penal Fecha: 30/05/2022 13:39:07 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2 su polola, doña FRANCISCA JAVIERA HERRERA PINO, de 19 años, ubicado calle Almirante Riveros N° 1962, Población Ampliación Prat, en la ciudad de Copiapó; en dicho lugar el acusado se ofuscó y sostuvo una discusión con la víctima HERRERA PINO, a quien, a sabiendas de su condición de mujer y de polola, menospreciando esas calidades, agredió con un golpe de puño en el rostro, a raíz de lo cual ésta resultó con una fractura nasal, clínicamente de carácter grave; que le ocasionó enfermedad por más de 30 días" A juicio del Ministerio Público, los hechos descritos es constitutivo del delito de Lesiones Graves, previsto y sancionado en los artículos 397 N° 2 del Código Penal. Delito que se encuentra en grado de consumado; respecto del cual al acusado le cabe participación en calidad de autor material y directo, de acuerdo con el artículo 15 N° 1 del Código Penal. A juicio del Ministerio Público, respecto de circunstancias modificatorias de responsabilidad criminal: atenuantes, no concurren, sí agravantes de los artículos 12 N° 16 y 12 N°18 del Código Penal. El Ministeri
Fallo
por tanto los afirma. Esta afinación aparece ante un espíritu humano, como conforme a la verdad, y la certeza que allí surge, como cualquier otra certeza, no es más que la conciencia de la verdad”. Que, el artículo 340 del Código Procesal Penal, señala que nadie puede ser condenado sino cuando el Tribunal que lo juzgue adquiriere, más allá de toda duda razonable, la convicción de que realmente se hubiere cometido el hecho punible objeto de la acusación y que en él le hubiere correspondido al acusado una participación culpable y penada por la ley. El Tribunal formará su convicción sobre la base de la prueba rendida. Que, bien lo precisan los profesores Andrés Baytelman y Juan Enrique Vargas, cuando señalan que “el estándar de prueba para condenar penalmente a alguien debe ser el más alto dentro del sistema judicial, pues la intervención penal es el ejercicio más intenso y dramático del poder estatal. Un alto VTBXZQKRYX Lorena Fresia Rojo Venegas Juez oral en lo penal Fecha: 30/05/2022 13:39:07 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl
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1 RESUMEN RIT : 29/2022. RUC : 2100231757-2 MATERIA : Lesiones graves. IMPUTADO : Julián Mauricio Vilches Órdenes. FISCAL : Marcelo Torres Rossel. DEFENSOR : Juan Pablo Castro Cortés. RESOLUCIÓN : Sentencia Definitiva Condenatoria. Copiapó, a treinta de mayo de dos mil veintidós. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante esta Segunda Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copi
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