Jgdo. L. y G. La Unión

ANONIMIZADO

Rol

F-205-2020

Fecha

2 de noviembre de 2022

Materia

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: En virtud de lo dispuesto en el artículo 98 de la Ley 19.968, esto es, que transcurrido un año desde que se suspendió condicionalmente la dictación de la sentencia y no existiendo constancia en la causa de que el denunciado Arturo, cédula de identidad N° NUM000, hubiese incumplido las condiciones impuestas, acordadas en la audiencia preparatoria de fecha 27-09-2021, se resuelve: Se ordena al Servicio de Registro Civil e Identificación, omita la inscripción de la suspensión...

Fallo

se resuelve: Se ordena al Servicio de Registro Civil e Identificación, omita la inscripción de la suspensión...

Texto Completo (Preview)

JUZGADO DE LETRAS DE LA UNIÓN. Tramitación de causas: https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/ Correo electrónico: jlyg_launion@pjud.cl Teléfonos: 64-2322517, 64-2325417, 64-2323724 La Unión, dos de noviembre de dos mil veintidós Vistos: En virtud de lo dispuesto en el artículo 98 de la Ley 19.968, esto es, que transcurrido un año desde que se suspendió condicionalmente la dictación de la sentencia

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