NICOLAS FELIPE SANDOVAL RIQUELME C/ KEVIN GAMADIEL JARA CAMPOS
Rol
O-2298-2020
Fecha
20 de mayo de 2022
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día 17 de noviembre del año 2019, a las 11.30 horas aproximadamente, en la vía pública, específicamente calle O’Higgins con 5 de Abril de la ciudad de Los Ángeles, el requerido Kevin Gamadiel Jara Campos, condujo estado de ebriedad el automóvil P.P.U. JZDC- 75, siendo fiscalizado por personal de Carabineros. El examen de respiratorio alcotest practicado al requerido, arrojó un resultado de 1,94 gramos por mil de alcohol en la sangre, negándose posteriormente a realizarse el examen de alcoholemia.” A juicio de la Fiscalía los hechos descritos son constitutivos del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, previsto y sancionado en los Artículos 110 y 196 inciso 1° de la Ley 18.290, en grado de desarrollo consumado, correspondiendo al requerido participación en calidad de autor. Concurriendo la circunstancia atenuante de responsabilidad penal del artículo 11 N° 6 del Código Punitivo, el Ministerio Público solicitó la imposición de una pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo, accesoria legal de suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, multa de 2 UTM, suspensión licencia de conducir por dos años y el pago de las costas. SEGUNDO: Que, en la audiencia de rigor de fecha 1 de febrero de 2022, el imputado no admitió responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento, se procedió a la preparación en esa misma fecha y el juicio efectivo se llevó a cabo el día 17 de mayo de 2022, con la comparecencia ininterrumpida del Fiscal, don Juan Fernando Acevedo Cifuentes, de la defensora Penal Pública doña Marisol Riquelme Bernales, y del imputado Kevin Gamadiel Jara Campos. TERCERO: Que, en su alegato de apertura, el representante del Ministerio Público solicitó veredicto condenatorio. Expresó que los hechos datan de 17 de noviembre de 2019, fecha en que el requerido es sorprendido por personal de Carabineros conduciendo en estado de ebriedad. En esas circunstancias se produce fiscalizació
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de Los Ángeles, el Fiscal Adjunto de Los Ángeles, don Juan Fernando Acevedo Cifuentes, presentó requerimiento verbal en procedimiento simplificado en contra de Kevin Gamadiel XWEPZNYMMX Constanza Fernanda Gonzalez Urrutia Juez de garantía Fecha: 20/05/2022 12:38:56 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Jara Campos, cédula de identidad N° 20.847.014-0, se ignora profesión u oficio, domiciliado en calle Fiesta Chilena N°121, Los Ángeles. Funda su requerimiento, de fecha 2 de junio de 2020, en los siguientes hechos: “El día 17 de noviembre del año 2019, a las 11.30 horas aproximadamente, en la vía pública, específicamente calle O’Higgins con 5 de Abril de la ciudad de Los Ángeles, el requerido Kevin Gamadiel Jara Campos, condujo estado de ebriedad el automóvil P.P.U. JZDC- 75, siendo fiscalizado por personal de Carabineros. El examen de respiratorio alcotest practicado al requerido, arrojó un resultado de 1,94 gramos por mil de alcohol en la sangre, negándose posteriormente a realizarse el examen de alcoholemia.” A juicio de la Fiscalía los hechos descritos son constitutivos del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, previsto y sancionado en los Artículos 110 y 196 inciso 1° de la Ley 18.290, en grado de desarrollo consumado, correspondiendo al requerido participación en calidad de autor. Concurriendo la circunstancia atenuante de responsabilidad penal del artículo 11 N° 6 del Código Punitivo, el Ministerio Público solicitó la imposición de una pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo, accesoria legal de suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, multa de 2 UTM, suspensión licencia de conducir por dos años y el pago de las costas. SEGUNDO: Que, en la audiencia de rigor de fecha 1 de febrero de 2022, el imputado no admitió responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento, se procedió a la preparación en esa misma fecha y el juicio efectivo se llevó a cabo el día 17 de mayo de 2022, con la comparecencia ininterrumpida del Fiscal, don Juan Fernando Acevedo Cifuentes, de la defensora Penal Pública doña Marisol Riquelme Bernales, y del imputado Kevin Gamadiel Jara Campos. TERCERO: Que, en su alegato de apertura, el representante del Ministerio Público solicitó veredicto condenatorio. Expresó que los hechos datan de 17 de noviembre de 2019, fecha en que el requerido es sorprendido por personal de Carabineros conduciendo en estado de ebriedad. En esas circunstancias
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 1, 15 y demás pertinentes del Código Penal; artículos 1, 4, 36, 45, 46, 47, 297, 340, 342, 388, 395, 395 bis, 396 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, SE ABSUELVE al enjuiciado don Kevin Gamadiel Jara Campos, cédula de identidad N° 20.847.014-0, ya individualizado, de ser autor del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad el día 17 de noviembre de 2019, en la comuna de Los Ángeles. II.- Que, NO SE CONDENA en costas al Ministerio Público por estimar que tuvo motivo plausible para requerir. Ejecutoriada que sea esta sentencia, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese y regístrese. RUC 1901243268-5 RIT 2298-2020 Dictada por CONSTANZA FERNANDA GONZÁLEZ URRUTIA, Juez Suplente del Juzgado de Garantía de Los Ángeles. XWEPZNYMMX Constanza Fernanda Gonzalez Urrutia Juez de garantía Fecha: 20/05/2022 12:38:56 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2022-05-20T13:38:57-0300 Corte
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Individualización de Audiencia de lectura de sentencia.. Fecha Los Angeles., veinte de mayo de dos mil veintidós Magistrado CONSTANZA FERNANDA GONZALEZ URRUTIA Fiscal CARLOS DÍAZ ANDRADE Defensora suplente LAURA SANCHEZ CÁRDENAS Hora inicio 11:23AM Hora termino 11:27AM Sala Sala 2 (audiencia por video conferencia) Tribunal Juzgado de Garantía de Los Angeles. Acta nem RUC 1901243268-5 RIT 2298 – 2
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