Juzgado de Garantía de Puente Alto

HÉCTOR FABIÁN MUÑOZ TORRES C/ ERICK ALFONSO LOBOS CONTRERAS

Rol

O-3613-2022

Fecha

19 de mayo de 2022

Materia

LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: A.- Que, el Ministerio Público de Puente Alto ha presentado requerimiento contra ERICK ALFONSO LOBOS CONTRERAS, Cédula de Identidad Nº18276601-1, domiciliado en Calle IRARRAZAVAL Nº0991, comuna de Puente Alto, por la responsabilidad que le cabe en calidad de autor de la falta de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 494 N°5 del Código Penal, por los hechos acontecidos con fecha 22 de febrero de 2022. En atención a lo anterior el Ministerio Público propone se le imponga una multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, sin perjuicio de las costas de la causa. B.- Que, el requerimiento se encuentra suficientemente fundado, al igual que el monto de la multa propuesta, y, por concurrir antecedentes favorables que no hacen aconsejable la imposición de la pena, dado que la requerida goza de una irreprochable conducta anterior, se le otorgará el beneficio establecido para las faltas, conforme a la facultad que le confiere al tribunal el artículo 398 del Código Procesal Penal y, en consecuencia, se dispondrá la suspensión de la misma y de sus efectos por un plazo de seis meses, para el evento que esta resolución adquiera el carácter de sentencia; por lo que teniendo presente, además, lo dispuesto en los artículos 1º, 15, 21, 50 Y 494 N°5 del Código Penal, y artículos 47, 391 y 392 del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que, SE ACOGE el requerimiento monitorio del Ministerio Público presentado contra ERICK ALFONSO LOBOS CONTRERAS. II.- Que, SE CONDENA a ERICK ALFONSO LOBOS CONTRERAS, Cédula de Identidad N°18276601-1, ya individualizado, como autor de la falta de LESIONES LEVES, al pago de la suma única de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por concepto de multa, sin costas atendido lo exiguo de la multa impuesta y naturaleza del procedimiento aplicable en la especie. Si la multa es pagada dentro del plazo de 15 días contados desde la notificación de esta sentencia al imputado ella será rebajada en un 25%. EWZHZQCNVN ROXANA JACQUELINE VENEGAS DIAZ Juez de

Fallo

SE DECLARA: I.- Que, SE ACOGE el requerimiento monitorio del Ministerio Público presentado contra ERICK ALFONSO LOBOS CONTRERAS. II.- Que, SE CONDENA a ERICK ALFONSO LOBOS CONTRERAS, Cédula de Identidad N°18276601-1, ya individualizado, como autor de la falta de LESIONES LEVES, al pago de la suma única de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por concepto de multa, sin costas atendido lo exiguo de la multa impuesta y naturaleza del procedimiento aplicable en la especie. Si la multa es pagada dentro del plazo de 15 días contados desde la notificación de esta sentencia al imputado ella será rebajada en un 25%. EWZHZQCNVN ROXANA JACQUELINE VENEGAS DIAZ Juez de garantía Fecha: 30/05/2022 12:43:10 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl III.- Si el requerido no pagase la multa impuesta, sufrirá por vía de sustitución la pena de reclusión regulándose un día por cada tercio de unidad tributaria mensual. iV.- Instrúyase al imputado en el acto de su notificación que le asisten los siguientes derechos: 1.- Aceptar el requerimiento y la multa impue

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Puente Alto, diecinueve de mayo de dos mil veintidós A lo principal: Vistos: A.- Que, el Ministerio Público de Puente Alto ha presentado requerimiento contra ERICK ALFONSO LOBOS CONTRERAS, Cédula de Identidad Nº18276601-1, domiciliado en Calle IRARRAZAVAL Nº0991, comuna de Puente Alto, por la responsabilidad que le cabe en calidad de autor de la falta de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el

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