1º Juzgado de Letras y Garantía de Peumo.

MP C/ JAIME ANTONIO GUTIÉRREZ SOTO

Rol

O-721-2020

Fecha

11 de mayo de 2022

Materia

LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 1, 5, 7, 11 N° 6, 14, 15 N° 1, 18, 21, 30, 68, 69,70, 399 del Código Penal; artículos 5, 9 y demás pertinentes de la Ley 20.066. SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a JAIME ANTONIO GUTIÉRREZ SOTO, cédula de identidad N° 0014553782-7, ya individualizado en esta audiencia, a la pena de multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y a la pena accesoria especial del artículo 9° Letra b) de la Ley 20.066 por el plazo de un año, esto es, la prohibición de acercarse a la víctima doña Ingrid Viviana Castro Matus, en su domicilio, lugar de trabajo, de estudios o donde ella se encuentre, en su calidad de autor de un delito consumado de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, ocurrido en la ciudad de Las Cabras el día 02 de junio del año 2020. II.- Que respecto de la pena corporal, ésta se le tendrá por cumplida al sentenciado en razón del mayor tiempo que ha permanecido privado de libertad en esta causa, imputándose dicha multa al día correspondiente a su control de detención. III.- Que se exime del pago de las costas de la causa al sentenciado. IV.- Que los intervinientes se entienden notificados con esta fecha, de la sentencia que se acaba de dictar. Cúmplase oportunamente con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. KNSXZNVZYP Constanza Valentina Acuña Sauterel Juez de garantía Fecha: 23/05/2022 13:52:18 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hi

Fallo

SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a JAIME ANTONIO GUTIÉRREZ SOTO, cédula de identidad N° 0014553782-7, ya individualizado en esta audiencia, a la pena de multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y a la pena accesoria especial del artículo 9° Letra b) de la Ley 20.066 por el plazo de un año, esto es, la prohibición de acercarse a la víctima doña Ingrid Viviana Castro Matus, en su domicilio, lugar de trabajo, de estudios o donde ella se encuentre, en su calidad de autor de un delito consumado de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, ocurrido en la ciudad de Las Cabras el día 02 de junio del año 2020. II.- Que respecto de la pena corporal, ésta se le tendrá por cumplida al sentenciado en razón del mayor tiempo que ha permanecido privado de libertad en esta causa, imputándose dicha multa al día correspondiente a su control de detención. III.- Que se exime del pago de las costas de la causa al sentenciado. IV.- Que los intervinientes se entienden notificados con esta fecha, de la sentencia que se acaba de dictar. Cúmplase oportunamente con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. KNSXZNVZYP Constanza Valentina Acuña Sauterel Juez de garantía Fecha: 23/05/2022 13:52:18 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno estab

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“Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. AUDIENCIA: P. SIMPLIFICADO. Fecha En Peumo once de mayo de dos mil veintidós Magistrado CONSTANZA VALENTINA ACUÑA SAUTEREL Fiscal Juan

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