Juzgado de Garantía de San Javier.

M.P. C/ ANYELA DEL CARMEN DURÁN VIVANCO

Rol

O-711-2021

Fecha

26 de mayo de 2022

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos materia de la acusación, renunciando a su derecho de ir a un juicio oral. Sentencia. RUC RIT Ámbito afectado Detalle del Hito Valor 2100411749-K 711-2021 CAUSA.: R.U.C=2100411749-K R.U.I.=711-2021 Fecha de deliberación 26-05-2022 Juez redactor JOHN LANDERO SALGADO RELACIONES.: DURÁN VIVANCO ANYELA DEL CARMEN / Trafico de pequeñas cantidades (art. 4). Resultado Condenada. RELACIONES.: DURÁN VIVANCO ANYELA DEL CARMEN / Trafico de pequeñas cantidades (art. 4). Procedimiento Abreviado. San Javier, veintiséis de mayo de dos mil veintidós Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la parte resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y lo previsto en los artículos 1, 7, 11 N°6, 11 N°9,14, 15 N°1, 30, 67, 70 del Código Penal; artículo 1 y 4° de la ley 20.000; artículo 406 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 8° de la ley 18.216; SE DECLARA: I.- Que, SE CONDENA a ANYELA DEL CARMEN DURÁN VIVANCO, ya individualizada, cédula de identidad N°19788866-0; por los hechos ocurridos dentro del territorio jurisdiccional de este Tribunal el día 26 de abril de 2021; como autora del delito consumado de tráfico en pequeñas cantidades de droga, a sufrir la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO; a multa de DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, más la accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena; más el comiso de la especies incautadas, referidas a la droga y la suma $435.000 en dinero efectivo. II.- Que, para el pago de la multa impuesta, se le otorga 6 cuotas iguales, mensuales y sucesivas de Un Tercio de UTM cada una, a contar del mes siguiente a quede ejecutoriada esta sentencia, mediante depósito en la cuenta respectiva al valor que Código: XXXCZQBWXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl tenga la UTM al momento de su pago. El no pago de una o más de las cuo

Fundamentos

considerando séptimo de esta sentencia, se sustituye la pena corporal por la pena sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria nocturna, debiendo computarse una noche por cada día de reclusión la que se cumplirá desde las 22:00 horas hasta las 06:00 horas del día siguiente. Deberá presentarse a dar cumplimiento al décimo día de ejecutoriada la sentencia, al CRS de Linares, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención si no se presentaré. El control será por vía telemática, debiendo la defensa acompañar al Tribunal el informe de factibilidad técnica, de lo contrario en caso que el informe de factibilidad técnica sea negativo, se deberá efectuar el control por Carabineros previa coordinación con el CRS de Linares. En caso de incumplimiento, se podrá intensificar los controles, o de lo contrario, siendo este un incumplimiento grave y reiterado se podrá revocar y decretarse el cumplimiento efectivo de la pena; con un día de abono y además con algún otro que haya alcanzado a cumplir bajo la pena sustitutiva. IV.- Que, habiendo admitido responsabilidad en los hechos, se exime a la condenada del pago de las costas de la causa. Ejecutoriada que sea esta sentencia, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, notifíquese y ARCHIVESE en su oportunidad.- RUC N° 2100411749-K RIT N° 711-2021 Se tiene presente la renuncia de los recursos y plazos legales, por parte del Ministerio Público y la defensa, quedando ejecutoriado el fallo. Se deja constancia que el registro íntegro de esta audiencia consta en el archivo de audio respectivo. La sentenciada deberá presentarse el día 02 de Junio del año en curso ante el CRS de Linares, para efectos de iniciar el cumplimiento de la sanción. Se alzan las medidas cautelares que se hubieren decretado, Ofíciese. Dictada por JOHN LANDERO SALGADO, Juez Titular del Juzgado de Garantía de San Javier. Dirigió la audiencia y resolvió - JOHN LANDERO SALGADO, Juez Titular del Juzgado de Garantía de San Javier. Código: XXXCZQBWXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: XXXCZQBWXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-05-30T13:37:35-0400

Fallo

Por estas consideraciones y lo previsto en los artículos 1, 7, 11 N°6, 11 N°9,14, 15 N°1, 30, 67, 70 del Código Penal; artículo 1 y 4° de la ley 20.000; artículo 406 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 8° de la ley 18.216; SE DECLARA: I.- Que, SE CONDENA a ANYELA DEL CARMEN DURÁN VIVANCO, ya individualizada, cédula de identidad N°19788866-0; por los hechos ocurridos dentro del territorio jurisdiccional de este Tribunal el día 26 de abril de 2021; como autora del delito consumado de tráfico en pequeñas cantidades de droga, a sufrir la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO; a multa de DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, más la accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena; más el comiso de la especies incautadas, referidas a la droga y la suma $435.000 en dinero efectivo. II.- Que, para el pago de la multa impuesta, se le otorga 6 cuotas iguales, mensuales y sucesivas de Un Tercio de UTM cada una, a contar del mes siguiente a quede ejecutoriada esta sentencia, mediante depósito en la cuenta respectiva al valor que Código: XXXCZQBWXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl tenga la UTM al momento de su pago. El no pago de una o más de las cuotas hará exigible el total de la multa impuesta. Y si ésta no se pagare sufrirá por vía de sustitución o apremio la pena de reclusión, a razón de un día por cada tercio de UTM, en este caso, 6 días.

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia. Fecha San Javier., veintiséis de mayo de dos mil veintidós Magistrado JOHN LANDERO SALGADO Fiscal PATRICIO ELISEO CAROCA LUENGO Defensor particular MARIO ENRIQUE VENEGAS GUDENSCHWAGER Hora inicio 12:32PM Hora termino 12:58PM Sala SALA 1/eba Tribunal Juzgado de Garantía de San Javier. RUC 2100411749-K RIT 711 - 2021 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA ANYELA DEL CA

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