MINISTERIO PUBLICO ANTOFAGASTA C/ GERALD ANTHONY ITER ROBLES
Rol
O-99-2022
Fecha
28 de mayo de 2022
Materia
PORTE DE ARMA PROHIBIDA (ART. 14 INC. 1°), ROBO CON INTIMIDACION.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Antecedentes. Con fecha diecinueve del presente mes y año, por video conferencia en la plataforma Zoom, se realizó el juicio oral en causa RIT 99-2022 y RUC 2000322313-3, ante la sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, integrada por el juez presidente Paul Contreras Saavedra (Destinado) y las magistradas Paula Ortiz Saavedra y María Isabel Rojas Medar, asistieron el Fiscal Christian Aguilar Aranela, el imputado GERALD ANTHONY ITER ROBLES, chileno, cédula de identidad 20.543.444-5, con domicilio en calle Ingeniero Mutilla 1523, Población René Schneider de esta ciudad, soltero, 21 años, nacido en Antofagasta el 13 de noviembre de 2000, estudiante, representado por el Defensor Penal Público Roberto Vega Taucare. SEGUNDO: Acusación. Los hechos contenidos en la acusación, según se lee del auto de apertura de juicio oral de fecha 24 de marzo de 2022, son los siguientes: Maria Isabel Laura Rojas Medar Juez Redactor Fecha: 30/05/2022 21:25:28 GDXJZQNHXW Paul Andrés Contreras Saavedra Juez Presidente Fecha: 31/05/2022 08:10:25 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2 “Que, el día 7 de noviembre de 2020, alrededor de las 22.50 horas, en el interior de una cancha ubicada en la intersección de calles Fresia e Independencia de esta ciudad, el imputado GERALD ITER ROBLES premunido con un arma de fuego tipo pistola marca BERSA, calibre .40, con su número de serie eliminado, y con la intención de sustraer especies, abordó a las víctimas S.I.Z.D., L.A.C.P. y S.J.R.R. que se encontraban compartiendo en
Fundamentos
fundamentos y se expondrán en el desarrollo de la sentencia. Por su parte, la Defensa, en síntesis, en su alegato de apertura, instó por la absolución de su representado. Señaló que como se había sostenido en el desarrollo de la investigación, su representado tenía una versión alternativa de lo ocurrido aquel día, señaló que estaba en ese lugar compartiendo con terceras personas, fue abordado por quienes dicen ser víctimas y se Maria Isabel Laura Rojas Medar Juez Redactor Fecha: 30/05/2022 21:25:28 GDXJZQNHXW Paul Andrés Contreras Saavedra Juez Presidente Fecha: 31/05/2022 08:10:25 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 4 produce una reyerta, el disparo de un arma e incluso un intento de ser él la víctima de un delito determinado, producto de la sustracción de ciertas especies fue despojado de sus ropas, incluso funcionarios policiales fueron al domicilio de su tía a buscarle ropas porque había sido despojado de ellas
Fallo
por estas supuestas víctimas, señaló que con la prueba que se rendirá no se podrán acreditar los supuestos para establecer la existencia de los delitos y la participación del imputado por lo que el tribunal deberá dictar sentencia absolutoria de los cargos que se le imputan. En sus alegatos de clausura el Defensor mantuvo sus peticiones iniciales a las cuales nos referiremos con mayor detalle en el desarrollo de la sentencia, y en especial en el considerando décimo. Ante el llamado a debatir sobre una eventual recalificación por el delito de porte de arma de fuego prohibida, el Fiscal señaló que calzaba desde el punto de vista típico, de forma más correcta con los hechos, pidiendo que se le condene por dicha figura, ya que el arma que portaba el imputado como lo indicó el perito tenía su número de serie borrado. El Defensor indicó que, al ser un arma prohibida, al haberse borrado la inscripción, lo que fue manifestado por el perito, no tendría nada que indicar sobre ese punto. CUARTO: Acusado. El imputado Gerald Anthony Iter Robles renunció a su derecho de guardar silencio y prestó declaración Maria Isabel Laura Rojas Medar Juez Redactor Fecha: 30/05/2022 21:25:28 GDXJZQNHXW Paul Andrés Contreras Saavedra Juez Presidente Fecha: 31/05/2022 08:10:25 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno estableci
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1 RIT N°: 99-2022 RUC N°: 2000322313-3 DELITOS: ROBO COM INTIMIDACIÓN – PORTE DE ARMA DE FUEGO PROHIBIDA Y PORTE ILEGAL DE MUNICIONES IMPUTADO: GERALD ANTHONY ITER ROBLES DEFENSOR: ROBERTO VEGA TAUCARE FISCAL: CHRISTIAN AGUILAR ARANELA Antofagasta, veintiocho de mayo del dos mil veintidós. VISTOS: PRIMERO: Antecedentes. Con fecha diecinueve del presente mes y año, por video conferencia en la plat
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