Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso

CEPEDA/VARGAS

Rol

M-1462-2019

Fecha

8 de julio de 2021

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS PACIFICOS X · FIJA HECHOS A PROBAR X · RECEPCIÓN DE PRUEBAS OFRECIDA PARTES X 1. DOCUMENTAL DEMANDANTE X 2. TESTIMONIAL DEMANDANTE X 3. DECLARACIÓN DE PARTE A SOLICITUD DEMANDANTE X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA PARTE DEMANDANTE X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA PARTE DEMANDADA X · SENTENCIA X Constancia. En virtud de la pandemia que ocasiona la enfermedad COVID-19, esta Audiencia se ha celebrado mediante Video Conferencia a través de la plataforma Zoom, habilitada para estos efectos por la Corporación Administrativa del Poder Judicial, todo conforme a los acuerdos del Comité de Jueces de fechas 16, 18 y 26 de marzo y de 3 de abril de 2020. Se deja la constancia que a la presente audiencia no comparece la demandada principal don CAMILO VARGAS AGUILERA, encontrándose válidamente notificado, por lo que se dispone se realicen las gestiones para hacer los llamados de rigor en el Halls del Tribunal a través del parlante y módulo virtual por la Plataforma Zoom habilitados para tal efecto, no compareciendo el demandado principal, ya individualizado, en dependencias del Tribunal, por lo que esta audiencia se realiza en su rebeldía. Se deja constancia que la otra demandada solidaria/subsidiaria Ilustre Municipalidad de Viña del Mar, suscribió avenimiento parcial con el actor, por la suma de $1.000.000. Contestación de la demanda. La demandada INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN PUERTO PRINCIPAL S. A. hace uso de su derecho a contestar la demanda. -Argumentos que se encuentran contenidos íntegramente en el registro de audio, por lo que no se transcriben - El Tribunal resuelve: Téngase por contestada verbalmente la demanda de autos. Conciliación. Llamadas las partes a conciliación, ésta no se produce. Hechos pacíficos: Se fijan como hechos pacíficos en el presente juicio: 1. Que la demandada INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN PUERTO PRINCIPAL S. A. ha sido declarada en procedimiento concursal y liquidación por sentencia de fecha 20 de

Fundamentos

fundamentos que constan en audio, se rechaza reposición formulada, sin costas. PARTE DEMANDADA PRINCIPAL No comparece. PARTE DEMANDADA SOLIDARIA INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN PUERTO PRINCIPAL S.A. No ofrece. OBSERVACIONES A LA PRUEBA. Los abogados de las partes hicieron uso de su derecho a formular observaciones a la prueba. - Argumentos que se encuentran contenidos íntegramente en el registro de audio, por lo que no se transcriben. - Dictación y Notificación de la Sentencia. Valparaíso, a siete días del mes de julio del año dos mil veintiuno. Se deja constancia que el registro íntegro de la sentencia se encuentra grabado en audio, transcribiéndose sólo su parte resolutiva, en razón de lo dispuesto en Acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO:

Fallo

por estas razones, no se hace lugar a la solicitud de exhibición documental. Reposición. La parte demandante repone de la resolución que rechaza su solicitud de exhibición documental-Argumentos contenidos íntegramente en el registro de audio, por lo que no se transcriben. - El Tribunal resuelve: Por los fundamentos que constan en audio, se rechaza reposición formulada, sin costas. PARTE DEMANDADA PRINCIPAL No comparece. PARTE DEMANDADA SOLIDARIA INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN PUERTO PRINCIPAL S.A. No ofrece. OBSERVACIONES A LA PRUEBA. Los abogados de las partes hicieron uso de su derecho a formular observaciones a la prueba. - Argumentos que se encuentran contenidos íntegramente en el registro de audio, por lo que no se transcriben. - Dictación y Notificación de la Sentencia. Valparaíso, a siete días del mes de julio del año dos mil veintiuno. Se deja constancia que el registro íntegro de la sentencia se encuentra grabado en audio, transcribiéndose sólo su parte resolutiva, en razón de lo dispuesto en Acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: Por estas consideraciones, vistos lo dispuesto en los artículos 1, 7, 160 a 168, 446 a 462 del Código del Trabajo, artículo 1.698 del Código Civil, se declara: I. Que se acoge la demanda de despido injustificado, interpuesta por MAURICIO CEPEDA BASAURE, RUT N°11.120.171-4, en contra de ex-empleador, CAMILO ENRIQUE VARGAS AGUILERA, se ignora profesión u oficio y de manera solidaria, en contra de INGE

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO VIDEO CONFERNCIA PLATAFORMA ZOOM FECHA Valparaíso, 07 de julio de 2021. RUC 19-4-0228736-8 RIT M-1462-2019 MAGISTRADO EDUARDO SALDIVIA SAA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Javiera Barra Quevedo SALA VIRTUAL 2 HORA DE INICIO 09:07 horas. HORA DE TÉRMINO 10:50 horas. N° REGISTRO DE AUDIO 19-4-0228736-8-1338 (Sala

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