Juzgado de Garantía de la Serena.

MP C/ RICARDO IVÁN ARACENA MONTERO

Rol

O-1210-2022

Fecha

18 de mayo de 2022

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

vistos los antecedentes y

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Garantía, el Ministerio Público, formuló requerimiento verbal en procedimiento simplificado, en contra de RICARDO IVÁN ARACENA MONTERO, cédula de identidad N° . . - , nacido el de noviembre de 8 , chileno, soltero, domiciliado en calle José Miguel Carrera N° 58, comuna de La Higuera.- SEGUNDO: Que con esta fecha se celebró audiencia de procedimiento simplificado con la asistencia de todos los intervinientes, y se dio lectura al requerimiento, el que versa sobre los siguientes hechos: “El día de marzo del año 0 , a las : horas aproximadamente, en el interior del supermercado Líder ubicado en calle Guillermo Ulriksen N° 8, comuna de La Serena, el imputado Ricardo Iván Aracena Montero se apropió y sustrajo productos del sector de chocolates de propiedad de dicho supermercado, avaluados en total en la suma de $ . 80.-, siendo detenido por guardias de seguridad del local en los momentos en que traspasó el lineal de cajas sin pagar el valor comercial de las especies, las que mantenía ocultas al interior de un bolso”. Estos hechos fueron calificados por el Ministerio Público como constitutivos del delito frustrado de hurto simple, contenido en el artículo N° del Código Penal, en el que el imputado ha tenido participación directa en calidad de autor, solicitando la aplicación de una pena de sesenta días de prisión en su grado máximo, multa de cinco unidades tributarias mensuales, además de la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, con costas, indicando que no concurren a su respecto circunstancias modificatorias de responsabilidad penal. TERCERO: Que en la misma audiencia antes indicada, el representante del órgano persecutor, con el objeto que el imputado admita responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento, le reconocería la GZSBZLNEZZ Alain Alejandro Maldonado Liberona Juez de garantía Fecha: 18/05/2022 14:56:54 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl P R O C E D I M I E N T O : S i m p l i f i c a d o . R U C N º : - . R I T N º : - . D E L I T O : Hu r t o s imp l e ( C ó d i g o P e na l , a r t . 6 N ° ) S E N T E N C I A D O : R I C A R D O I V Á N A R A C E N A M O N T E R O . - R I T - P á g i n a circunstancia atenuante del artículo N° del Código Penal, y solicita en definitiva para ese evento, se le imponga la pena de veintiún días de prisión en su grado medio, multa de un tercio de una unidad tributaria mensual, además de la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, sin cost

Fallo

Por estas consideraciones, y teniendo presente además lo dispuesto en los artículos , 88 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos , , , N° , N° , Nº , 5 Nº , 5, 0, 50, 5 , 0, , N° , , del Código Penal, y artículos y 8 de la Ley N° 8. , SE DECLARA: I.- Que se condena a RICARDO IVÁN ARACENA MONTERO, cédula de identidad Nº . . - , antes individualizado, a la pena de veintiún días de prisión en su grado medio, a la suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena y al pago de una multa equivalente a un tercio de una unidad tributaria mensual, como autor del delito frustrado de hurto simple, previsto y sancionado en el artículo N° del Código Penal, cometido el de marzo de 0 , en esta comuna. II.- Que la multa impuesta se tendrá por cumplida por el tiempo que el sentenciado ha permanecido privado de libertad con ocasión de esta causa. III.- Que se concede al sentenciado la pena sustitutiva de reclusión parcial nocturna en el domicilio que el condenado ha fijado con esta fecha, la que se GZSBZLNEZZ Alain Alejandro Maldonado Liberona Juez de garantía Fecha: 18/05/2022 14:56:54 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P a

Texto Completo (Preview)

P R O C E D I M I E N T O : S i m p l i f i c a d o . R U C N º : - . R I T N º : - . D E L I T O : Hu r t o s imp l e ( C ó d i g o P e na l , a r t . 6 N ° ) S E N T E N C I A D O : R I C A R D O I V Á N A R A C E N A M O N T E R O . - R I T - P á g i n a La Serena, dieciocho de mayo de dos mil veintidós.- Oídos los intervinientes, vistos los antecedentes y considerando: PRIMERO: Que ante est

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