C/ ALEXANDER JOSUE ORTIZ PEÑA
Rol
O-13225-2021
Fecha
19 de mayo de 2022
Materia
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 1 de septiembre de 2021, a las 19:55 horas aproximadamente, en calle Lord Cochrane frente a la numeración 850, comuna de Santiago, funcionarios policiales sorprendieron a los imputados manteniendo en su poder y transportando, con el fin de traficar, al interior del vehículo placa patente única PTKW.13 en el que se movilizaban, cocaína con un peso bruto de 543 gramos 500 miligramos; además de 01 teléfono celular marca iPhone color negro, 01 celular gris marca LG color gris, 01 celular Samsung color rojo con su pantalla quebrada y la suma de $ 334.000.- de dinero en efectivo. SE DECLARA: I.- Que se condena a GUSTAVO AMIRK CAICEDO CUERO, ya individualizado, a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a las accesorias de inhabilitación absoluta o perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos mientras dure la condena, más multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL por su responsabilidad como AUTOR del delito de TRÁFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en los artículos 1° en relación al 3° de la Ley 20.000, hecho ocurrido en la comuna Santiago, el 01 de septiembre de 2021, que se encuentra en grado de ejecución de CONSUMADO. II.- Que la multa anteriormente impuesta se da por cumplida por el tiempo en que el imputado permaneció sujeto a prisión preventiva correspondientes a los días 02 al 04 de septiembre de 2021, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 49 del Código Penal. XPBZMCCQZ MARCIA IRENE FIGUEROA ASTUDILLO Juez de garantía Fecha: 20/05/2022 11:57:38 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez r
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a GUSTAVO AMIRK CAICEDO CUERO, ya individualizado, a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a las accesorias de inhabilitación absoluta o perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos mientras dure la condena, más multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL por su responsabilidad como AUTOR del delito de TRÁFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en los artículos 1° en relación al 3° de la Ley 20.000, hecho ocurrido en la comuna Santiago, el 01 de septiembre de 2021, que se encuentra en grado de ejecución de CONSUMADO. II.- Que la multa anteriormente impuesta se da por cumplida por el tiempo en que el imputado permaneció sujeto a prisión preventiva correspondientes a los días 02 al 04 de septiembre de 2021, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 49 del Código Penal. XPBZMCCQZ MARCIA IRENE FIGUEROA ASTUDILLO Juez de garantía Fecha: 20/05/2022 11:57:38 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl III.- Que se ordena el
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PROCEDIMIENTO: ABREVIADO FECHA: Santiago, diecinueve de mayo de dos mil veintidós. TRIBUNAL: Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago MAGISTRADO: MARCIA IRENE FIGUEROA ASTUDILLO RUC: 2100794858-9 RIT: 13225-2021 IMPUTADO: GUSTAVO AMIRK CAICEDO CUERO, colombiano. C.I. 14.882.942-K DELITO Tráfico de droga ARTICULO Artículo 3° en relación al artículo 1° de la Ley 20.000 PARTICIPACION Autor G. DE DES
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