Jgdo. L. de Molina

ANONIMIZADO

Rol

C-317-2022

Fecha

2 de noviembre de 2022

Materia

DIVORCIO DE COMUN ACUERDO

Resultado

No especificado

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Fallo

se resuelve derechamente la demanda presentada con fecha 15 de Octubre del año en cuso, en lo que sigue: A LO PRINCIPAL: Por admitida a tramitación demanda de divorcio de mutuo acuerdo. Estese a lo que se resolverá. AL PRIMER OTROSI: Por acompañado acuerdo regulatorio completo y suficiente en la forma y términos señalados.AL SEGÚNDO OTROSI: Por acompañadas declaraciones juradas que indica. AL TERCER...

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Molina, dos de Noviembre de dos mil veintidós. Habiendo comparecido personalmente las partes don Said y doña Elena, con fecha 20 y 21 de octubre del año en curso respectivamente, ante el ministro de fe del tribunal a ratificar el patrocinio y poder conferido a la Abogada Jenny Pamela Pichihuche Cisterna, se resuelve derechamente la demanda presentada con fecha 15 de Octubre del año en cuso, en lo

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