1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

CARTAGENA/PAILACURA

Rol

O-7756-2019

Fecha

12 de julio de 2021

Materia

Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Horas extras, Indemnización por años de servicios, Nulidad del despido, Recargos

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y OÍDO: Comparece don Matías Novoa Carbone, abogado, domiciliado en Morandé Nº 835, oficina 1410, comuna de Santiago, en representación de doña Danae Roxana Cartagena Jiménez, empleada, de su mismo domicilio, interponiendo demanda en procedimiento de aplicación general por despido injustificado, indebido o improcedente, nulidad del despido y cobro de prestaciones e indemnizaciones, en contra de Eva Pailacura Opazo, factor de comercio, domiciliada en Cactus Norte 18.891, comuna de Maipú, y solidaria o subsidiariamente en contra de Empresa de Correos de Chile, del giro servicios de distribución de envíos de correspondencia y paquetería, representada legalmente por José Luis Rodríguez Correa, ignora profesión u oficio, ambos domiciliados en Plaza de Armas 989, Santiago; por las razones de hecho y de Derecho que expone. Refiere que la actora ingresa a prestar servicios bajo vínculo de subordinación y dependencia para el demandado principal el 15 de junio de 2018, sin suscribir contrato alguno. No obstante, se le pagaban cotizaciones previsionales y de seguridad social, reconociéndose la existencia de la relación laboral, la que tenia el carácter de indefinida. Detalla que la trabajadora fue contratada como chofer transportista, siendo sus funciones manejar las camionetas que transportaban correo para Empresa de Correos de Chile. Precisa que diariamente la actora debía presentarse en la Planta CEP, ubicada en la comuna de Renca, de propiedad de la demandada solidaria, donde se cargaba la camioneta para, posteriormente, hacer la ruta del día, entregando paquetes y correspondencia en domicilios particulares en las comunas de Melipilla, Alhue, el Monte y San Pedro. Finalizada la ruta, retornaba a la citada planta a dejar los paquetes que no fueron entregados y a rendir cuenta, dejando la camioneta donde le indicara su supervisor, don Cristian Barrera. Agrega que aquel es hijo de su ex empleadora. De ello deriva la prestación de servicios de la trabajadora en regime

Fundamentos

considerando que quien efectuó el despido es el demandado principal. Controvierte cualquier afirmación en sentido contrario, respecto de dicho acto. Colige de lo expuesto que cualquier responsabilidad que en definitiva su representada pudiera tener como empresa principal, respecto de aquellas eventuales obligaciones laborales y previsionales que alega el demandante, será responsabilidad subsidiaria y no solidaria o conjunta. Esto, por haber ejercido los derechos de información y retención, conforme exige el artículo 183-D del Código del Trabajo. Por otro lado, para el evento de ser condenada solidaria o subsidiariamente en el juicio, solicita se limite dicha responsabilidad al tiempo en que existió relación contractual entre ella y la demandada principal, y por el periodo en que la demandantes prestó efectivamente servicios en sus dependencias en régimen de subcontratación. Asimismo, la demanda se tuvo por contestada en rebeldía de la demandada principal, Eva Pailacura Opazo. Celebrándose audiencia preparatoria, ésta se llevó a cabo con la comparecencia de apoderado de la demandante y de la demandada Empresa Correos de Chile, sin asistir la demandada principal. Llamadas las partes a conciliación por el Tribunal, ésta resultó frustrada. Se fijaron hechos controvertidos y las partes comparecientes ofrecieron su prueba, como también el Tribunal. Luego, en audiencia de juicio las partes comparecientes, correspondientes a apoderada de la demandante y de la demandada Empresa de Correos de Chile, rindieron sus probanzas, incorporándose a su vez oficio decretado como prueba del Tribunal. Oídas las observaciones a la prueba y conclusiones de las partes, la causa quedó en estado de dictarse sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece doña Danae Roxana Cartagena Jiménez, interponiendo demanda por despido injustificado, indebido o improcedente, nulidad del despido y cobro de prestaciones indemnizaciones, en contra de Eva Pailacura Opazo, y solidaria o subsidiariamente, en virtud de lo dispuesto en los artículos 183-B y 183-D del Código del Trabajo, respectivamente, en contra de Empresa de Correos de Chile, todos precedentemente singularizados. Lo anterior, conforme a los fundamentos a los que se ha hecho referencia en la parte expositiva. A su vez, debidamente emplazadas las demandadas, compareció al proceso únicamente la demandada Empresa Correos de Chile, quien solicitó el íntegro rechazo de la demanda, conforme a los argumentos ya expuestos. La demandada Eva Pailacura se encuentra en rebeldía. SEGUNDO: Que en audiencia preparatoria se fijo como hecho no controvertido: “Existencia de una relación civil y comercial entre las demandadas”. Asimismo, como hechos sustanciales controvertidos, se establecieron los que se indican a continuación: 1) Existencia de la relación laboral entre las partes. En la afirmativa, fecha de la misma, funciones, jornada laboral y remuneraciones efectivamente percibidas; 2) Efectividad de que la relación laboral termi

Fallo

fallo sólo para efectos informáticos, por la Juez Presidenta de este Tribunal. Materia: Despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones e indemnizaciones Rit: O-7756-2019 Ruc: 19-4-0230327-4 Caratulado: CARTAGENA/ PAILACURA Santiago, doce de julio de dos mil veintiuno. VISTO Y OÍDO: Comparece don Matías Novoa Carbone, abogado, domiciliado en Morandé Nº 835, oficina 1410, comuna de Santiago, en representación de doña Danae Roxana Cartagena Jiménez, empleada, de su mismo domicilio, interponiendo demanda en procedimiento de aplicación general por despido injustificado, indebido o improcedente, nulidad del despido y cobro de prestaciones e indemnizaciones, en contra de Eva Pailacura Opazo, factor de comercio, domiciliada en Cactus Norte 18.891, comuna de Maipú, y solidaria o subsidiariamente en contra de Empresa de Correos de Chile, del giro servicios de distribución de envíos de correspondencia y paquetería, representada legalmente por José Luis Rodríguez Correa, ignora profesión u oficio, ambos domiciliados en Plaza de Armas 989, Santiago; por las razones de hecho y de Derecho que expone. Refiere que la actora ingresa a prestar servicios bajo vínculo de subordinación y dependencia para el demandado principal el 15 de junio de 2018, sin suscribir contrato alguno. No obstante, se le pagaban cotizaciones previsionales y de seguridad social, reconociéndose la existencia de la relación laboral, la que tenia el carácter de indefinida. Detalla que la trabajadora

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Ingresado a mi despacho con esta fecha y atendido a que el(la) Magistrado(a) que redactó la sentencia, no se encuentra en funciones, se firma el presente fallo sólo para efectos informáticos, por la Juez Presidenta de este Tribunal. Materia: Despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones e indemnizaciones Rit: O-7756-2019 Ruc: 19-4-

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica