CONSTANZA JAVIERA CHAMORRO MARABOLI C/ MANUEL ENRIQUE TOLEDO BUSTOS
Rol
O-1250-2022
Fecha
17 de mayo de 2022
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: El día 8 de marzo del año 2022, a las 21:50 horas aproximadamente, en la intersección de Calle Serafín Zamora con Av. Vicuña Mackenna, comuna de La Florida, el imputado Manuel Enrique Toledo Bustos, amenazó de manera seria y verosímil a la víctima, doña Constanza Javiera Chamorro Maraboli, señalándole, específicamente, lo siguiente: “te voy a rajar”, exhibiéndole a la vez un cuchillo. SEGUNDO: Que el imputado, previa las advertencias legales, admitió responsabilidad en los hechos que se describen en el requerimiento, por lo que se procedió de conformidad al artículo 395 del Código Procesal Penal. TERCERO: Que concurre la atenuante de colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos. OCTAVO: Que para los efectos de la determinación de la pena que se impone en la parte resolutiva de esta sentencia, se ha tenido presente que el delito se encuentra en grado de consumado; la atenuante reconocida, sin que existan agravantes; y la limitación punitiva del artículo 395 del Código Procesal Penal. Y, teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 Nº 9, 14, 15 N° 1, 50, 67, 68 bis, 69, , 296, del Código Penal; artículos 1, 4, 8, 50, 388, 395 y siguientes del Código Procesal Penal; SE DECLARA: I. Se condena MANUEL ENRIQUE TOLEDO BUSTOS a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la accesoria de suspensión de cargo y oficio público durante la condena, como autor del delito de amenazas, en grado de consumado, previsto en el artículo 296 Nº 3 del Código penal, perpetrado en esta jurisdicción el día 8 de marzo del año 2022, sin costas. II. Cumpliendo con los requisitos legales se sustituye la pena privativa de libertad por la de la reclusión domiciliaria nocturna, esto es, desde las 22:00 y las 6:00 hrs., por el tiempo de la condena, debiendo computarse una noche por cada día de privación de libertad. Para los efectos de empezar a cumplir la pena en esta modalidad, el sentenciado deberá concurrir al CRS respectivo en la
Fallo
SE DECLARA: I. Se condena MANUEL ENRIQUE TOLEDO BUSTOS a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la accesoria de suspensión de cargo y oficio público durante la condena, como autor del delito de amenazas, en grado de consumado, previsto en el artículo 296 Nº 3 del Código penal, perpetrado en esta jurisdicción el día 8 de marzo del año 2022, sin costas. II. Cumpliendo con los requisitos legales se sustituye la pena privativa de libertad por la de la reclusión domiciliaria nocturna, esto es, desde las 22:00 y las 6:00 hrs., por el tiempo de la condena, debiendo computarse una noche por cada día de privación de libertad. Para los efectos de empezar a cumplir la pena en esta modalidad, el sentenciado deberá concurrir al CRS respectivo en la fecha que se indica en el acta de la ETDLZLFVPZ PATRICIO ROBERTO SOUZA BEJARES Juez de garantía Fecha: 18/05/2022 14:27:12 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl audiencia. En caso de revocación de la pena sustitutiva, no existen abonos que reconocer. Ejecutoriada que s
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Santiago, a diecisiete de mayo de dos mil veintidós. PRIMERO: Que el Ministerio Público dedujo requerimiento en procedimiento simplificado en contra de MANUEL ENRIQUE TOLEDO BUSTOS, cédula de identidad 13.043.228-K, domiciliado en Pasaje Febrera Seca 1534, Casa D, La Florida, por los siguientes hechos: El día 8 de marzo del año 2022, a las 21:50 horas aproximadamente, en la intersección de Calle
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