Juzgado de Garantía de Iquique.

FISCALIA IQQ C/ MIGUEL ANGEL GABRIEL NIEVAS GUERRERO

Rol

O-6465-2021

Fecha

19 de mayo de 2022

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos y antecedentes de la carpeta investigativa del ministerio público. REQUERIMIENTO VERBAL EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO HECHOS: El día 21 de octubre de 2021, a las 21:00 horas aproximadamente, en circunstancias que personal del Servicio Nacional de Adunas realizaba funciones propias de su especialización en la avanzada del Río Loa de Iquique, procede a fiscalizar el bus de la empresa PULLMAN BUS y a sus pasajeros, ente ellos, el acusado MIGUEL ANGEL GABRIEL NIEVAS GUERRERO, quien mantenía oculto entre su chaqueta de vestir, 2 paquetes de sustancia que resuelto ser una parte de cocaína base con un peso bruto de 1.904 gramos y una bolsa de clorhidrato de cocaína peso bruto de 69 gramos. DELITO TRÁFICO ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS SICOTRÓPICA, previsto y sancionado en los artículos 1 y 3 de la Ley 20.000. PARTICIPACIÓN: Autor GRADO DE EJECUCIÓN: Consumado ADMISIÓN DE RESPÓNSABILIDAD Si CIRCUNSTANCIA MODIFICATORIAS 11N° 6 y 11N°9. SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO SE DECLARA: Que se condena a, MIGUEL ANGEL GABRIEL NIEVAS GUERRERO, cédula de identidad N° 0015026547-9, ya individualizado, como autor del delito consumado de TRÁFICO ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS SICOTRÓPICA, previsto y sancionado en los artículos 1 y 3 de la Ley 20.000, ocurrido en Iquique, el día 21 de octubre de 2021, a sufrir la pena de: PENA PRIVATIVA Extensión Pena Abonos 5 años Presidio menor en su grado máximo. En caso de quebrantamiento se reconoce todo el tiempo que ha estado privado de libertad, desde el día 22 de octubre de 2021 HXTWZNGFXC Frederick Arturo Roco Alvarado Juez de garantía Fecha: 20/05/2022 14:52:34 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insu

Fundamentos

motivos de esta causa, desde el día 22 de octubre de 2021 a la fecha. Penas Sustitutivas Extensión Lugar de cumplimiento LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA 5 años Centro de Reinserción Social de Copiapó. Observación: El sentenciado deberá presentarse en el plazo de 05 días de ejecutoriada la sentencia, ante el CRS de Copiapó, a fin de la designación de un delegado y la elaboración del plan de intervención individual. Se dispone que el CRS de Copiapó, dentro un plazo máximo de 45 días de ejecutoriada la sentencia, deberá comunicar a este tribunal, el plan de intervención individual antes mencionado, el cual deberá comprender la realización de actividades tendiente a rehabilitación y reinserción social del sentenciado, tales como: nivelación escolar, participación en actividades de capacitaciones y reinserción laboral; intervención especializada de acuerdo su perfil, el que deberá considerar el acceso efectivo a los servicios de recursos de las redes intersectorial, indicar con claridad los objetivos perseguidos en las actividades programadas y los resultados esperados. Las condiciones del artículo 17 de la ley 18216, de las letras: a) Residencia en un lugar determinado, debiendo, en todo caso, corresponder a una ciudad en que preste funciones un delegado de libertad vigilada o de libertad vigilada intensiva. La residencia podrá ser cambiada en casos especiales calificados por el tribunal y previo informe del delegado respectivo. b) Sujeción a la vigilancia y orientación permanentes de un delegado por el período fijado, debiendo el condenado cumplir todas las normas de conducta y las instrucciones que aquél imparta respecto a educación, trabajo, morada, cuidado del núcleo familiar, empleo del tiempo libre y cualquiera otra que sea pertinente para una eficaz intervención individualizada. c) Realizar actividad económica lícita que provea su sustento. Artículo 17 ter, letra D) de la ley 18216. Obligación de cumplir programas formativos de consumo problemático de drogas o alcohol, la obligación de asistir a programas de tratamiento de rehabilitación de dichas sustancias y de los efectos dañinos a la salud personal, pública y seguridad pública. Se apercibe al sentenciado que los incumplimientos, graves y reiterados a la pena sustitutiva dará lugar a la revocación de la misma, debiendo cumplir en tal caso la pena principal de manera efectiva. COMISO Detalle Especies decomisadas Destino Especies Dicrep, las que serán destruidas si carecieren de valor económico así como la droga; y subastadas a beneficio fiscal las que tuvieren valor. HXTWZNGFXC Frederick Arturo Roco Alvarado Juez de garantía Fecha: 20/05/2022 14:52:34 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras

Fallo

SE DECLARA: Que se condena a, MIGUEL ANGEL GABRIEL NIEVAS GUERRERO, cédula de identidad N° 0015026547-9, ya individualizado, como autor del delito consumado de TRÁFICO ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS SICOTRÓPICA, previsto y sancionado en los artículos 1 y 3 de la Ley 20.000, ocurrido en Iquique, el día 21 de octubre de 2021, a sufrir la pena de: PENA PRIVATIVA Extensión Pena Abonos 5 años Presidio menor en su grado máximo. En caso de quebrantamiento se reconoce todo el tiempo que ha estado privado de libertad, desde el día 22 de octubre de 2021 HXTWZNGFXC Frederick Arturo Roco Alvarado Juez de garantía Fecha: 20/05/2022 14:52:34 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl mailto:miguel_nievas_@hotmail.com a la fecha, descontando los primeros 120 días que se imputo al pago de la multa. PENAS ACCESORIAS, INHABILIDADES Y OTRAS PERIODO Inhabilitación absoluta para profesiones titulares. Durante el tiempo de la condena. Inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos. Perpetua Toma de huella ge

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de Procedimiento abreviado.. Fecha Iquique, diecinueve de mayo de dos mil veintidós Magistrado FREDERICK ARTURO ROCO ALVARADO Fiscal GUILLERMO ERNESTO ARRIAZA VALENZUELA Defensor privado GUIDO OMAR FLORES GONZÁLEZ Hora inicio 10:51AM Hora termino 11:15AM Sala SALA A VIRTUAL Tribunal Juzgado de Garantía de Iquique. Acta KCZ/crh RUC 2100952121-3 RIT 6465 – 2021 Delit

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica