SANTI/
Rol
V-102-2019
Fecha
30 de enero de 2020
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: PRIMERO: Que a folio 1, comparece doña ORFELINA DEL CARMEN SANTI CARILAO, dueña de casa, casada, cédula de identidad N° 7.505.907-8, domiciliada en Avenida La Santa Nc 374 de la Comuna de Los Sauces, representado por su abogado don LUIS ADRIÁN VIVEROS GAJARDO, solicitando se ordene al señor Conservador de bienes raíces de Cañete a autorizar la inscripción de dominio de fojas 294 N° 314 del Registro propiedad a su cargo correspondiente al año 1989 a su favor. Funda su solicitud señalando, que por escritura privada de compraventa de fecha 15 de Noviembre del año 1988, autorizada por el Notario público de Concepción Selim Parra Fuentealba, suplente del titular Humberto Henríquez Froden compró a la Ilustre Municipalidad de Cañete representada por su Alcaldesa María Iveth Lacoste Catalán el inmueble individualizado como "Lote número 3” de la Manzana, de la Población Carol Urzua, sector 30 U.S. de la comuna de Cañete que corresponde al señalado Lote del Plano de Loteo archivado con el N° 765 al final del Registro de propiedad del año 1.988 del Conservatorio de Bienes Raíces de Cañete. Agrega, que presentado su título de dominio para su inscripción en el Conservador de Bienes Raíces de Cañete, éste se escribió en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Cañete con fecha 2 de Marzo del año 1989 a fojas 294 N° 314 del año 1989. Refiere, que ha estado en posesión de esa propiedad desde que la adquirió. Sin embargo y solo recientemente al solicitar una copia de la inscripción de dominio de su propiedad se le informó que este inmueble no se encontraba inscrito a su nombre en el Registro de propiedad, porque por alguna razón que señala desconocer, habiéndose practicado la señalada inscripción ésta no fue autorizada por el Conservador de Bienes Raíces de la época, no obstante el título de dominio estaba perfecto, firmado por las partes y autorizada por el Ministro de fe correspondiente. Expone, que de esta forma y ante la imposibilidad que el señor
Fallo
FALLO: 28 DE ENERO DE 2020. Cañete, treinta de Enero de dos mil veinte. VISTO: PRIMERO: Que a folio 1, comparece doña ORFELINA DEL CARMEN SANTI CARILAO, dueña de casa, casada, cédula de identidad N° 7.505.907-8, domiciliada en Avenida La Santa Nc 374 de la Comuna de Los Sauces, representado por su abogado don LUIS ADRIÁN VIVEROS GAJARDO, solicitando se ordene al señor Conservador de bienes raíces de Cañete a autorizar la inscripción de dominio de fojas 294 N° 314 del Registro propiedad a su cargo correspondiente al año 1989 a su favor. Funda su solicitud señalando, que por escritura privada de compraventa de fecha 15 de Noviembre del año 1988, autorizada por el Notario público de Concepción Selim Parra Fuentealba, suplente del titular Humberto Henríquez Froden compró a la Ilustre Municipalidad de Cañete representada por su Alcaldesa María Iveth Lacoste Catalán el inmueble individualizado como "Lote número 3” de la Manzana, de la Población Carol Urzua, sector 30 U.S. de la comuna de Cañete que corresponde al señalado Lote del Plano de Loteo archivado con el N° 765 al final del Registro de propiedad del año 1.988 del Conservatorio de Bienes Raíces de Cañete. Agrega, que presentado su título de dominio para su inscripción en el Conservador de Bienes Raíces de Cañete, éste se escribió en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Cañete con fecha 2 de Marzo del año 1989 a fojas 294 N° 314 del año 1989. Refiere, que ha estado en posesión de esa propiedad des
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NOMENCLATURA: 1. [40] Sentencia JUZGADO: Juzgado de Letras de Cañete CAUSA ROL: V-102-2019 CARATULADO: SANTI / MATERIA: AUTORIZACIÓN INSCRIPCION DE BIEN RAIZ SOLICITANTE: ORFELINA DEL CARMEN SANTI CARILAO RUT N°7.505.907-8 ABOGADO: LUIS ADRIÁN VIVEROS GAJARDO RUT: 4.907.560-k FECHA DE INICIO: 17 DE DICIEMBRE DE 2019. FECHA PARA FALLO: 28 DE ENERO DE 2020. Cañete, treinta de Enero de dos mil veint
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