MP C/ ALEX NICOLÁS SOTO OSORIO
Rol
O-323-2022
Fecha
24 de mayo de 2022
Materia
MALTRATO OBRA A CARABINEROS ART. 416 BIS CODIGO JUST.MILITAR, OCULT IDENT EN CONTROL PREVENT ART 496 N: 5 Y 12 LEY 20931
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 28 de febrero del año 2022, a las 20:15 horas aproximadamente, en circunstancias que Carabineros de la 24°comisaria Melipilla, efectuaban controles preventivos con el fin de ver orden de detención pendientes del Juzgado de Garantía de Melipilla, en calle Lorenzo Aceitón, frente al número 300, población Padre Demetrio Bravo, de la comuna de Melipilla, se percatan que caminaba don ALEX NICOLÁS SOTO OSORIO, a quien identificaron que tenía orden de detención pendiente, al acercarse y efectuar el control de identidad respectivo, para ser efectivo la orden de detención que registraba en otra causa, Rit 2604-2021 y pedir sus documentos, don ALEX SOTO oculta su verdadera identidad dando su identidad de Jorge Patricio Osorio, quien corresponde a su hermano, Carabineros se percata que no es el requerido, sino es ALEX SOTO OSORIO, por el cual procede a la detención en la causa Rit 2604-2021, razón por la cual don ALEX SOTO se ofusca y comienza a lesionar a los funcionarios aprehensores respectivos, y a Amenazarlo en forma seria y verosímil, en ese momento amenaza a los funcionarios Enrique Riquelme Vega y Cristian Hernández Ruz, diciéndoles, en forma seria y verosímil, “ya me los quiero ver pacos culiaos, cuando los pille en la calle sin su caga de placa, les voy a sacar la chucha y me los voy a pitiar, con uniforme no más son valiente los longis culiaos”, para luego poner suma resistencia y proceder a lesionar al funcionario, resultando con lesiones de carácter clínicamente leve, Riquelme Vega, que corresponde a don Enrique Riquelme Vega, quien resulta con lo siguiente, hematoma lineal aproximadamente de 2 centímetros, entre brazo izquierdo, cara interna, aproximadamente 13 centímetros proximal con lesión continua, con lesión lineal de aproximadamente 17 centímetros y escoriaciones lineales muñeca izquierda, tercer dedo mano izquierda, y escoriaciones aproximadamente 4 líneas, en virtual hipotenar, borde mano, todas XPCXZXXDQX VICTOR MANUEL FERNANDEZ ORTEGA Jue
Fallo
se declara: I.- Que, se condena a don ALEX NICOLÁS SOTO OSORIO, cédula de identidad N°0020311118-5, ya individualizado, como autor del delito de amenazas a Carabineros, y falta de ocultamiento de identidad, en grado de desarrollo consumado, cometido el 28 de febrero de 2022, a sufrir la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, más la suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena y multa de 1/3 de UTM. La pena de multa se dará por cumplida. II.- Que reuniéndose los requisitos del artículo 10 y 11 de la Ley 18.216 y concurriendo la voluntad expresa del condenado, se le sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por 79 horas de prestación de servicio a la comunidad, debiendo presentarse al centro de reinserción social occidente metropolitano, ubicado en Av. Monumento 2079 comuna de Maipú, el día 14 de junio de 2022. El delegado de Gendarmería de Chile encargado de gestionar el cumplimiento de la pena de prestación de servicio informará al tribunal, el lugar y el tipo de servicio que prestará el condenado. Para el evento de revocársele la pena sustitutiva deberá cumplir la pena efectivamente impuesta. III.- Que no se condena en costas al sentenciado. Dése cumplimiento en su oportunidad al artículo 468 del Código Procesal. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. RUC Nº 2200195418-4 RIT Nº 323-2022 “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Melipilla, veinticuatro de mayo de dos mil veintidós TRIBUNAL: JUZGADO DE GARANTÍA DE MELIPILLA MAGISTRADO: VICTOR FERNANDEZ ORTEGA RUC: 2200195418-4 RIT: 323-2022 IMPUTADO : ALEX NICOLÁS SOTO OSORIO C.I. : 20311118-5 FECHA DE NAC.: 29/07/1993 DIRECCION: Sector Pobl. Padre Demetrio calle Lorenzo Aceiton Nº 303 COMUNA: Melipilla DELITOS : Amena
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