4 ° Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

VILLALOBOS NUÑEZ DALIBOR ALEJANDRO

Rol

V-2-2020

Fecha

29 de enero de 2020

Materia

NOTIFICACIONES JUDICIALES VARIAS, INCLUYE ÁRBITRO VOLUNTAR

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS PRIMERO: Que, en folio 1 del SITCI, con fecha 02 de Enero de 2020, comparece don Dálibor Villalobos Núñez, Cédula de Identidad N° 6.048.500-3, sociólogo, domiciliado en esta ciudad, calle Manuel Rodríguez N° 2447, quien expresa: Que, es dueño en comunidad con don Hugo Pizarro Burett, arquitecto, con domicilio en pasaje El Tatio N° 622, población Séptimo de Línea, y/o domicilio laboral en calle Arturo Prat N° 384, piso 5°, ambos de Antofagasta, del departamento 101, bodega N° 3 y estacionamiento N° 2 del Conjunto Habitacional “Del Alto”, ubicado en sitio N° 1, manzana D, ubicado en Loteo Alto del Mar, según inscripción de fojas 2372, bajo el N° 3158 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta, correspondiente al año 1998.- Manifiesta que es su deseo el no permanecer en la indivisión, por lo que procede el nombramiento de un árbitro de derecho que efectúe la partición del bien. En lo jurídico invoca los artículo 1.317 del Código Civil, 227 N° 2 del Código Orgánico de Tribunales, 646 y 414 del Código de Procedimiento Civil. Solicitó citar a los interesados a una audiencia, a fin de acordar el nombramiento del árbitro partidor, o a falta de acuerdo o por inasistencia de una de las partes, proceda a nombrarlo el Tribunal. SEGUNDO: Citadas las partes a comparendo, éste se llevó a efecto, según consta en folio 5 del SITCI, con la asistencia del Abogado don Marcelo Díaz Sanhueza, en representación de don Dálibor Villalobos Núñez, y en rebeldía de don Hugo Pizarro Burett, no habiendo acuerdo en dicha designación. El Tribunal queda en resolver.- TERCERO: Que, siendo la materia que se pretende resolver, materia de arbitraje forzoso, de conformidad a lo dispuesto en el Nº2 del artículo 227 del Código Orgánico de Tribunales, corresponde acceder a la petición de autos, debiendo el Tribunal efectuar el nombramiento, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 414 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, teniendo presente además el Pl

Fallo

se declara: Nombrase Juez Árbitro al Abogado don YERKO ALEXIS CAMPILLAY FERNANDEZ, domiciliado en calle Arturo Prat N° 214, Oficina 606 de esta ciudad, correo electrónico yerko.campillay@exsaglobal.cl. Notifíquese al nombrado para que acepte el cargo en forma legal y proceda al desempeño de su cometido, para cuyo efecto, obténgase copia autorizada de todo lo obrado en autos por el interesado directamente de la Oficina Judicial Virtual, según lo dispuesto en el Auto Acordado N° 71-2016 de fecha 17 de Junio de 2016 de la Excma. Corte Suprema, en relación a la Ley 20.886, artículo 4°, inciso final.- Regístrese y notifíquese. Dictada por doña Susana Tobar Bravo, Juez Titular.- Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-01-29T09:20:26-0300

Texto Completo (Preview)

FOJA: 9.- nueve.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 ° Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL : V-2-2020 CARATULADO : VILLALOBOS NUÑEZ DALIBOR ALEJANDRO AUTOS : 28.01.2020 Antofagasta, veintinueve de Enero de dos mil veinte.- VISTOS PRIMERO: Que, en folio 1 del SITCI, con fecha 02 de Enero de 2020, comparece don Dálibor Villalobos Núñez, Cédula de Identidad N° 6.048.500-3, soció

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