ANDREANI/
Rol
V-80-2018
Fecha
29 de enero de 2020
Materia
MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que a folio 1, con fecha 28 de mayo de 2018 comparece don FRANCISCO BRAIN BRAIN, abogado, domiciliado en plaza Vergara, N° 178 oficina 148, Viña del Mar en representación convencional de don HUGO ANDREANI BRINZO, empresario, domiciliado en pasaje Santa Sofía, N° 205, Lomas de Montemar, Concón, solicitando que se constituya concesión minera de explotación sobre terrenos abiertos y sin cultivos,
Fundamentos
considerando que el Punto de Interés de su cara superior se ubica en la comuna de Limache, Provincia de Marga Marga, región de Valparaíso, y sus coordenadas UTM son las siguientes: Norte: 6.345.580 metros; Este: 292.470 metros. Explica que el área solicitada forma un rectángulo, y que sus lados orientados en dirección Norte-Sur miden 800 metros, y sus lados orientados en dirección Este-Oeste miden 600 metros, comprendiendo de esta forma una superficie de 48 hectáreas. Solicita 12 pertenencias de 4 hectáreas cada una, con el nombre de “PULGO 1 al 12” Que a folio 18, con fecha 13 de septiembre del año 2019, rola informe evacuado por el Servicio Nacional de Geología y Minería, Que a folio 23, con fecha 29 de enero del año en curso, se trajeron los autos para resolver. CONSIDERANDO: PRIMERO: Solicitud.- Que a folio 1, con fecha 28 de mayo de 2018, comparece don HUGO ANDREANI BRINZO, empresario, solicita manifestación minera que denominará “PULGO 1 al 12”, con una superficie total de 4 hectáreas cada una, de un total de 12 pertenencias. SEGUNDO: Que el solicitante acompañó los siguientes instrumentos, a saber: a) Copia autorizada de la inscripción de la manifestación a fojas 13 vta., N° 8 del 12 de Junio de 2018, del Registro de Descubrimiento de Minas del Conservador de minas de Limache; b) Comprobante del pago de la tasa de manifestación, formulario N° 10, emitido por la Tesorería General de la República; c) Comprobante del pago de la patente proporcional, formulario N° 40, emitido por la Tesorería General de la República; d) Publicación del Diario Oficial de la República de Chile, Sección VII, boletín de Minería de N° 42.088, correspondiente a la edición del día 21 de junio de 2018; e) Plano de Configuración de las Pertenencias Mineras; f) Acta de Mensura; y g) Plano de mensura de pertenencias mineras. TERCERO: Inscripción.- Que con fecha 12 de Junio de 2018, se inscribió la manifestación minera en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Limache, a fs. 13 vta., N°8 del Registro de Descubrimientos de Minas del año 2015, a cargo de dicho Conservador. CUARTO: Publicación manifestación.- Que con fecha 21 de Junio de 2018, la manifestación fue publicada en el Boletín Oficial de Minería de Santiago QUINTO: Publicación mensura.- Que con fecha 21 de Junio de 2018, se publicó en el Boletín Oficial de Minería de Santiago la solicitud de mensura de las pertenencias “PULGO 1 al 12”. SEXTO: Informe Sernageomin.- Que a folio 12 con fecha 03 de diciembre del año 2019, rola informe del Servicio Nacional de Geología y Minería de la región de Valparaíso, mediante oficio ordinario N°02325 del 11 de Noviembre de 2019, expresó que los aspectos técnicos relacionados con la operación de mensura, su acta y plano están correctos; la forma, las dimensiones y orientaciones de la cara superior de las pertenencias se ajustan a la ley y ellas quedan comprendidas tanto dentro del terreno manifestado como dentro del abarcado por la solicitud de mensura.
Fallo
se declara: Que, se aprueba el plano y acta de mensura, declarándose constituida la Concesión de explotación de las pertenencias manifestadas denominadas ‘PULGO 1 al 12’, con una superficie total de 12 pertenencias con una superficie total de 48 hectáreas, a favor de “HUGO ANDREANI BRINZO”. Publíquese en extracto la presente sentencia, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Minería. Inscríbase copia íntegra de esta sentencia en el Conservador de Minas de Limache y archívese un ejemplar del plano en el mismo conservador. Remítase acta de mensura y el original del plano al Servicio Nacional de Geología y Minería de Chile. En cuanto a la copia autorizada de la presente resolución, se indica que puede obtenerse desde el propio sistema informático de la Oficina Judicial Virtual por contar con firma electrónica avanzada. Resolvió don Jaime Andrés Díaz Astorga, Juez Titular. Juzgado de Letras de Limache. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. y se notific por el estado diario la sentencia precedente, enó Limache, veintinueve de Enero de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más informac
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FOJA: 24 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Limache CAUSA ROL : V-80-2018 CARATULADO : ANDREANI/ Limache, veintinueve de Enero de dos mil veinte VISTOS: Que a folio 1, con fecha 28 de mayo de 2018 comparece don FRANCISCO BRAIN BRAIN, abogado, domiciliado en plaza Vergara, N° 178 oficina 148, Viña del Mar en representación convencional de don HUGO ANDREANI BRINZO,
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