Juzgado de Garantía de Rancagua.

ROSA HERMINIA OTOROLA URIBE C/ BASTIÁN ANDRÉS OPORTO OTÁROLA

Rol

O-5557-2021

Fecha

18 de mayo de 2022

Materia

DAÑOS SIMPLES., DESACATO (ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL)., LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos de la acusación y los antecedentes de la investigación y se procede bajo las reglas del Procedimiento Abreviado. PROCEDIMIENTO ABREVIADO. HECHOS N°1: El día 10 de mayo de 2021 alrededor de las 20:00 hrs el imputado BASTIAN ANDRES OPORTO OTÁROLA llega al domicilio ubicado en República de chile n° 1020 dpto. 18 población Abanderado Ibieta Rancagua, lugar donde se encontraba la víctima Rosa Herminia Otárola Uribe, quien es su madre, le solicita dinero para comprar droga y ante la negativa de ésta , el imputado se ofusca y sin motivo justificado le señala “vieja concha de tu madre, en cualquier momento te voy a sacar la chucha” HECHOS N° 2: El día 22 de mayo de 2021 alrededor de las 17:20 hrs el imputado BASTIAN ANDRES OPORTO OTÁROLA llega al domicilio ubicado en República de chile n° 1020 dpto. 18 población Abanderado Ibieta Rancagua, lugar donde se encontraba la víctima Rosa Herminia Otárola Uribe, quien es su madre, le solicita dinero y ante la negativa de ésta, el imputado se ofusca y sin motivo justificado le señala “soy caga vieja culia te cagai entera por la plata concha de tu madre, dame una luca por último te voy a patear el hocico concha de tu madre y te voy a sacar los dientes” HECHOS N°3: El día 28 de mayo de 2021 alrededor de las 23:30 hrs el imputado BASTIAN ANDRES OPORTO OTÁROLA llega al domicilio ubicado en República de chile n° 1020 dpto. 18 población Abanderado Ibieta Rancagua, lugar donde se encontraba la víctima Rosa Herminia Otárola Uribe, quien es su madre, el imputado comienza a lanzar piedras al domicilio y sin motivo justificado ni provocación alguna de la víctima le señala “voy a volver al departamento y te voy a golpear , ello ante la negativa de la víctima de darle dinero para comprar droga. HECHOS N° 4: El día 15 de junio de 2021 alrededor de las 22:00 hrs el imputado BASTIAN ANDRES OPORTO OTÁROLA llega al domicilio ubicado en República de chile n° 1020 dpto. 18 población Abanderado Ibieta Rancagua, lugar donde se encontraba la víct

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 11 Nº 9, 15 N°1, 29, 70, 399, 487 del Código Penal; artículo 240 del Código de Procedimiento Civil, artículos 5 y 9 letra d) y d) de la Ley 20.066, artículos 247, 297, 340, 341, 342, 406 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, SE CONDENA a don BASTIAN ANDRES OPORTO OTAROLA, ya individualizado, como autor en grado consumado de un delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, previsto y sancionado en el artículo 399 del Código Penal, hecho ocurrido en Rancagua el 15 de junio de 2021, a la pena de 2 Unidades Tributarias Mensuales y a la accesoria del artículo 9° letras b) y d) de la Ley N° 20.066, prohibiéndosele acercarse a la víctima, su domicilio, lugar de trabajo y lugares que frecuente habitualmente, lo que incluye el envío de mensajería por redes sociales y el posteo de referencias a la víctima y tratamiento por consumo de alcohol y drogas, por dos años. II.- Que, SE CONDENA a don BASTIAN ANDRES OPORTO OTAROLA, ya individualizado, como autor en grado consumado de tres delitos de desacato en contexto de violencia intrafamiliar, previsto y sancionado en el artículo 240 del Código de Procedimiento Civil, hechos ocurridos en Rancagua el 21 julio, 6 y 18 de agosto, todos de 2021, a la pena única de 3 AÑOS Y UN DÍA de presidio menor en su grado máximo e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, inhabilitación per

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Juzgado de Garantía de Rancagua Avda. Libertador Bernardo O´Higgins # 720 Fono: 72 220 77 00 jgrancagua@pjud.cl / www.poderjudicial.cl ACTA DE AUDIENCIA dieciocho de mayo de dos mil veintidós Ruc: 2100465953-5 Rit: 5557 - 2021 Hora Inicio: 11.52 Hora Término: 12.28 Juez: GONZALO CELEDÓN BULNES Tipo de Audiencia: Procedimiento abreviado Imputado preso: Bastián Andrés Oporto Otárola C.I. N° 20.368.7

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