7º Juzgado Civil de Santiago

DE LA BARRA/ILTRE MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ

Rol

C-28882-2019

Fecha

28 de enero de 2020

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: El 23 de septiembre de 2019, comparece do a Ximena Jacqueline Deñ La Barra Cisterna, asesora del hogar, domiciliada en pasaje parque Macul N 5430, Villa San Francisco, comuna de Maip , interponiendo demanda° ú en juicio ordinario de prescripci n de acciones en contra de la Ilustreó Municipalidad de Maip , representada por su Alcaldesa Catherine Barrigaú Guerra, ambas domiciliadas en Avenida Cinco de Abril N 260, comuna de° Maip , conforme a los

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que expone.ú El 14 de enero de 2020, se notific la demanda.ó El 20 de enero de 2020, el demandado contesta la demanda. El 28 de enero de 2020, se cit a las partes a o r sentencia.ó í CONSIDERANDO PRIMERO: Que, Ximena Jacqueline De La Barra Cisterna, interpone demanda en juicio ordinario de prescripci n de acciones enó contra de la Ilustre Municipalidad de Maip , representada por su alcaldesa,ú do a Catherine Barriga Guerra, ya individualizados.ñ Funda su demanda en el hecho que es residente y due o del inmuebleñ ubicado pasaje parque Macul N 5430, Villa San Francisco, comuna de° Maip , a ade que respecto de su propiedad, existen derechos de aseo queú ñ se encuentran pendientes de pago, desde el 30 de abril del 2001 al 30 de junio del 2019, seg n consta en el documento denominado "Informe deú deuda derechos de aseo. Advierte que respecto del per odo periodo que va desde el 30 de abrilí de 2001 al 30 de junio del 2014, ha transcurrido un plazo superior al C-28882-2019 Foja: 1 establecido por la ley para que se declare la prescripci n de la acci n deó ó cobro de dichos derechos de aseo municipal, con sus respectivos reajustes, intereses y multas. Precisa que la acci n judicial interpuesta, corresponde a aquella queó emana de los art culos 2493, 2514 y 2521 del C digo Civil, la que tiene porí ó objeto, obtener una sentencia declarativa, mediante la cual se determine dos cosas: En primer lugar, declarar la inactividad del acreedor, en este caso, la I. Municipalidad de Maip , no ha procedido a efectuar el cobro de laú obligaci n consistente en el pago de los derechos de aseo municipal,ó cumpli ndose con lo establecido en el art culo 2514 del C digo Civil. Ené í ó segundo lugar, declara que ha transcurrido un plazo superior a cinco a os,ñ que la ley prescribe para ejercer, en este caso, la acci n de cobro deó derechos de aseo municipal, citando al efecto el art culo 2521 del C digoí ó Civil. Arguye que en virtud de lo se alado, es procedente que se declare lañ prescripci n extintiva de la acci n de cobro de los derechos de aseoó ó municipal, comprendidos entre el 30 de abril del 2001 al 30 de junio de 2014, ascendientes a la suma de $972.739.- Conforme a lo expuesto y lo dispuesto en los art culos 2514 y 2521í del C digo Civil Civil y art culo 698 y siguientes del C digo deó í ó Procedimiento Civil, solicita tener por entablada demanda en procedimiento declarativo, en contra de la l. Municipalidad de Maip , representadaú legalmente por su alcaldesa, Catherine Barriga Guerra, ya individualizados y en definitiva, declarar la prescripci n extintiva de las acciones de cobro deó derechos de aseo municipal impagos, con sus respectivos reajustes, intereses y eventuales multas respecto de la propiedad ya individualizada, correspondientes al per odo comprendido entre el 30 de abril del 2001 al 30í de junio de 2014, ascendientes a la suma de $972.739.- o la suma que el Tribunal determine conforme a derecho; SEGUNDO: Que, la p

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los art culos 1698,í 2514, 2518 y 2521 del C digo Civil, 160, 170, 254 y 313 del C digo deó ó Procedimiento Civil, y Decreto Ley N 3036, se declara que:° I- Se acoge la demanda de lo principal, en la forma establecida en el considerando octavo de este fallo. II- Se exime a la demandada del pago de las costas. Reg strese, notif quese y arch vense los autos en su oportunidad.í í í N 28882-2019° DICTADA POR DO A CAROLINA RAM REZ REYES, JUEZÑ Í TITULAR. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintiocho de Enero de dos mil veinte C-28882-2019 Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-01-28T16:33:08-0300

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C-28882-2019 Foja: 1 FOJA: 11 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 7 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-28882-2019 CARATULADO : DE LA BARRA/ILTRE MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ Santiago, veintiocho de Enero de dos mil veinte VISTOS: El 23 de septiembre de 2019, comparece do a Ximena Jacqueline Deñ La Barra Cisterna, asesora del hogar, domiciliada en pasaje parque Macul N 5430, Villa San F

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