C/ WILLE RAÚL ROJAS ROJAS
Rol
O-64-2021
Fecha
19 de mayo de 2022
Materia
FALSIFICACION O USO MALICIOSO DE DOCUMENTOS PRIVADOS.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos y circunstancias que fueron objeto de la acusación deducida por el Ministerio Público, son los siguientes: Hecho N° l El día 23 de marzo de 2018 en horario de atención al público, el acusado Wille Rojas Rojas, cobró para sí, en una sucursal del Banco Santander de la comuna de Copiapó, el cheque serie número 1589 por la suma de $480.000 (cuatrocientos ochenta mil pesos) correspondiente a la cuenta bancaria número 677167-0 del titular "Asociación Deportiva Viejos Crack de Copiapó". Dicho documento contenía la firma de giro falsificada de don Alexis Pinto Cruz, falsedad que le constaba al acusado. Hecho N°2 El día 29 de marzo de 2018 en horario de atención al público el acusado Wille Rojas Rojas, cobró para sí, en una sucursal del Banco Santander de la comuna de Copiapó, el cheque serie número 1586 por la suma de $605.000 (seiscientos cinco mil pesos) correspondiente a la cuenta bancaria número 677167-0 del titular "Asociación Deportiva Viejos Crack de Copiapó". Dicho documento contenía la firma de giro falsificada de don Alexis Pinto Cruz, falsedad que le constaba al acusado. Hecho N° 3 El día 4 de mayo de 2018 en horario de atención al público el acusado Wille Rojas Rojas, cobró para sí, en una sucursal del Banco Santander de la comuna de Copiapó, el cheque serie m1mero 1601 por la suma de $450.000 (cuatrocientos cincuenta mil pesos) correspondiente a la cuenta bancaria número 677167-0 del titular "Asociación Deportiva Viejos Crack de Copiapó". Dicho documento contenía la firma de giro falsificada de don Alexis Pinto Cruz, falsedad que le constaba al acusado. Hecho N° 4 El día 10 de abril de 2018 en horario de atención al público el acusado Wille Rojas Rojas, cobró para sí, en una sucursal del Banco Santander de la comuna de Copiapó, el cheque serie número 1582 por la suma de $780.000 (setecientos ochenta mil pesos) correspondiente a la cuenta bancaria número 677167-0 del titular "Asociación Deportiva JBKXZMGKJM Sandra Janett Orellana Araya Juez oral en lo
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo presente, además, lo dispuesto en los artículos 1º 3 5 7 14 15 N° 1 21 24 30 47 62 69 193 197 todos del Código Penal; y artículos 45 248 259 260 297 340 341 343 344 351 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 600 del Código Orgánico de Tribunales y artículo 4 y siguientes de la ley 18.216 se declara: I.- Se condena a Wille Raul Rojas Rojas ya individualizado a la pena de 2 años de presidio menor en su grado medio más la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor de un delito consumado de falsificación de instrumento privado mercantil, reiterado, previsto y sancionado en el inciso segundo del artículos 197 con relación 193 del Código Penal cometido entre el 23 de marzo y 24 de agosto de 2018 en la comuna de Copiapó en perjuicio de la Asociación deportiva Viejos Crack. II.- Que reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4° de la Ley 18.216 se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta, por la pena de remisión condicional de la pena, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia de Gendarmería de Chile de la comuna de su residencia por el lapso de dos años, debiendo además cumplir durante el período de control con las condiciones legales del artículo 5° de la citada ley. Para tal efecto, el sentenciado deberá presentarse a la institución señalada, dentro del plazo de cinco días, contados desde que estu
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Copiapó, diecinueve de mayo de dos mil veintidós. Vistos, oídos y considerando. Primero: Tribunal e intervinientes . Que con fecha 10 de mayo de 2022 ante la tercera sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó, compuesta por los magistrados don Juan Pablo Palacios Garrido, quien la presidió, don Sebastián Del Pino Arellano y doña Sandra Orellana Araya, se efectuó audiencia de juicio
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