CASTRO/CARREÑO
Rol
O-5380-2020
Fecha
8 de julio de 2021
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos que constan en registro de audio: 1. Juan Carlos Hernández, RUT N°9.934.722-8. Exhibición de documentos: Atendido a que la parte demandada no comparece a exhibir los documentos solicitados a la presente audiencia, la demandante solicita que se haga efectivo el apercibimiento legal establecido en el artículo 453 N°5. El Tribunal lo tiene presente y resolverá en definitiva. Observaciones a la prueba: La parte demandante realizó las observaciones a la prueba rendida en juicio, lo cual consta en el respectivo registro de audio. SENTENCIA Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016 de este Tribunal, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción únicamente de su parte resolutiva. Parte resolutiva: VISTOS, OÍDOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO:
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 5, 7, 10, 41 y siguientes, 63, 67, 73, 162, 163, 168, 172, 173, 420 y siguientes, 440 y siguientes del Código del Trabajo; se resuelve: I. Que ha lugar a la demanda interpuesta por doña María Carolina Castro Peña en contra de su ex empleador don GONZALO ENRIQUE CARREÑO RUIZ, RUT N°13.549.825-4 y se declara que la demandante fue objeto de un despido improcedente, injustificado y nulo con fecha 28 de febrero de 2020, por lo que se condena a dicha demandada al pago de los siguientes conceptos: 1. Cotizaciones de seguridad social adeudadas en AFP Plan Vital, AFC CHILE y FONASA de los períodos agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre, todos del año 2019, y enero y febrero de 2020, para cuyos efectos deberá oficiarse a los entes referidos en los términos expresados precedentemente. 2. Las remuneraciones y cotizaciones de seguridad social que se sigan devengando desde la fecha del despido hasta el momento de su convalidación por el pago de las cotizaciones adeudadas, esto es, desde el 28 de febrero de 2020 hasta la fecha de pago, considerando para tales efectos una remuneración mensual de $465.915.- 3. $465.915.- por indemnización sustitutiva del aviso previo. 4. $1.863.660.- por indemnización por años de servicio. 5. $931.830.- por concepto de recargo legal del 50% sobre la indemnización por años de servicio. 6. $187.516.- por concepto de feriado proporcional. 7. $326.140.- por concepto de feriado leg
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 08 DE JULIO DE 2021 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 14 (VIRTUAL) RUC 20-4-0290442-K RIT O-5380-2020 MAGISTRADA LORENA RENATE FLORES CANEVARO ADMINISTRATIVA DE ACTAS FRANCIA MORALES CONTRERAS HORA DE INICIO 12:32 HORAS HORA DE TÉRMINO 13:10 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2040290442-K-1349-
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica