FREDES/DEMODULARI EXPOSICIONES Y ARQUITECTURA SPA
Rol
O-912-2020
Fecha
12 de julio de 2021
Materia
Despido injustificado
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, se llevó a efecto audiencia de juicio oral en los autos R.I.T. O-912-2020, RUC N° 20-4-0307024-7 por despido injustificado y cobro de prestaciones, todo lo cual fue tramitado de acuerdo a las normas del procedimiento de aplicación general. La demanda fue interpuesta por don RICARDO BARCELÓ TORRES, publicista, domiciliado en Avenida Blanco Encalada Nº 1727, departamento 2209, comuna de Santiago y por doña NATALIA ANDREA FREDES VERA, productora, domiciliada en calle Las Hortensias Nº 2972, departamento 501, comuna de Providencia, quienes lo hicieron asistido por el abogado don Mario Carvallo Vallejos. La demandada DEMODULARI EXPOSICIONES Y ARQUITECTURA SpA, persona del giro de su denominación, representada por don Hans Steffans Latorre, ambos domiciliados en calle Candelaria Goyenechea Nº 780 de la comuna de Vitacura, no obstante encontrarse legalmente notificado para comparecer a la presente audiencia, la misma no lo ha realizado, decisión que por lo demás se ha mantenido durante toda la tramitación del presente proceso. OIDOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don RICARDO BARCELO TORRES y doña NATALIA ANDREA FREDES VERA, interpusieron demanda – en procedimiento de aplicación general- en contra de DEMODULARI EXPOSICIONES Y ARQUITECTURA SpA con el objeto que
Fallo
se declararan injustificados sus despidos, dando lugar al pago de las prestaciones reclamadas en su demanda, todas las cuales reclama debidamente reajustadas, con intereses y las costas de la causa; a saber: a) En el caso de don Ricardo Barceló Torres: 1.- $ 837.845 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo; 2- $5.864.915 por concepto de indemnización por años de servicio; 3.- $ 387.600 por concepto de feriado legal; 4.- $ 159.600 por concepto de feriado proporcional; 5.- $ 1.759.475 por concepto de recargo legal correspondiente al 30%; En subsidio, pide que se condene a pagarle las indemnizaciones ya referidas conforme a los montos irrevocablemente ofrecidos; b) En el caso de doña Natalia Fredes Vera: 1.- $ 881.646 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo; 2.- $ 9.698.106 por concepto de indemnización por años de servicio; 3.- $ 2.909.432 por concepto de recargo legal correspondiente al 30%; 4.- $ 952.263 por concepto de feriado proporcional. Fundan su demanda indicando que ambos prestaron servicios bajo vínculo de subordinación y dependencia de la demandada conforme a las siguientes estipulaciones contenidas en el siguiente cuadro resumen: Nombre Fecha de inicio Remuneraciones Funciones Fecha de término Ricardo Barceló 01 de junio de 2013 $837.845 publicista 30 de sept 2020 Natalia Fredes Vera 01 de nov de 2008 $881.646 productora 30 de oct 2020 Refieren que prestaron sus servicios en Avenida Milán Nº 1342, de la comuna de
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PROCEDIMIENTO: Aplicación General. MATERIA: Despido Injustificado y cobro de prestaciones. DEMANDANTE: Ricardo Barceló Torres y Natalia Fredes Vera. DEMANDADO: Demodulari Exposiciones y Arquitectura SpA. RUC: 20-4-0307024-7 RIT: O-912-2020 _________________________________________/ San Miguel, doce de julio de dos mil veintiuno. VISTOS: Que ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Migue
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